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Jubilación en autónomos. Edad, requisitos y cuánto se cobra

noviembre 10, 2022 6 min 1233 veces compartido

Las pensiones de jubilación de los autónomos suelen ser claramente más bajas que las de los jubilados que hayan trabajado por cuenta ajena. Esto tiene una explicación, y es que los autónomos eligen la cuota de cotización que más les conviene. Y en muchas ocasiones, deciden cotizar menos.

Si eres autónomo y quieres comenzar a planificar tu jubilación y saber qué debes tener en cuenta de cara a tu retiro, en este post repasamos los periodos y bases de cotización, cómo calcular la futura pensión y la tabla de jubilación de los autónomos. ¿Comenzamos?

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Las claves de la jubilación para los autónomos

Vamos a empezar con unos datos para ponernos en contexto. Según el estudio ‘Emprende tu jubilación’, realizado por VidaCaixa y la Universidad de Barcelona, la pensión media de un autónomo es la mitad que la de un trabajador por cuenta ajena. 

Pero,¿por qué se da esta diferencia tan extrema? Normalmente, los autónomos optan por cotizar a la Seguridad Social por la base mínima. Y claro, cuanto menos se cotice, menor será la pensión pública de jubilación

Decidir cotizar menos puede ser beneficioso para la viabilidad de un negocio en ciertos momentos, aunque también es necesario pensar a largo plazo y saber que esto tendrá un efecto negativo en la pensión de jubilación

Como se puede apreciar, cotizar menos es un arma de doble filo,: durante mucho tiempo favorece al negocio, pero finalmente repercute en una menor pensión. Por eso, si el autónomo decide cotizar más durante al menos 20 años antes de su retiro, tendrá asegurados unos años de jubilación más desahogados. 

vulnerabilidad de pymes y autónomos ante la jubilación

El porcentaje de autónomos en España es del 16,7%, casi dos puntos por encima de la media europea (14,3%). El informe nos dice que los trabajadores por cuenta propia deben tener muy en cuenta su base de cotización de cara a planear su jubilación. Sin ir más lejos, hoy más del 85% de los autónomos cotizan por la base mínima. Esto supondría que su pensión no superaría los 635 euros al mes, prácticamente el 50% de la pensión media de un trabajador por cuenta ajena (1.155 euros). No en vano, el 75% de los autónomos consideran que la pensión pública que recibirán no les será suficiente una vez se retiren.

infografía sobre lo que tienes que hacer ante la jubilación si eres autónomo

Tabla de la edad de jubilación en autónomos

La reforma de las pensiones que está en marcha en nuestro país desde 2013 terminará en el año 2027. Los cambios son paulatinos y varían cada año. Por ejemplo, la edad de jubilación quedará fijada en los 67 años y en los 38 años y seis meses cotizados, tal y como muestra esta tabla:

Tabla de cambios de edad de jubilación según período cotizado

El periodo de cotización también se amplía. A partir de 2022 queda fijado en 300 meses o 25 años cotizados.

Las bases de cotización para autónomos

Las bases de cotización por las que elijamos pagar a la Seguridad Social se pueden cambiar dos veces al año. El plazo para cambiar la base de cotización va desde el 1 de enero al 30 de abril, y tiene efecto el 1 de julio siguiente, y antes del 1 de noviembre, con efecto a partir del 1 de enero del año siguiente.

Cálculo de la pensión de jubilación en autónomos

Su cuantía varía en función de qué cantidad y cuántos años se haya cotizado a la Seguridad Social. Cotizar por la base mínima supone una pensión pública más reducida. Los trabajadores del Régimen General cotizan en función de su salario una cantidad fija e inamovible por ello. 

En cambio, en el caso de los autónomos, más del 85% prefieren cotizar por la base mínima, la mayoría (un 65% de ellos, según el estudio de VidaCaixa) porque no pueden pagar una mayor cotización. Para calcular la pensión de jubilación de un autónomo tendremos en cuenta la base reguladora. El cálculo varía desde el 50% si se han cotizado 15 años hasta el 100% de la base reguladora si se han alcanzado los 37.

También puedes utilizar nuestro simulador de jubilación, que calcula en función de diferentes parámetros, como los ingresos o el régimen laboral (por cuenta propia o ajena), la diferencia entre lo que uno espera cobrar una vez jubilado y lo que probablemente cobrará.

Jubilación anticipada para autónomos

Hasta el año 2013 los autónomos no se podían jubilar de manera anticipada. Tras la última reforma de las pensiones, los autónomos ya pueden hacerlo, aunque la edad no es fija, sino que depende de la edad ordinaria de jubilación en el momento de nuestro retiro. 

Los autónomos pueden jubilarse de forma anticipada como máximo dos años antes de la edad de jubilación ordinaria. Eso sí, la cotización mínima exigida es de 35 años y el coeficiente reductor, es decir, el pedacito de pensión que se resta por jubilarse antes de tiempo, es del 8% por año adelantado.

Sin embargo, los autónomos no tienen acceso a la jubilación anticipada forzosa, a la que sí pueden acceder los trabajadores por cuenta ajena. Estos pueden retirarse hasta cuatro años antes de la edad ordinaria (por ejemplo, en caso de despido) siempre que hayan cotizado 33 años. Para situaciones equivalentes, por ejemplo, la quiebra del negocio, un autónomo no tiene esa posibilidad.

