Figuras de madera destacando una verde, simbolizando la inclusión en la Renta Activa de Inserción (RAI) y cómo acogerse al programa.
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Qué es la Renta Activa de Inserción y cómo acogerse a ella

Diciembre 11, 2024 6 min

Si tienes más de 45 años, estás actualmente en el paro y tienes problemas para volver a entrar en el mercado laboral, entonces la Renta Activa de Inserción, más conocida como RAI, te interesa. Esta ayuda, gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), se creó especialmente para las personas que ya no tienen derecho ni a la prestación por desempleo ni al subsidio por desempleo.

En este post te hablamos sobre qué es la RAI, los requisitos para cobrarla, los documentos que necesitas y todas sus características, ¡sigue leyendo!

¿Qué es la RAI?

La Renta Activa de Inserción (RAI) es un tipo de ayuda no contributiva de 480 euros mensuales para personas desempleadas que por alguna razón, tienen dificultades para conseguir un trabajo o recibir otras ayudas o subsidios. 

Esta ayuda está pensada para parados de larga duración mayores de 45 años en situación de necesidad económica, aunque también pueden solicitarla emigrantes retornados mayores de 45 años, víctimas de violencia de género y personas con discapacidad igual o superior al 33%.

Requisitos para cobrar la RAI

Para optar a esta ayuda existen unos requisitos, establecidos por el SEPE, que debes cumplir, y algunas condiciones específicas en función del colectivo al que pertenezcas para solicitarla:

  • Que la suma de los ingresos mensuales de todos los miembros de la unidad familiar no supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
  • Ser demandante de desempleo inscrito en la Oficina del Servicio Público de Empleo durante doce o más meses.
  • No haber recibido la renta activa de inserción en los últimos 365 días, salvo discapacitados (33%+), o víctimas de violencia de género o doméstica.
  • Tener más de 45 años y menos de 65.
  • No haber cobrado la RAI anteriormente durante más de tres años.
  • Haber agotado la prestación o subsidio por desempleo, excepto por sanción, sin derecho a otra protección por desempleo (excluyendo emigrantes retornados y víctimas de violencia de género o doméstica).

Requisitos de la RAI adicionales según el colectivo

Además de estos requisitos generales, dependiendo del colectivo existen otros requisitos adicionales:

  • Para los parados de larga duración:
    • Haber agotado la prestación/subsidio por desempleo, salvo por sanción.
    • Haber estado inscrito durante mínimo 12 meses como demandante de empleo, y estarlo durante la recepción de la RAI.
    • Tener 45 años o más.
  • Emigrantes retornados en los últimos 12 meses, habiendo trabajado al menos seis meses en el extranjero, cumpliendo todos los requisitos excepto la inscripción de 12 meses.
  • Para las víctimas de violencia de género:
    • Es necesario acreditar esta condición mediante certificación de los Servicios Sociales por resolución judicial, orden de protección, o informe del Ministerio Fiscal. Se deben cumplir todos los requisitos excepto la edad y la inscripción de 12 meses.
  • Para las personas con discapacidad igual o superior al 33%:
    • Haber agotado la prestación/subsidio por desempleo.
    • Haber estado inscrito durante mínimo 12 meses como demandante de empleo, y estarlo durante la recepción de la RAI.

Documentos para solicitar la Renta Activa de Inserción

Para solicitar la Renta Activa de Inserción es necesario presentar la siguiente documentación en las Oficinas del Servicio Público de Empleo (SEPE), o a través de su Sede electrónica si dispones de certificado digital:

  • El modelo oficial de solicitud, que incluye la declaración de la renta del demandante y de sus familiares, si tiene algún grado de invalidez y cobra alguna clase de ayuda por ello, así como sus datos de domiciliación bancaria.
  • DNI o tarjeta de residente del solicitante y de los que figuren en la solicitud, Libro de Familia y, en su caso, un certificado de minusvalía de la Seguridad Social.
  • Declaración de búsqueda activa de empleo.
  • Documento bancario donde figure el número de cuenta de la que el beneficiario es titular y donde se va a percibir la prestación.
  • Si fuera necesario, un justificante de rentas.
  • Para personas con discapacidad igual o superior al 33% se debe acreditar tal condición mediante un certificado expedido por el IMSERSO u órgano competente de tu comunidad autónoma.
  • Para trabajadores emigrantes retornados se debe aportar el formulario U1 o E-301 si regresa de un país de la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo (EEE); el certificado de la Agregaduría Laboral o el formulario U1 en el caso de volver de Suiza; y por último, la Certificación emitida por las Áreas y Dependencias Provinciales de Trabajo y Asuntos Sociales de las delegaciones de gobierno en la que sea explícita la fecha de retorno y el tiempo trabajado en el país de emigración para aquellos países que no sean miembros de la UE o del EEE.

¿Cómo solicitar la Renta Activa de Inserción?

En caso de cumplir con todos los requisitos para acceder a esta ayuda, podrás solicitarla a través de la sede electrónica del SEPE, con cita previa en la oficina de prestaciones, en oficinas de registro público o por correo administrativo. El cobro de la cuantía de la RAI se iniciará el día siguiente de la solicitud de admisión.

Durante cuánto tiempo se puede cobrar

La Renta Activa de Inserción se puede cobrar durante once meses y es posible pedirla hasta tres veces, se cobra el 80% del IPREM (Indicador público de renta de efectos múltiples). Cada vez que se pida la RAI habrá que cumplir con todos los requisitos, como si fuera la primera vez que se solicita.

Recapitulando, todo sobre la ayuda RAI

En definitiva, la Renta Activa de Inserción está destinada a parados de larga duración mayores de 45 años, para emigrantes retornados mayores de 45 años, víctimas de violencia de género y personas con discapacidad igual o superior al 33% en situación de necesidad económica.

No deben recibir ingresos mensuales superiores al 75% del SMI y no pueden ser mayores de 65 años. En función del colectivo social al que pertenecen al acceder a la ayuda, aplicarán unos requisitos u otros. Además, cabe tener en cuenta que es una ayuda que no se puede disfrutar durante más de tres años.

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