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¿Quién está obligado a hacer la declaración de la renta?

octubre 3, 2022 6 min 239 veces compartido

Presentar la declaración es un trámite que casi todos los contribuyentes en España debemos realizar. Sin embargo, no todos los contribuyentes tienen la obligación de hacer la declaración de la renta; existen algunas excepciones que quizá te interesa conocer. 

Si nunca hemos rendido cuentas con Hacienda, seguro que nos surgen mil dudas: ¿cuál es el mínimo para hacer la declaración de la renta?, ¿quién está obligado a hacerla?, ¿cuándo tengo que hacerla? Saberlo es muy fácil, tan solo debes conocer la procedencia de tus ingresos y saber si superan o no los límites marcados. Te contamos todos los detalles, las excepciones, las obligaciones y las cantidades mínimas. ¡Sigue leyendo!

¿Quién está obligado a hacer la declaración de la renta?

Lo primero que debes saber es que todos los contribuyentes que declaren su renta, deben hacerlo o bien confirmando un borrador online en la web de la Agencia Tributaria (Renta WEB) o bien presentando una declaración presencial o telefónica.

¿Cuál es el mínimo para hacer la declaración de la renta?

Por lo general, el mínimo para hacer la declaración de la renta es de 22.000 euros anuales. Vamos a ver exactamente los supuestos en los que se da esta situación para el año fiscal 2021: 

  • Los trabajadores por cuenta ajena que han recibido un sueldo superior a 22.000 euros. 
  • Los trabajadores que han recibido entre 14.000 y 22.000 euros durante el periodo 2021 de varios pagadores. 
  • Los trabajadores autónomos.
  • Las personas que han recibido ingresos patrimoniales o de rendimiento de capital mobiliario de más de 1.600 euros anuales. 
  • Las personas que han recibido como mínimo 1.000 euros brutos de rentas mobiliarias imputadas, rendimientos de letras del Tesoro o subvenciones relacionadas con la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado.

Deducciones

También están obligados a declarar los contribuyentes que se benefician de las siguientes deducciones:

  • Aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad, planes de pensiones, planes de previsión asegurados o mutualidades de previsión social, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia que reduzcan la base imponible.
  • Deducción por inversión en vivienda.
  • Deducción por doble imposición internacional (cuando el contribuyente es residente fiscal en dos países a la vez). 

¿Quién no tiene la obligación de declarar la renta?

Ya hemos visto que la mayoría de contribuyentes en España tienen la obligación de hacer la declaración de la renta; sin embargo, existen algunas excepciones y rendimientos que no es necesario declarar. ¿Cuáles son estas excepciones? Vamos a verlas.

  • Rendimientos del trabajo iguales o inferiores a 22.000 euros anuales:
    • Si proceden de un único pagador.
    • Si no superan en total 1.500 euros cuando son varios pagadores.
    • Si proceden de prestaciones pasivas como las pensiones de la Seguridad Social, planes de pensiones, seguros colectivos, mutualidades de previsión social, planes de previsión social empresarial, planes de previsión asegurados o prestaciones de seguros de dependencia.

Si has estado bajo un ERTE durante el 2021, puede que tengas dudas a la hora de hacer tu declaración. En este caso, se considera que has tenido dos pagadores (el SEPE, que es el organismo que abona el ERTE, y tu empresa) y tendrás la obligación de hacer la declaración de la renta si has ingresado más de 14.000 euros. 

  • Rendimientos íntegros de capital mobiliario y ganancias patrimoniales:
    • Los rendimientos del capital mobiliario y las ganancias patrimoniales se consideran beneficios de acciones, intereses a cuenta o participaciones de instituciones de inversión colectiva, entre otros. Si el límite conjunto no supera los 1.600 euros anuales no se tiene que declarar.
  • Rentas inmobiliarias, rendimientos de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas:

En general, no están obligados a hacer la declaración de la renta los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, del capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros.

¿Cuándo hay que hacer la declaración de la renta en 2022?

Para cumplir con los plazos de la campaña de la Renta 2022 y solicitar cita previa si lo necesitas, debes conocer todas las fechas y los límites. A partir del 6 de abril podrás comenzar a presentar online (vía web o aplicación móvil) la declaración de la renta y el 30 de junio termina el plazo para realizarlo de manera general. Entre medias, las fechas clave para presentar tu declaración de forma presencial o telefónica son las siguientes:

  • El 3 de mayo comienza el plazo de solicitudes de cita previa para presentar la renta telefónica.
  • El 5 de mayo empiezan las citas para presentar la declaración por teléfono.
  • El 26 de mayo comienza el plazo de solicitud de cita previa para presentar la declaración presencial.
  • El 1 de junio empieza la atención presencial con cita previa en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Recapitulando: los mínimos para hacer la declaración de la renta

En líneas generales, los contribuyentes que hayan ingresado más de 22.000 euros en el año fiscal 2022 deben hacer la declaración de la renta. Además, en el caso de las personas afectadas por un ERTE, tan comunes en los últimos años a causa de la pandemia, también tendrán que declarar si han ingresado más de 14.000 euros. Sin embargo, como hemos visto, hay ciertas excepciones e ingresos que no es necesario declarar.

Cada año, las circunstancias y la situación económica cambian, así que también lo hacen los requisitos fiscales. Infórmate sobre las novedades en la declaración de la renta, los plazos y las fechas, dependiendo de si necesitas cita previa o si la presentarás online, para que no se te escape ningún detalle y estés al día con Hacienda.

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