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Quant paga realment un autònom?

novembre 5, 2021 5 min 4 vegades compartit

Un profesional autónomo en España es una persona física que desempeña un trabajo habitual a cambio de una remuneración, pero sin disponer de un contrato de trabajo que lo vincule a un empleador. Es decir, trabaja por cuenta propia y a título independiente, sin tener, con ello, un salario fijo mensual; por lo que, en principio, cuenta con una menor seguridad y estabilidad que un trabajador por cuenta ajena, que sí dispone de una nómina todos los meses.

De acuerdo a la Ley General de la Seguridad Social, puede ser autónomo una persona mayor de edad, que se ocupe por sí misma de realizar las aportaciones a la Seguridad Social. Además, debe darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), en tanto que sus derechos y obligaciones se encuentran recogidos en el Estatuto del Trabajador Autónomo.

La cuota de autónomos

La cuota de autónomos es una cantidad de dinero periódica mensual que tienen que abonar los trabajadores por cuenta propia a la Seguridad Social. Funciona como sistema de cotización por contingencias comunes (incluyendo, también, el cese de actividad y la formación). Es decir, que cada mes los autónomos tienen que destinar parte de sus ingresos para cubrir su protección social. Esta cuota no es fija, sino que puede variar en función de distintos parámetros.

Por ejemplo, el importe de esta cuota se calcula de acuerdo con una base de cotización, a la que se le aplica un porcentaje del 30%. Sin embargo, cada profesional autónomo puede decidir modificar en un momento dado su base de cotización. Además, el cobro de la cuota se realiza en proporción a los días cotizados en el mes actual, lo que significa que si se ha dado de alta en el RETA el día 15, la cuota que tendrá que abonar excluirá esa primera mitad del mes en curso.

Las bases de cotización se delimitan anualmente en los Presupuestos Generales del Estado (PGE). Existe una cuota mínima por la que los autónomos deben cotizar a la Seguridad Social y que es la que supone un pago mensual menor. A pesar de que es la que menor protección social garantiza al trabajador, la gran mayoría de estos profesionales optan por ella. En el extremo opuesto, la cuota máxima es la que implica un pago mensual más elevado a cambio de asegurar la máxima protección social; algo que, por ejemplo, es clave para fijar la futura pensión de jubilación o de cara a establecer una potencial prestación por incapacidad temporal, en caso de resultar necesaria.

De acuerdo a las cifras oficiales, en 2021 la cuota mínima de autónomos es de 944,40 euros al mes, mientras que la cuota máxima está fijada en los 4.070,10 euros.

En cuanto a los autónomos societarios, es decir, aquellos autónomos que desarrollan su actividad como socios en una entidad mercantil, la base de cotización mínima para aquellos que hayan contratado a 10 o más trabajadores a su cargo está fijada actualmente en 1.214,10 euros al mes.

Apoyo a los nuevos autónomos

De cara a fomentar el autoempleo y ayudar a los nuevos autónomos en el comienzo de su actividad, durante el primer año existe una tarifa plana y reducida en la cuota de autónomos. De hecho, la cuota ya no se fija sobre el 30% de la base de cotización, sino que, con carácter fijo, se paga cada mes en torno a los 60 euros. Del mes 12 al mes 18, se tiene que pagar el 50% de la base de cotización constituida por el autónomo, mientras que del mes 19 al mes 24 la cuantía de la cuota de autónomos será el 70% de la base de cotización. A partir de ahí se abonará la cuota estándar.

Además, los nuevos autónomos pueden disfrutar de otras ayudas y subvenciones. Por ejemplo, una persona que se queda en situación de desempleo y decide hacerse autónomo, puede solicitar la capitalización del paro, recibiendo todo el importe que le corresponde como prestación. En función de la comunidad en la que se reside, también puede haber otras ayudas dirigidas a los autónomos, por ejemplo, si se es joven o si se requiere financiación para poner en marcha un negocio.

Otros gastos

Junto al pago de las cuotas mensuales, los autónomos también tienen que hacer frente a dos impuestos por el desempeño de su trabajo: el IVA y el IRPF. El IVA varía según la actividad (aunque lo más habitual es que sea del 21%) y para su cálculo se debe restar el IVA soportado del IVA repercutido.

En cuanto al IRPF, el tipo general es del 15%, si bien durante los dos primeros años los autónomos pagan un tipo reducido del 7% de IRPF.

Por supuesto, también hay que sumarle los gastos derivados de la inversión inicial para hacer frente a la actividad y que dependerán de cada sector y profesión.

Cómo hacerse autónomo

Convertirse en un profesional autónomo no tiene coste, ya que darse de alta en la Seguridad Social y en Hacienda es gratuito.

Para darse de alta en Hacienda, hay que rellenar los modelos 036 y 037. El modelo 036 incorpora los datos personales y la actividad profesional que se va a desempeñar. El modelo 037, por su parte, es una versión simplificada del anterior, así que la información que hay que añadir es similar.

En cuanto a la Seguridad Social, hay que completar el modelo TA.0521. Este trámite debe ser gestionado en los primeros 30 días desde que se comienza la actividad.

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