Tabla de contenidos
Ha llegado el momento de hacer el balance fiscal del año. La campaña de la renta 2026 ha comenzado en abril y termina el 30 de junio para declaraciones tanto a ingresar como a devolver, si bien el plazo para las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria concluirá el 25 de junio. Desde ahora es posible solicitar el borrador de la declaración de la renta del ejercicio fiscal 2025.
Saber hacer la declaración de la renta puede no resultar fácil, sobre todo la primera vez. Por eso, es mejor no dejarlo todo para el último momento. En este post te mostramos una guía sobre cómo presentarla y dónde hacerlo, cómo solicitar cita previa si prefieres asesoramiento, cómo cumplimentarla por Internet o mediante la aplicación móvil, qué documentación necesitas y todas las fechas que debes tener en cuenta en 2026. ¡Empezamos!
¿Qué necesito para hacer la declaración de la renta?
Lo más importante a la hora de hacer la declaración de la renta por Internet es poder identificarnos ante la web de la Agencia Tributaria.
La declaración de la renta puede presentarse por internet a través de Renta Web en pocos pasos: acceso, revisión del borrador, validación de los datos y firma electrónica.
Para ello, debemos contar con el DNI electrónico, o como alternativa, con un certificado electrónico, la cl@ve Móvil o el número de referencia. Una vez localizado el borrador, revisa tus datos personales y comprueba con atención los siguientes datos, entre otros, antes de enviarlo:
- Circunstancias personales y familiares
- Inmuebles y sus referencias catastrales
- Cuotas a sindicatos
- Aportaciones a planes de pensiones
- Percepciones por subvenciones
- Deducciones por maternidad
- Inversión o alquiler de vivienda habitual
Cómo conseguir el borrador de la renta
El borrador puede obtenerse en la web o la aplicación de la Agencia Tributaria mediante certificado digital, con Cl@ve Móvil o número de referencia.
Para obtener tu número de referencia, accede al apartado de la campaña de la Renta 2025, correspondiente a la campaña de 2026 de la Agencia Tributaria. En “Gestiones”, pulsa el enlace “Obtén tu número de referencia” e introduce tu DNI y su fecha de validez.
¿Quién está obligado a hacer la renta en 2026?
En 2026 tienen obligación de hacer la declaración tanto trabajadores por cuenta propia como ajena con las siguientes rentas:
- Personas que hayan cobrado más de 22.000 euros de un único pagador.
- Personas que hayan cobrado más de 15.876 euros de dos pagadores, siempre y cuando los siguientes pagos sumen más de 1.500 euros (considerando el SEPE como pagador).
- Perceptores del Ingreso Mínimo Vital
- Aquellos que hayan percibido prestaciones por desempleo que superen los límites establecidos.
- Los que han recibido más de 1.000 euros procedentes de rentas inmobiliarias, subvenciones y letras del Tesoro.
- Aquellos que han recibido más de 1.600 euros de rendimientos del capital mobiliario.
Con carácter general, no estarán obligados a declarar quienes no superen los umbrales mínimos establecidos. En el caso de los perceptores del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), su tributación ha sido objeto de debate en los últimos años, y se han introducido medidas para evitar que, en la práctica, soporten una carga efectiva en el IRPF. Aunque no se esté obligado, en ocasiones puede ser interesante presentar la declaración porque se pueden recuperar impuestos que no se debían haber pagado.
Consejos para hacer la declaración de la renta por primera vez
Si te preguntas cómo hacer la declaración de la renta por primera vez, el punto de partida es acceder a la web de la Agencia Tributaria. Allí podrás consultar tus datos fiscales, pedir cita previa, obtener el número de referencia, registrarte en Cl@ve y tramitar el borrador de la renta.
El 8 de abril de 2026 se inició el plazo para presentar la declaración online, ya sea a través de la web o de la aplicación móvil de la Agencia Tributaria.