La jubilación de los autónomos: conclusiones

La diferencia entre la pensión de jubilación de un autónomo y la de un trabajador del Régimen General es casi del 50%. Un dato sin duda sorprendente. Ya lo hemos visto: los autónomos suelen cotizar por la base mínima por una sencilla razón, y es que normalmente, no pueden permitirse pagar una base más alta. Por tanto, a menor cotización durante los años en activo, menor será la pensión durante la jubilación

Si nos preocupa perder poder adquisitivo cuando lleguemos a nuestra edad de retiro, es interesante optar por instrumentos de ahorro como los planes de pensiones para compensar la pensión pública de jubilación.

Otras alternativas pueden ser los PIAS o un SIALP, los cuales tienen una serie de ventajas tributarias que conviene tener en cuenta.

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  1. LES RUEGO ME INDIQUEN A QUE DIRECCION DE LA CAIXA TENGO QUE DIRIGIRME PARA CONSULKTAR UN ASUNTO DE MIS DOS PENSIONES, QUE POR CIERTO LAS COBRO EN LA CAIXA DE LA ALGABA, SEVILLA.-

  2. EN 2011 SE EMPEZO A BAJAR MI VENTA,VINO UNA COOPERATIVA Y EMPEZE A PAGAR MENOS DE SS. 260 BAJE A 145 ( DICEN DAN A SS 80). ME DIJERON EN 2010 Q YO RECIBIRIA MAS O MENOS 750E EN MI JUBILACION…LUEGO EN 2016 ME ENTERE Q X BAJAR MI PAGO RECIBIRIA SOLO 400E!!!! QUIERO SABER Q HACER PARA RECUPERAR LO ANTERIOR 750 U 800 ALGO MAS. 1.SE PUEDE SEGUIR EN COOPERATIVA PAGANDO MAS 2.O HAY A VOLVER A SS Y PAGAR COMO ANTES 260E..3 CUANTO TIEMPO? 5 AÑOS O MAS?

    1. Hola Zully,
      En tu caso, el mejor consejo que podemos darte es que acudas a la Seguridad Social para evaluar cuáles son tus opciones.

  3. Trabajo como autónoma profesional odontologa desde hacen 20 años tengo 72 años y deseara saber si puedo jubilarme de forma parcial y trabajar en alguna clinica en forma parcial unas horas al mes y seguir pagando algo de la seguridad social, o como seria mi situacion.
    La razon es que tengo 28.000€ en un plan de pensiones y necesito utilizar 5.000 de ellos y quiero seguir trabajando.

    1. Hola Norma,
      Existen nuevas fórmulas, reguladas recientemente, que permiten prolongar la actividad laboral tras alcanzar la edad legal de jubilación. Por ejemplo la jubilación parcial y la jubilación flexible.
      Además es posible compaginar estas dos modalidades con el rescate de tu plan de pensiones privado. Debes tener en cuenta que las aportaciones que se hagan con posterioridad solo podrán destinarse al resto de supuestos establecidos por la ley: invalidez, fallecimiento, dependencia, enfermedad grave o rescate del plan de pensiones a los 10 años.

  4. Tengo 67 años y tengo la juvilacion activa hasta ahora cobro el 50% De la pensión es correcto va haber algún cambios

    1. Hola Indalecio,
      En estos momentos no tenemos noticias de si la autoridad competente va a introducir cambios a este respecto. Te animamos a mantenerte informado a través de nuestros artículos y a trasladarnos cualquier otra consulta que tengas.

  5. desde hace 1año voy a ssocial, cooperativa,etc y NO ME DICEN LO Q TENGO Q HACER: 1-PAGAR MAS A COOPERATIVA ? O PAGAR COMO ANTES DE 2011 (CREO NOVIEMBRE CAMBIE) A S SOCIAL Y X CUANTOS AÑOS? unos me dicen 5 años,etc.. COMO ES POSIBLE SI PAGUE BIEN DURANTE MAS O MENOS 15 O 17 AÑOS EN SS 260E Y BAJE 6 AÑOS COOPERATIVA ,NO SABIA Q DANDO 145 ELLOS DABAN SOLO 80E A SS. Y ME BAJARON SI ME JUBILO ME DAN SOLO 400E¡¡¡ COMO LE DAN A PERSONAS Q NUNCA HAN DADO NADA¡¡¡ POR FAVOR DIGANME ZULLY VUELVA A PAGAR A S.S COMO ANTES ( MI HIJA ME VA AYUDAR)…¡CUANTO TIEMPO SOLO LOS 3 AÑOS XQ ME JUBILARIA 2020 O DECIR 5,6ETC MAS AÑOS¡¡¡¡¡ POR FAVOR….HACE 1 AÑO LO SUPE Y HASTA AHORA NO SE Q HACER

    1. Hola Zully,

      Te recomendamos que contactes con la Seguridad Social para informarte de si existe alguna alternativa en base a todos tus datos.

  6. Tebgo 53 años y he cotizado 6. Cuantos añis mas tendria q cotizar para tener derwcho a una pension minina?! Gracias!;

    1. Hola Virginia,
      En el Régimen General, se exige un mínimo de 15 años de cotización. Además es necesario, según la normativa, que al menos 2 de esos años estén comprendidos en los 15 años inmediatamente anteriores a la jubilación. Te adjuntamos el link de la Seguridad Social con toda la información.