solicitar subsidio desempleo
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Com es pot sol·licitar el subsidi extraordinari per desocupació

maig 31, 2021 5 min

Inmersos todavía en las consecuencias económicas de la pandemia, el Ministerio de Trabajo y Economía Social pone a disposición de los trabajadores la posibilidad, durante 2021, de optar a un subsidio extraordinario por desempleo, que puede convertirse en un ingreso clave para muchas familias que han sufrido los rigores de la crisis más allá del plano sanitario. Y es que un número elevado de personas ha acabado en el paro como consecuencia del cierre de un sinfín de empresas y del descenso de la actividad, lo que ha contribuido a reducir de manera notable el dinero mensual que entra en muchos hogares. Una cruda realidad que los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) no han logrado paliar.

El subsidio extraordinario por desempleo está regulado por la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) y, para optar a él, es preciso presentar una solicitud a tal efecto en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), a través de cita previa. Cabe recordar que uno de los requisitos esenciales para poder recibirlo es acreditar tres acciones o más de búsqueda activa de empleo (BAE).

Es decir, este subsidio está destinado a aquellas personas en situación de desempleo total que estén incluidas en alguno de estos dos supuestos: encontrarse en paro y que ya hayan extinguido cualquiera de los subsidios por desempleo recogidos en el artículo 274 de la LGSS; o ser parados de larga duración que hayan ya agotado las prestaciones por desempleo, como la Renta Activa de Inserción (RAI) o el Plan PREPARA, y estén inscritos como demandantes de empleo. A estos efectos, se considera parado de larga duración a aquella persona que haya estado inscrita como demandante de empleo, por lo menos, durante 360 días en los 18 meses anteriores a la solicitud de este subsidio.

Cuándo se puede solicitar

Para poder tener derecho a recibir este subsidio es necesario cumplir ciertos requisitos, como no tener la oportunidad de recibir otras ayudas (principalmente, la protección contributiva por desempleo), demostrar unos ingresos tanto propios como de su unidad familiar que no superen el 75% del salario mínimo interprofesional (SMI, que en 2021 es de 712,50 euros mensuales), disponer de responsabilidades familiares (como cónyuge y, al menos, un hijo menor de 26 años, en donde la suma de todos los ingresos de dicha unidad familiar no supere per cápita el 75% del SMI), no haber recibido con anterioridad este subsidio extraordinario, que no se hubiera producido una baja voluntaria en el último trabajo con contrato que tuvo el demandante, no contar con la edad legal para acceder a una pensión de jubilación (tanto en su modalidad contributiva como no contributiva), no haber recibido anteriormente la ayuda del Programa de Activación para el Empleo (PAE) y, por supuesto, no estar trabajando por cuenta ajena en el momento de cursar la solicitud.

Claves para optar a este subsidio

La ayuda económica que prevé el subsidio extraordinario por desempleo es de 451 euros al mes y se podrá recibir durante un máximo de seis meses, sin que exista, en ningún caso, la posibilidad de solicitar una ampliación ni una renovación.

Este subsidio puede presentarse hasta 15 días después de que se cumplan los primeros 30 días de espera desde que finalizara el subsidio anterior. Una vez presentada la solicitud es cuando, de llevarse a cabo, cursa el derecho a recibirse dicha prestación, aunque, como se ha citado, resulta imprescindible que el demandante acredite que está en proceso de búsqueda activa de empleo dentro del Servicio Público de Empleo de la comunidad autónoma que le corresponda.

La solicitud de este subsidio puede presentarse por tres vías diferentes: por medio de un correo administrativo, en la oficina de prestaciones (a través de cita previa) o en cualquier oficina de registro público de empleo.

La documentación que es necesario presentar consiste, básicamente, en los documentos nacionales de identidad de los solicitantes (las tarjetas identificativas correspondientes en el caso de ser extranjeros) y, en su caso, de los hijos y otras personas que estén a su cargo y figuren en la solicitud; un documento bancario oficial donde aparezca el número de la cuenta corriente en el que el demandante sea el titular; y, si se van a incluir a hijos mayores de 26 años con alguna discapacidad, será necesario incorporar un certificado expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, por el Imserso o por el organismo autonómico que resulte competente. En algunos casos, también se solicita la presentación de un justificante de rentas.

Cabe recordar que, aunque no es posible acceder a este subsidio extraordinario si el demandante se encuentra como trabajador en activo, es posible que, cuando ya se haya comenzado a cobrar la prestación, se pueda aceptar un contrato a tiempo parcial. En ese caso, la cuantía que se reciba se reducirá en la parte proporcional, siempre que se cumplan una serie de requisitos para poder compatibilizar ambos ingresos.

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