Para hacer la declaración de la renta por primera vez, basta con acceder a Renta Web con el DNI y su fecha de caducidad. No es necesario disponer de certificado electrónico.
Si prefieres presentarla de forma presencial o telefónica, deberás solicitar cita previa para optimizar tu tiempo y el de la Administración.
La atención telefónica para la confección y presentación de declaraciones (plan ‘Le Llamamos’) y para el plan especial de asistencia en pequeños municipios comenzará el 6 de mayo, con solicitud de cita a partir del 29 de abril, y la atención presencial en oficinas se iniciará el 1 de junio, con solicitud de cita a partir del 29 de mayo. La atención personalizada, por teléfono y en oficinas, seguirá contando con el apoyo de CCAA y ayuntamientos.
Recuerda que la fecha límite para declaraciones con resultado a ingresar y domiciliación bancaria es el 25 de junio de 2026 y que se podrá hacer el pago vía Bizum.
¿Cómo solicitar cita previa?
Puedes pedir cita previa para presentar tu declaración presencial o telefónica por teléfono o por Internet. Vamos a ver cómo:
Para realizar tu declaración por teléfono necesitas concertar cita entre el 29 de abril al 29 de junio vía:
- Internet con NIF/NIE o DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve Móvil o número de referencia.
- Aplicación móvil «Agencia Tributaria».
- Teléfono cita previa automática: 91 535 73 26 o 901 12 12 24.
- Teléfono de cita previa para Renta con atención personal 91 553 00 71 o 901 22 33 44. De lunes a viernes, de 9 a 19 horas.
Para la atención presencial en oficina, debes concertar cita entre el 29 de mayo y el 29 de junio por las mismas vías, excepto el teléfono automático.
Si detectas algún dato incorrecto en el borrador, puedes modificarlo hasta el último día del plazo para la presentación de la declaración.
Consejos a la hora de pedir cita previa
El consejo más importante que podemos darte si estás pensando en pedir cita previa para presentar tu declaración es que no esperes hasta el último momento; cuanto antes lo hagas, mejor. Las plazas son limitadas, y si te demoras demasiado, corres el riesgo de quedarte sin cita.
Recuerda que además de la Agencia Tributaria y sus delegaciones y oficinas, también hay otros lugares de la Administración donde presentar la declaración de la renta.
Por último, debes saber que no todos los contribuyentes pueden utilizar el servicio de cita previa para que la Agencia Tributaria confeccione su declaración. Este servicio está limitado a perfiles con situaciones fiscales sencillas, por lo que quedan excluidos quienes presenten rentas elevadas, actividades económicas complejas, múltiples inmuebles en alquiler o determinadas operaciones financieras.
La Agencia Tributaria establece que quedan fuera de la posibilidad de pedir cita previa aquellas personas que hayan superado los 65.000 euros en sus rendimientos del trabajo (el salario y los complementos salariales) o que tengan unos rendimientos de capital mobiliario (los ingresos patrimoniales, bienes o derechos) de más de 15.000 euros, entre otras excepciones.
¿Cómo hacer la declaración de la renta por internet?
Renta Web es el sistema online y la aplicación móvil de la Agencia Tributaria para poder presentar el borrador de la declaración de la renta de manera telemática. Desde el teléfono móvil, es necesario descargar la aplicación; desde el ordenador, se puede realizar directamente a través de la web, sin necesidad de descargar ningún programa.
Te explicamos cómo hacer la declaración de la renta por internet con unos sencillos pasos, ya sea por ordenador o por móvil.
Lo primero es entrar en la página de la Agencia Tributaria y, una vez allí, hacer clic en ”Accede a Renta 2025”. Encontrarás diferentes opciones, desde obtener el número de referencia, pedir cita previa o consultar tus datos fiscales. Debes tramitar el borrador, revisarlo y, si los datos son correctos, dar el visto bueno antes de enviarlo a la Agencia Tributaria.
