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nieta con su abuelo disfrutando en el campo de la jubilación anticipada a los 63 años
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Jubilación a los 63 años. ¿Cómo y cuándo puedo solicitarla?

Septiembre 20, 2024 10 min 2196 veces compartido

Aunque la edad de jubilación legal en España va paulatinamente retratándose, también es posible adelantarla, aunque para hacerlo se debe aplicar un coeficiente reductor que penaliza la cantidad final que se recibirá. ¿La jubilación a los 63 años es posible? ¿Cómo se puede solicitar? 

Lo cierto es que la edad de jubilación se va retrasando progresivamente hasta 2027, la última reforma de las pensiones así lo establece. El objetivo del Gobierno es alargar la salida del mercado laboral de los trabajadores para equilibrar la hucha de las pensiones. De ahí que el último pacto alcanzado para las pensiones con los agentes sociales haya impulsado bonificaciones para demorar la edad de jubilación. 

Te contamos todo lo que tienes que saber para lograr la jubilación a los 63 años así como los inconvenientes que puedes encontrar para que te la concedan. ¡Allá vamos! 

Requisitos y penalizaciones para jubilarse a los 63 años

Actualmente, la legislación permite a los empleados solicitar la jubilación anticipada voluntaria con una edad mínima de 63 años. No obstante, deben cumplir también los siguientes requisitos: estar dados de alta como trabajadores y acreditar un período de cotización de, al menos, 37 años y 9 meses, o más. En el caso de no alcanzar los 37 años y 9 meses de cotización, la edad para jubilarse de manera anticipada voluntariamente es a los 64 años y 4 meses. 

Si la jubilación anticipada es involuntaria, se podrá acceder a ella a partir de los 62 años y 4 meses si se ha cotizado menos de 37 años y 9 meses; o bien, a los 61 años si la cotización ha sido de 37 años y 9 meses o más. 

Coeficientes reductores

El coeficiente reductor es el porcentaje que se resta a la pensión por el hecho de querer recibirla de manera anticipada. Estos porcentajes van aumentando en la medida en que la persona anticipe la edad de jubilación. Es decir, cuanto más joven te jubiles, menor será tu pensión según estos coeficientes reductores pero varían en algunas variables:

  • El número de años cotizados a la Seguridad Social.
  • El número de trimestres de anticipación de la edad de jubilación legal.
  • La naturaleza de la jubilación anticipada, es decir, si es voluntaria o forzosa.

Así pues, quien quiera jubilarse de forma anticipada, calculará la cuantía total de su pensión, aplicando los coeficientes reductores. Además, se aumentaron las penalizaciones a la jubilación anticipada. Para realizar este cálculo, se tiene en cuenta los meses de adelanto, desde 1 mes hasta 24 como máximo y el periodo cotizado, dividido de la siguiente forma:

  • Menos de 38 años y 6 meses
  • Igual o superior a 38 años y 6 meses, e inferior a 41 años y 6 meses
  • Igual o superior a 41 años y 6 meses pero inferior a 44 años y 6 meses
  • Igual o superior a 44 años y 6 meses

La penalización mensual variará desde el 2,81% hasta el 21%, pero habrá que cumplir ciertos requisitos como contar con 35 años cotizados, de los cuales al menos 2 tendrán que ser dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la fecha en la que se solicite el retiro voluntario. 

Puedes usar el simulador de jubilación de la Seguridad Social para calcular la pensión en tu caso.

¿Cómo se penaliza la jubilación anticipada? 

Es habitual creer que la jubilación anticipada puede resultar penalizada con una mensualidad menor debido a la reforma de las pensiones ejecutada a partir de 2021. Sin embargo, lo cierto es que los cambios efectuados no evitan que las personas se acojan a la modalidad anticipada. La edad media en en la anticipada se sitúa en los 63 años y dos meses, y reciben una cantidad considerablemente mayor que quienes dejan de trabajar a la edad ordinaria de 66 años y seis meses. ¿Cómo? 

A pesar de la última reforma de las pensiones ha provocado un descenso en las personas que optan por retirarse antes de lo normal, lo cierto es que, con los datos acumulados hasta mayo de 2024, las personas que acceden a una jubilación anticipada, ya sea voluntaria o no voluntaria, especial, con bonificación o parcial, están cobrando de media 1.768 euros al mes de pensión. En el caso de quienes lo hacen a la edad ordinaria, esta cantidad se queda en, aproximadamente, 1.454 euros, es decir, más de 300 euros menos.

Esto se debe a que el principal factor para determinar la cantidad a cobrar de la pensión de jubilación no es el tiempo que se haya cotizado, sino la base de cotización, es decir, la cantidad de dinero del salario del trabajador que va para las arcas públicas. 

Así, los últimos 15 años de cotización son los utilizados para calcular la cantidad, una cifra a la que, eso sí, después se le aplicará el coeficiente reductor de entre el 13% y el 21%, según lo antes que llegue la jubilación.

De este modo, esta realidad explica también las diferencias que puede haber entre una modalidad de jubilación y otra, así como en función de las circunstancias de cada trabajador.  

Herramientas para compensar

A pesar de esta reducción en la cuantía final de la pensión a percibir, los cotizantes cuentan con dos herramientas con las que poder compensar esta pérdida de remuneración.

