Ser autónomo tiene muchas ventajas, independencia, ser tu propio jefe, no tener horarios fijos… Eso sí, las obligaciones fiscales y los impuestos que debes pagar son muy distintos que los de un trabajador por cuenta ajena. Sabemos que pagar y declarar tus impuestos y, en general, comprender la fiscalidad de los autónomos puede ser un quebradero de cabeza.
Si quieres saber cuánto paga un autónomo de IRPF, cómo declarar el IVA, y cuáles son las cuotas de la Seguridad Social, además de las ayudas y deducciones de las que te puedes beneficiar, te lo contamos todo en este post guía, ¡sigue leyendo!
Los trabajadores por cuenta propia, es decir, los autónomos, realizan actividades que les reportan ingresos pero sin un contrato de trabajo de por medio. Sin embargo, esto no les exime de pagar y declarar sus impuestos al Estado, igual que lo hacen el resto de trabajadores. Vamos a ver en este apartado cómo funciona la fiscalidad para los autónomos, qué impuestos pagan, cómo declarar sus ingresos y cómo facturar sus actividades.
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Las tres modalidades se pagan trimestralmente:
Todos los autónomos tienen la obligación de presentar declaración del IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido). Cada trimestre se presenta el modelo 303 para pagar el impuesto a Hacienda:
El recargo por equivalencia es un tipo especial de impuesto de los autónomos cuando desarrollan una actividad comercial minorista. Es decir, cuando venden al consumidor bienes que no han sido producidos ni transformados por ellos. Esto significa que los comerciantes minoristas pagan un IVA algo más alto de lo normal a cambio de presentar declaraciones del IVA a Hacienda (modelo 303 y modelo 390).
Como norma general, en 2023 los autónomos pagan un 15% de IRPF. Es decir, se paga a la agencia Tributaria la cantidad proporcional al 15% de lo que hayas facturado cada trimestre.
Sin embargo, hay excepciones, por ejemplo, para los autónomos que acaben de crear su negocio (será de un 7% en los dos primeros años), algunas actividades en estimación objetiva (será de un 1% y desde 2023 quedan excluidas del Régimen de Módulos), o para los que se dediquen a actividades rurales:
Si el autónomo tributa el IRPF por estimación directa, se debe presentar el modelo 130 y, si se tributa por estimación objetiva (por módulos), el 131. Se debe presentar el día 20 de los meses de abril, julio y octubre, y hasta el 30 de enero del año que comienza. También hay una declaración anual de la Renta, en la que se presenta el modelo D-100, que va desde el 2 de mayo hasta el 30 de junio.
Modelos para autónomos trimestrales:
Modelos para autónomos anuales:
Los trabajadores autónomos deben emitir una factura por cada uno de los trabajos que llevan a cabo. El autónomo debe cargar el IVA – el general es del 21% – al cliente y, después, descontar el IRPF – del que suele aplicarse un 15% –.
Al igual que el resto de trabajadores, los autónomos deben contribuir a la caja de la Seguridad Social. Con sus impuestos, los autónomos se garantizan una cobertura sanitaria y su futura pensión pública de jubilación. Es obligatorio estar dado de alta en el RETA (el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).
Hay que acudir a la Tesorería General de la Seguridad Social y obtener el número de afiliación para darse de alta en el RETA. Después, rellenar y entregar el impreso TA0521.
Además, se debe rellenar para Hacienda los impresos 036 y 037, con lo que quedaría registrado en el Censo de Actividades Económicas y se le empezarían a cobrar las cuotas.
Si el autónomo quiere darse de baja en la Seguridad Social debe comunicarlo en la propia Administración. Hay que solicitar en Hacienda la baja del Censo de Actividades Económicas con los impresos 036 y 037. Después, debe comunicar la baja con el impreso TA0521 en la Seguridad Social. El plazo para realizar este trámite de baja son 6 días. Si se ha abonado la cotización correspondiente se podrá optar a la prestación por desempleo para trabajadores autónomos.
Existen distintos tipos de autónomos en la actualidad:
La cuota de autónomos si se cotiza por la base mínima (960,6 euros) pasa de los 286 euros al mes en 2021, a los 294 en 2022. Y si se cotiza por la base máxima (4.139,4 euros), pasa a los 1.266,66 euros mensuales.
Existen distintos tipos de bonificaciones, deducciones y ayudas para autónomos tras la pandemia, en cuanto a las cotizaciones, en cuanto a la conciliación… Para reducir sus cuotas mensuales. Vamos a ver algunas de ellas.
Los nuevos autónomos o los que no hubieran estado de alta en los dos años anteriores en el RETA pueden optar a una reducción en su cuota a la Seguridad Social. La llamada ‘Tarifa Plana’, permite abonar un mínimo de 80 euros mensuales durante el primer año. Si la actividad se desarrolla en municipios de menos de 5.000 habitantes la reducción se aplica durante 24 meses.
Pasados los doce primeros meses, se puede aplicar una cuota reducida durante el siguiente año a aquellos autónomos que consideren que su rendimiento neto previsto vaya a ser inferior al SMI.
Normalmente un autónomo cobra una pensión pública menor que un trabajador por cuenta ajena. ¿Por qué? Porque lo habitual es que el autónomo prefiera pagar la cuota mínima a la Seguridad Social para disfrutar de mayores ingresos. Cotizas menos, cobras menos pensión. Algunos cifran esta diferencia en un 37,2% menos de pensión. Es importante saber cuánto se debe cotizar y en qué momento para no tener sorpresas desagradables en el futuro cuando accedas a la jubilación para autónomos.
La fiscalidad de los autónomos, sus cotizaciones y declaraciones de impuestos siguen un orden completamente distinto a la de los trabajadores por cuenta ajena. Eso sí, también tienen responsabilidades, obligaciones, y derechos derivados de ellas.
Cotizan a la Seguridad Social, aunque de un modo distinto, declaran sus ingresos y el IVA ante Hacienda. Eso sí, la mayor diferencia es que al darte de alta como trabajador por cuenta propia, debes escoger el modo en que declararás tu IRPF, por estimación objetiva (el trabajador paga una cantidad fijada cada trimestre independientemente de lo que facture) o por estimación directa (el trabajador paga el IRPF según los beneficios).
No olvides que, dependiendo de tus circunstancias y situación puedes tener acceso a algunas bonificaciones y ayudas para ahorrar en tus cuotas cada mes a mes.
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