Para ello, tienes que seguir los siguientes pasos:
- Hacer clic en Renta WEB. ”Servicio tramitación borrador/declaración (Renta Web)”. No hace falta disponer de certificado electrónico, DNIe o sistema Cl@ve Móvil; puedes elegir la opción de referencia del borrador, una renta anterior válida.
- Seleccionar ”Con número de referencia” para identificarse.
- Introducir el NIF y la referencia recibida por SMS en el móvil.
- En el caso de no disponer de número de referencia hay que clicar en No tengo referencia. Una vez allí, introducir el NIF, el importe de la casilla 440 de la declaración del ejercicio anterior y tu número de móvil para poder recibir un SMS. ¿Qué sucede si el año anterior no se presentó declaración? Haz clic en ”No declarante” y después indica el IBAN de una cuenta bancaria de la que pueda tener constancia la Agencia Tributaria.
- Una vez accedas al expediente haz clic en ”Borrador/Declaración”.
- Es posible recuperar una declaración anterior si previamente ya se ha usado el servicio Renta WEB desde la opción ”Continuar sesión”, donde se accede a un resumen de los resultados de ejercicios anteriores.
- También se puede seleccionar ”Nueva declaración”, donde se cargan los datos de la persona que realiza la declaración.
- Si la declaración es individual, selecciona la casilla en la que dice ”Si desea que el programa solamente calcule la declaración individual del declarante”.
- En el caso de declaraciones con cónyuge, es necesario tramitar los datos del cónyuge y de los hijos para que se estime cuál es la mejor opción tributaria.
- Una vez realizadas todas las comprobaciones, es el momento de presentarla. Antes de hacerlo es importante pulsar ”Validar” para comprobar que todos los datos son correctos. Una vez esté todo correcto, pulsa ”Presentar declaración”.
- Si el resultado es a devolver, es necesario comprobar el IBAN. Aparece por defecto el de la declaración anterior, así que, si se ha realizado algún cambio de cuenta, es importante modificar estos datos.
- Si el resultado es a ingresar, puedes dividir el pago en dos plazos sin recargos ni intereses:
- Primer plazo: 60% del importe. Se paga al presentar la declaración (hasta el 30 de junio de 2026 o el 25 de junio si sale a pagar y está domiciliada).
- Segundo plazo: 40% restante. Se paga el 5 de noviembre de 2026. Este fraccionamiento es automático si lo marcas al presentar la declaración.
Tras seleccionar la forma de pago, haz clic en ”Firmar y Enviar” para presentar la declaración.
- Una vez presentada aparecerá el mensaje ”Su presentación ha sido realizada con éxito” y el “Código Seguro de Verificación” asignado. Además, se mostrará un PDF que contiene una primera hoja con la información de la presentación (número de entrada de registro, Código Seguro de Verificación, número de justificante, día y hora de presentación y datos del presentador) y, en las páginas siguientes, el borrador presentado.
‘Renta Directa’, la novedad de este año
La principal modificación en esta campaña es el sustancial crecimiento de los potenciales beneficiarios del servicio ‘Renta Directa’ para la presentación electrónica de declaraciones sencillas.
Entre otros colectivos, tendrán la posibilidad de utilizar este servicio desde este año contribuyentes con préstamo hipotecario y derecho a la deducción estatal, nuevos declarantes y, en algunos supuestos, contribuyentes con deducciones autonómicas, de tal forma que se duplican los posibles usuarios del servicio.
La limitación general sigue siendo que se trate de casos en los cuales los datos fiscales que ofrece la Agencia sean trasladables automáticamente, de forma que se pueda ofrecer al contribuyente un producto cerrado para su presentación inmediata, si lo considera oportuno.
Para estos contribuyentes, la Agencia ofrece un servicio que permite la misma agilidad que la ’app’, pero adaptada a una visualización más clara en pantallas grandes, con una experiencia de usuario cómoda, información sintética y una gestión dinámica y muy breve del proceso de presentación.