En primer lugar, si han ahorrado a lo largo de su vida, es probable que cuenten con un colchón financiero lo suficientemente holgado para satisfacer sus necesidades. En este sentido, el soporte de un asesor financiero profesional es clave para establecer objetivos financieros y vitales a largo plazo.

Por otro lado, existen productos financieros de previsión y de ahorro pensados para ser utilizados cuando llegue la edad de jubilación. El caso más arquetípico es, posiblemente, el de los planes de pensiones llevados a cabo en 2022. Una de sus principales ventajas es la deducción de hasta 1500€ euros en la base imponible del IRPF por la cantidad que hayamos aportado. Dicha cantidad podrá reducirse en el caso de que cobremos menos (el 30% de todos los rendimientos del trabajo) o ampliarse a otros 1000 euros más aportados al cónyuge si este no gana más de 8000 euros.

¿Los autónomos pueden jubilarse de forma anticipada a los 63?

Es posible solicitar la jubilación para los autónomos antes de la edad estipulada mientras se acojan a las condiciones necesarias. Esto implica que deben tener una edad como máximo dos años inferior a la edad legal en cada momento y un mínimo de 35 años de cotización. Según la ley, “el importe de la pensión a percibir ha de ser superior a la cuantía de la pensión mínima que correspondería al interesado por su situación familiar al cumplir los 66 años y 4 meses de edad. En caso contrario, no se podrá acceder a esta fórmula de jubilación de manera anticipada”.

Si cumplen estos requisitos, la edad de jubilación anticipada sería a los 64 años y 4 meses si se tiene menos de 37 años y 9 meses cotizados; y de 63 años en el caso de cotizar más de los años mencionados. Sin embargo, este colectivo no puede optar a la jubilación anticipada forzosa (derivados de despidos o situaciones similares) o por situación de crisis, casos que sí están reconocidos para el régimen general.

Coeficientes reductores para autónomos

Los coeficientes reductores sobre la pensión para los autónomos que decidan jubilarse de manera anticipada voluntariamente están separados por tramos en función de los años cotizados y son los siguientes:

  • Primer tramo. Aquellos que tengan 38 años y seis meses cotizados o menos, se les aplicará entre un 3.26% y un 21% de reducción
  • Segundo tramo. Entre los 38 años y seis meses y 41 años y 6 meses, entre 3,11% y un 19% 
  • Tercer tramo. Los que estén entre 41 años y 6 meses cotizados y menos de 44 años y 6 meses, se reducirá entre un 2.96% y un 19%
  • Cuarto tramo. Quienes hayan cotizado igual o más de 44 años y 6 meses, su reducción es de 2,81% y un 13%

¿Los funcionarios pueden solicitar la jubilación a los 63 años?

En el caso de la jubilación de los funcionarios, podemos dividirlos en dos tipos en función en función del Régimen de Seguridad Social que se les aplique:

  • Régimen de Clases Pasivas.

Como norma general, pueden jubilarse voluntariamente al cumplir los 60 años, siempre que tengan reconocidos 30 de servicios al Estado y efectúen la solicitud con tres meses de antelación. Si para completar esos 30 años hubieran de computarse cotizaciones a otros regímenes de protección social, se requerirá que los últimos cinco de servicios computables para la determinación de la pensión de jubilación estén cubiertos en el Régimen de Clases Pasivas del Estado.


No obstante, este requisito no es aplicable a los funcionarios de la Administración del Estado que se encuentren en servicio activo, servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares y excedencia por razón de violencia de género, ya que cambian de régimen de protección social. A esta modalidad no se le aplica coeficiente reductor de la pensión, aunque existe una tabla de porcentajes a aplicar en función de los años de servicios reconocidos.

  • Régimen General.

Como requisitos, deben cumplir que la edad de acceso no sea inferior a 2 años de la establecida con carácter general, en función del período de cotización acreditado y el ejercicio del hecho causante de la pensión. De manera más particular, deben contar con 35 años de cotización y, al menos, 2 de estos años deben estar incluidos dentro de los 15 años anteriores al hecho causante.


La cuantía de la pensión se reduce aplicando un porcentaje por cada trimestre o fracción del mismo que se anticipe el acceso a la pensión en relación a la edad ordinaria. Este porcentaje variará en función del período de cotización acreditado.

Recapitulando

En definitiva, solicitar la jubilación a los 63 años es una opción disponible siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos por la Seguridad Social. Para hacerlo, es necesario haber cotizado un mínimo de 15 años y tener la edad requerida. 

Además, hay que tener en cuenta los coeficientes reductores que se aplican a la pensión, lo que significa que la cantidad a percibir puede verse reducida según el tiempo cotizado y la edad de retiro.

Pero algo determinante para calcular la pensión es la base de cotización, tomando como referencia la de los últimos 15 años de cotización, por tanto si la base es elevada, aunque se le apliquen el coeficiente reductor puede que resulte beneficioso. Es fundamental revisar si esto ocurre en tu caso. 

Esta opción puede ser atractiva para las personas que deseen dejar de trabajar antes de la edad establecida por ley, siempre y cuando estén dispuestos a aceptar las condiciones que esto supone. Por tanto, es importante analizar bien todas las opciones y considerar las posibles consecuencias antes de tomar una decisión definitiva.

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