Como cada año, toca rendir cuentas con la Agencia Tributaria. Sí, todos los que hayan obtenido ingresos en el pasado año fiscal deben cumplir con Hacienda, se acercan las fechas y hay que prepararse para hacer nuestra declaración de la renta.
Este proceso tiene sus plazos, sus cambios cada año y puede hacerse de varias maneras. Algunos prefieren la confianza que les aporta hacerlo de manera presencial o telefónica, otros prefieren la comodidad y rapidez de hacerlo de forma telemática.
Sea cual sea tu elección, tienes que saber todos los detalles, fechas y novedades en la declaración de la renta cada año es esencial para estar al día con Hacienda y así desgravarte ciertos ingresos y evitar posibles multas. Quédate a leer este post para saber hasta cuándo se puede hacer la declaración de la Renta 2023. ¡Empezamos!
¿Hasta cuándo se puede presentar la renta este año? Para cumplir con los plazos y solicitar cita previa, debes conocer todas las fechas y los límites. A partir del 3 de abril comienza la campaña y se puede empezar a presentar online la declaración de la renta y hasta el 1 de julio cuando termina el plazo para realizarlo de manera general. Entre medias, estas son las fechas clave para presentar tu declaración de forma presencial o telefónica:
Es necesario tener en cuenta que, si se presenta la declaración de la Renta fuera de plazo, Hacienda podrá aplicar la sanción correspondiente. Por lo que es necesario que tengas muy presente hasta cuándo se hace la declaración de la renta.
Tanto los trabajadores por cuenta propia como aquellos por cuenta ajena deben presentar la declaración en los plazos fijados por Hacienda cada año. Eso sí, la declaración de la renta para los autónomos se puede hacer a través de otras herramientas diferentes a las de un trabajador por cuenta ajena. Es importante conocer bien los detalles sobre el IRPF para los autónomos para no cometer errores que nos puedan provocar una sanción por parte de la Administración.
Ahora que ya sabemos hasta cuando se puede hacer la declaración, ¿qué ocurre si te sale a devolver?. Lo lógico es querer saber cuándo ingresa Hacienda la devolución de la renta. La Agencia Tributaria ha fijado unos plazos máximos para realizar la devolución. Hay excepciones y, además, todo va en función del orden de llegada, o en este caso, en quienes se dan más prisa en presentar el borrador de la declaración de la renta.
La ley fija un término de seis meses desde el cierre del plazo de presentación de la renta para liquidar las devoluciones o para atender a rectificaciones. Esto también incluye a las declaraciones hechas fuera de plazo. Es decir, que la ley marca a la Agencia Tributaria seis meses desde que fue presentada cada declaración para atender a las devoluciones. Hacienda está obligada a realizar el ingreso antes del 31 de diciembre.
Hay varias opciones para hacer la declaración de la renta. De manera presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, de manera telemática a través de la aplicación online Renta Web o la aplicación móvil de la Agencia Tributaria. En este punto es importante saber cómo se solicita la cita previa y cómo acceder al borrador para poder presentar la declaración a tiempo. Te recomendamos, si tienes dudas sobre tu caso concreto, buscar asesoramiento profesional para saber qué opción es más beneficiosa (por ejemplo a la hora de hacerla conjunta o por separado).
A través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria puedes obtener una copia de la declaración de la renta de otros años. Es un procedimiento sencillo que puede tramitarse de diferentes formas y, por lo general, de manera inmediata. Antes que nada se precisa un método de identificación para acceder. Las diferentes opciones de obtener la declaración son las siguientes:
Ahora que ya sabemos cómo ver la renta del año pasado cabe destacar que estas opciones tan solo son efectivas si los ejercicios anteriores se realizaron de manera online. En caso de haber presentado la renta de forma física y en formato papel debemos dirigirnos a la Administración y Delegación correspondiente. Para ello, se requiere una solicitud de cita previa.
Cada año se incorporan novedades en la declaración de la renta que es necesario tener en cuenta a la hora de presentarla. Deducciones, reducciones, exenciones, ayudas… Te aconsejamos estar informado sobre las nuevas medidas, y es que en algunos casos, podremos rebajar nuestra factura fiscal.
Una de las cuestiones a tener en cuenta en esta campaña de la Renta 2023 es el sistema de cotizaciones para autónomos. En 2023 sus cotizaciones se empezaron a calcular partiendo de sus ingresos totales, por tramos tal y como lo hacen el resto de trabajadores.
En 2024 todos los autónomos están obligados a presentar su declaración, independientemente de sus ingresos, es decir, que para está campaña del ejercicio 2023, que se presenta en abril de este año, ya tienen que hacerla.
Otra novedad la vemos en los tramos del IRPF de este año. Los tramos para la declaración del IRPF 2023 son los siguientes*:
*Esta tabla del Ministerio de Hacienda es una estimación sumando el gravamen estatal y el autonómico, tomando como referencia para este segundo los tipos aplicables a los contribuyentes no residentes en España.
Los tramos del IRPF de 2024, que afectarán a las declaraciones que se presenten en la campaña de la Renta de 2025, no han variado por el momento, a falta de lo que establezcan los Presupuestos Generales del Estado para este año que está elaborando el Gobierno.
Para las rentas más altas, el gobierno ha aprobado un nuevo impuesto para patrimonios superiores a los tres millones de euros. El impuesto a las grandes fortunas se divide en tres tramos:
También se ha implementado una reducción por rendimientos del trabajo para sueldos brutos entre 15.000 y 21.000 euros. Y deducciones por maternidad para madres en desempleo o sin empleo fijo.
Existen algunos casos en los que el contribuyente no está obligado a hacer la declaración de la renta, algunos ingresos o inversiones que no tiene por qué declararse, y otros que pueden desgravar en nuestra declaración. Como sabemos que es fácil perderse entre tanto supuesto y término fiscal, hemos recogido en este apartado las dudas más comunes sobre distintos casos a la hora de hacer la declaración.
La respuesta es sí. Ahora bien, sólo tendrás que presentarla si tus ingresos superan los 22.000 euros anuales. Si no llegas a ese umbral no es necesario hacer la declaración de la renta para jubilados. No obstante, hay una serie de excepciones que es conveniente conocer, cómo que si los rendimientos del capital mobiliario son inferiores a 1.500 euros al año no es preciso declararlos.
Los productos de ahorro deben declararse siempre a Hacienda. En función de la herramienta que se utiliza tributan de un modo u otro, y nos dan unos beneficios fiscales u otros.
Es cierto que el momento de realizar la declaración de la renta no nos resulta demasiado atrayente, y más teniendo en cuenta las modificaciones y los supuestos que cambian año tras año. Sin embargo, es necesario comprender que la Agencia Tributaria se adapta a las nuevas situaciones y tendencias económicas de la población española.
Por todo esto, es siempre conveniente consultar los cambios a la hora de realizar nuestra declaración de la renta, también los plazos y distintos supuestos para estar lo más al corriente posible con Hacienda y evitar sustos o multas inesperadas. Además, ciertos productos de ahorro pueden reportarte interesantes beneficios fiscales, por lo que te puede ayudar estar al tanto de las novedades.
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Hola Lourdes, si te refieres a si estás obligada o no a hacer la Declaración, podemos aclararte que están obligados a declarar todos los contribuyentes personas físicas residentes en España que hayan percibido rentas de rendimientos del trabajo personal, rendimientos de capital mobiliario, ganancias patrimoniales y rentas inmobiliarias. Te animamos a que contactes con la Agencia Tributaria para que puedan realizarte un estudio personalizado y asesorarte más al respecto.