El nuevo servicio está pensado para contribuyentes que no necesiten hacer ningún cambio en el borrador que les ofrece la Agencia, si bien, al igual que sucede con la ‘app’, pueden hacer las modificaciones que consideren oportunas en el servicio tradicional ‘Renta Web’ y presentar ya por esta vía, o bien guardar la sesión de trabajo para presentar después por ‘Renta Directa’.
Para las declaraciones a ingresar, además, este año se incorpora en ‘Renta Directa’ el pago con ‘Bizum‘ y tarjeta que ya estaba disponible para ‘Renta Web’.
¿Cómo hacer la declaración de la renta en 2026 a través de la app del móvil?
Gracias a Internet también tienes la opción de presentar tu declaración aún más cómodamente, ni siquiera tendrás que abrir un ordenador. Y es que a través de la aplicación de la Agencia Tributaria podrás realizar este trámite desde tu teléfono, cuando y donde quieras. Te explicamos el paso a paso para que te resulte aún más fácil:
- Primero, descárgate la aplicación. Está disponible para los usuarios de Apple y Android. Únicamente hay que buscar Agencia Tributaria y aparecerá la aplicación.
- Identifícate en la aplicación. Necesitarás el número de referencia, que se puede conseguir a través de un certificado electrónico o la Cl@ve Móvil. Ahora bien, la mayoría de contribuyentes no cuentan con este número. En este caso, debes introducir:
- Tu DNI.
- La fecha de caducidad.
- Una vez presentada la declaración se informará de que ha sido presentada de forma correcta y se facilitará el Código Seguro de Verificación (CSV), que certifica la validez de la declaración y permite acceder a ella en la web de la Agencia Tributaria.
En el caso de que la declaración sea algo más compleja de lo normal, debes ir a Renta WEB y realizar los cambios necesarios en el borrador para después seguir con el trámite en la aplicación
¿Dónde hacer la declaración de la renta? Fechas clave campaña 2026
La campaña de la declaración de la renta del ejercicio de 2025 se prolongará tres meses durante 2026. Los contribuyentes podrán realizar todas las gestiones de su declaración, ya sea de manera telefónica, telemática o presencial. La Agencia Tributaria ha detallado los plazos y modalidades disponibles para presentar la declaración:
- 8 de abril de 2026: inicio del plazo para presentar la declaración online a través de Renta Web o la aplicación móvil de la AEAT.
- 6 de mayo de 2026: comienza la posibilidad de realizar la declaración por teléfono, para lo que será necesario pedir cita previa.
- 29 de mayo de 2026: inicio del servicio de presentación de la declaración de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, también con cita previa (hasta el 29 de junio).
- 25 de junio de 2026: último día para presentar declaraciones con resultado a ingresar si se opta por la domiciliación bancaria (modelo 100).
- 30 de junio de 2026: Acaba el plazo para la presentación de la declaración de la renta del año 2025, para el resto de casos. También termina el plazo para la presentación de la declaración del impuesto sobre patrimonio del año 2025 (modelo 714).
Recapitulando: cómo hacer la declaración de la renta en 2026
Este trámite, que tan solo hace unos años era algo farragoso de realizar, es cada vez más fácil y accesible. Tienes todas las opciones para presentar tu declaración de la renta de la forma que más te convenga. Quizá prefieres tener atención personalizada con un agente y hacerlo de manera telefónica o presencial, u optes por la comodidad de hacerlo sin salir de casa presentándola por internet o por la aplicación móvil.Consulta todas las fechas y plazos, no esperes para pedir tu cita previa si lo necesitas y asegúrate de tener todos los datos necesarios y documentos. Ahora ya puedes presentar tu declaración sin olvidarte de ningún paso importante. En nuestro blog también encontrarás todas las novedades de la campaña de la renta de este año que es importante que conozcas.