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El mundo de los autónomos y las pequeñas empresas está lleno de términos y trámites fiscales que a veces pueden resultar abrumadores. Gestionar correctamente los impuestos es una de las obligaciones fiscales más importantes para cualquier trabajador por cuenta propia. Dos de estos términos clave son los que regulan los pagos fraccionados del IRPF a lo largo del año. Por un lado, el Modelo 130 para autónomos en estimación directa y el Modelo 131 para quienes tributan en estimación objetiva o por módulos.
Ambos funcionan como anticipos del IRPF que se liquidan trimestralmente, de forma que cuando llega la declaración de la renta anual no haya que afrontar un pago inesperado. La diferencia entre uno y otro se encuentra en el régimen fiscal al que pertenece cada autónomo y en cómo se calcula la base sobre la que tributa.
En este artículo se explica qué es cada modelo, quién está obligado a presentarlo, cuáles son los plazos vigentes y qué particularidades hay que tener en cuenta. ¡Empezamos!
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¿Qué es el Modelo 130 para autónomos?
El Modelo 130 de la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria) es un modelo de declaración trimestral del IRPF que han de presentar los autónomos que realicen actividades empresariales en estimación directa. Concretamente el modelo 130 es una declaración del rendimiento neto (ingresos menos gastos) obtenidos durante el trimestre correspondiente.
Este modelo sirve básicamente como un sistema de pago trimestral para que los autónomos no tengan que pagar todo su impuesto sobre la renta de golpe al final del año. Así, cada tres meses se calcula el beneficio neto obtenido y se adelanta el 20% a Hacienda. De este modo, cuando se hace la declaración de la renta se resta todo lo que ya se ha anticipado en estos trimestres y, si has pagado de más, la declaración te saldrá a devolver, mientras que si pagaste menos, tendrás que abonar ese resto.
El modelo 130 es la declaración trimestral del IRPF para autónomos en estimación directa. Cada trimestre se calcula el rendimiento neto y se adelanta el 20% a Hacienda. Los plazos de presentación son del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero del año siguiente.
¿Cuándo se presenta el Modelo 130?
Este tipo de declaración se presenta de manera trimestral, es decir, se realiza cuatro veces al año. El plazo del modelo 130 se divide de la siguiente forma:
- Del 1 al 20 de abril – primer trimestre
- Del 1 al 20 de julio – segundo trimestre
- Del 1 al 20 de octubre – tercer trimestre
- Del 1 al 30 de enero del año siguiente – cuarto trimestre
En los casos en los que la fecha límite caiga en fin de semana o festivo, se marcará como máximo hasta el siguiente día hábil.
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 130?
Aquellos autónomos que tributan en estimación directa, ya sea en la modalidad normal o en la simplificada, abarcando tanto a los negocios comerciales o profesionales tradicionales como al sector agrícola, ganadero, forestal y pesquero.
Por su parte, la obligación de presentar este modelo en el caso de los autónomos profesionales dependerá del porcentaje de retención aplicado el año anterior. Si el porcentaje de retención fue al menos sobre el 70% de los ingresos o eres nuevo y en ese trimestre más del 70% de tus ingresos llevaron retención, no estarás obligado a presentar el modelo 130.
¿Qué gastos se pueden deducir en el modelo 130?
Los gastos deducibles en este modelo son aquellos que están vinculados a la actividad que se lleva a cabo, debe estar justificado con una factura completa y ha de estar registrado en la contabilidad de la empresa. Entre los gastos que se pueden incluir en el modelo 130 se encuentran las materias primas, si se utilizan, gastos personales como sueldos, cotizaciones indemnizaciones, la cuota de autónomo, los suministros de luz, agua o gas, por ejemplo, el arrendamiento de un local o el renting de vehículos, la manutención, los tributos del IBI o IAE y los gastos financieros.
¿Qué es el Modelo 131 de la AEAT?
Al igual que el modelo 130, el modelo 131 es una forma de declaración para los trabajadores autónomos que permite calcular y pagar sus impuestos de manera más precisa y conveniente. Mientras que el modelo 130 está destinado a los autónomos que tributan en estimación directa, el modelo 131 es para aquellos autónomos que tributan en estimación objetiva o por módulos.
Tributar por estimación objetiva o por módulos significa que los impuestos están calculados en base a ciertos indicadores preestablecidos en vez de según los ingresos y gastos reales (como es el caso de la estimación directa). Algunos de los indicadores o condicionantes que afectan al modelo 131 pueden ser el consumo energético o el número de empleados que trabajan para la empresa.
Cuándo se paga el modelo 131
Las fechas para presentar el modelo 131 son las mismas que para el modelo 130, ya que ambos siguen el calendario fiscal de pagos fraccionados del IRPF. Por trimestres desde el día 1 al 20 de los meses de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero del siguiente año.
El modelo 131 es la declaración trimestral del IRPF para autónomos que tributan en estimación objetiva o por módulos. En este régimen, el impuesto no se calcula sobre los ingresos y gastos reales, sino sobre indicadores preestablecidos como el consumo energético o el número de empleados. Los plazos de presentación coinciden con los del modelo 130.
¿Quién debe presentar el modelo 131?
Todos los autónomos que tributen bajo el método de estimación objetiva (módulos), englobando tanto a quienes realizan actividades comerciales, industriales o de servicios, como a los profesionales del sector agrícola, ganadero y forestal. La única excepción recogida en la normativa beneficia precisamente a estos últimos (agricultura, ganadería y actividades forestales), quienes quedarán exentos de presentar el modelo si al menos el 70% de sus ingresos del año anterior (o del trimestre en curso si acaban de empezar) ya estuvieron sujetos a retenciones o ingresos a cuenta.
Cómo se presentan el modelo 130 y el modelo 131
Tanto el modelo 130 como el 131 se pueden presentar a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria o en cualquiera de sus sedes físicas pidiendo cita previa.
- Por internet en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Podrás identificarte utilizando el certificado digital o la Clave PIN. En la web de la Agencia Tributaria podrás encontrar una guía sobre los pasos a seguir para presentar estos modelos.
- En papel utilizando el modelo generado por la aplicación de la Agencia Tributaria. Podrás descargarlo en pdf para su fácil impresión.
En conclusión
Los modelos 130 y 131 del IRPF de los autónomos son herramientas esenciales para los que desean gestionar sus impuestos de manera adecuada y cumplir con sus obligaciones tributarias. El modelo 130 se aplica a aquellos que tributan en estimación directa, permitiendo la declaración trimestral de los rendimientos netos. Mientras tanto, el modelo 131 está diseñado para aquellos que tributan en estimación objetiva o por módulos, calculando los impuestos para autónomos en función de indicadores preestablecidos.
Estos modelos son fundamentales para mantener un control fiscal preciso y garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, contribuyendo así al éxito y la estabilidad de los negocios de los autónomos. La presentación de estos modelos se puede realizar de manera electrónica o en papel, brindando flexibilidad en el proceso de declaración de impuestos. En definitiva, comprender y utilizar adecuadamente los modelos 130 y 131 es crucial para mantener una gestión financiera sólida en el mundo de los autónomos y las pequeñas empresas.