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Jubilación a los 63 años. ¿Cómo y cuándo puedo solicitarla?

Mayo 22, 2023 8 min 1871 veces compartido

Aunque la edad de jubilación legal en España va paulatinamente retrasándose, también es posible adelantarla, aunque para hacerlo se debe aplicar un coeficiente reductor que penaliza la cantidad final que se recibirá. Tras los recientes cambios para garantizar la viabilidad del sistema de pensiones español, la edad de jubilación queda fijada, como norma general, en los 66 años y 4 meses para los trabajadores que no hayan alcanzado con anterioridad los 37 años y nueve meses de cotización.

Requisitos y penalizaciones para jubilarse a los 63 años

Actualmente, la legislación permite a los empleados solicitar la jubilación anticipada voluntaria con una edad mínima de 63 años. No obstante, deben cumplir también los siguientes requisitos: estar dados de alta como trabajadores y acreditar un período de cotización de, al menos, 37 años y 9 meses, o más. En el caso de no alcanzar los 37 años y 9 meses de cotización, la edad para jubilarse de manera anticipada voluntariamente es a los 64 años y 4 meses. 

Si la jubilación anticipada es involuntaria, se podrá acceder a ella a partir de los 62 años y 4 meses si se ha cotizado menos de 37 años y 9 meses; o bien, a los 61 años si la cotización ha sido de 37 años y 9 meses o más. 

Coeficientes reductores

El coeficiente reductor es el porcentaje que se resta a la pensión por el hecho de querer recibirla de manera anticipada.

Así pues, quien quiera jubilarse de forma anticipada, calculará la cuantía total de su pensión, aplicando los coeficientes reductores. En enero de 2022, se modificó la ley para que se penalice más la jubilación anticipada.  Para realizar este cálculo, se tiene en cuenta los meses de adelanto, desde 1 mes hasta 24 como máximo y el periodo cotizado, dividido de la siguiente forma:

  • Menos de 38 años y 6 meses
  • Igual o superior a 38 años y 6 meses, e inferior a 41 años y 6 meses
  • Igual o superior a 41 años y 6 meses pero inferior a 44 años y 6 meses
  • Igual o superior a 44 años y 6 meses

La penalización mensual variará desde el 2,81% hasta el 21%, pero habrá que cumplir ciertos requisitos como contar con 35 años cotizados, de los cuales al menos 2 tendrán que ser dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la fecha en la que se solicite el retiro voluntario. 

Puedes usar el simulador de jubilación de la Seguridad Social para calcular la pensión en tu caso.

Herramientas para compensar

A pesar de esta reducción en la cuantía final de la pensión a percibir, los cotizantes cuentan con dos herramientas con las que poder compensar esta pérdida de remuneración.

En primer lugar, si han ahorrado a lo largo de su vida, es probable que cuenten con un colchón financiero lo suficientemente holgado para satisfacer sus necesidades. En este sentido, el soporte de un asesor financiero profesional es clave para establecer objetivos financieros y vitales a largo plazo.

Por otro lado, existen productos financieros de previsión y de ahorro pensados para ser utilizados cuando llegue la edad de jubilación. El caso más arquetípico es, posiblemente, el de los planes de pensiones llevados a cabo en 2022. Una de sus principales ventajas es la deducción de hasta 1500€ euros en la base imponible del IRPF por la cantidad que hayamos aportado. Dicha cantidad podrá reducirse en el caso de que cobremos menos (el 30% de todos los rendimientos del trabajo) o ampliarse a otros 1000 euros más aportados al cónyuge si este no gana más de 8000 euros.

¿Los autónomos pueden jubilarse de forma anticipada a los 63?

Es posible solicitar la jubilación para los autónomos antes de la edad estipulada mientras se acojan a las condiciones necesarias. Esto implica que deben tener una edad como máximo dos años inferior a la edad legal en cada momento y un mínimo de 35 años de cotización. Según la ley, “el importe de la pensión a percibir ha de ser superior a la cuantía de la pensión mínima que correspondería al interesado por su situación familiar al cumplir los 66 años y 4 meses de edad. En caso contrario, no se podrá acceder a esta fórmula de jubilación de manera anticipada”.

Si cumplen estos requisitos, la edad de jubilación anticipada sería a los 64 años y 4 meses si se tiene menos de 37 años y 9 meses cotizados; y de 63 años en el caso de cotizar más de los años mencionados. Sin embargo, este colectivo no puede optar a la jubilación anticipada forzosa (derivados de despidos o situaciones similares) o por situación de crisis, casos que sí están reconocidos para el régimen general.

Coeficientes reductores para autónomos

Los coeficientes reductores sobre la pensión para los autónomos que decidan jubilarse de manera anticipada voluntariamente están separados por tramos en función de los años cotizados y son los siguientes:

  • Primer tramo. Aquellos que tengan 38 años y seis meses cotizados o menos, se les aplicará entre un 3.26% y un 21% de reducción
  • Segundo tramo. Entre los 38 años y seis meses y 41 años y 6 meses, entre 3,11% y un 19% 
  • Tercer tramo. Los que estén entre 41 años y 6 meses cotizados y menos de 44 años y 6 meses, se reducirá entre un 2.96% y un 19%
  • Cuarto tramo. Quienes hayan cotizado igual o más de 44 años y 6 meses, su reducción es de 2,81% y un 13%

¿Los funcionarios pueden solicitar la jubilación a los 63 años?

En el caso de la jubilación de los funcionarios, podemos dividirlos en dos tipos en función en función del Régimen de Seguridad Social que se les aplique:

  • Régimen de Clases Pasivas.

Como norma general, pueden jubilarse voluntariamente al cumplir los 60 años, siempre que tengan reconocidos 30 de servicios al Estado y efectúen la solicitud con tres meses de antelación. Si para completar esos 30 años hubieran de computarse cotizaciones a otros regímenes de protección social, se requerirá que los últimos cinco de servicios computables para la determinación de la pensión de jubilación estén cubiertos en el Régimen de Clases Pasivas del Estado.


No obstante, este requisito no es aplicable a los funcionarios de la Administración del Estado que se encuentren en servicio activo, servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares y excedencia por razón de violencia de género, ya que cambian de régimen de protección social. A esta modalidad no se le aplica coeficiente reductor de la pensión, aunque existe una tabla de porcentajes a aplicar en función de los años de servicios reconocidos.

  • Régimen General.

Como requisitos, deben cumplir que la edad de acceso no sea inferior a 2 años de la establecida con carácter general, en función del período de cotización acreditado y el ejercicio del hecho causante de la pensión. De manera más particular, deben contar con 35 años de cotización y, al menos, 2 de estos años deben estar incluidos dentro de los 15 años anteriores al hecho causante.


La cuantía de la pensión se reduce aplicando un porcentaje por cada trimestre o fracción del mismo que se anticipe el acceso a la pensión en relación a la edad ordinaria. Este porcentaje variará en función del período de cotización acreditado.

Recapitulando

En definitiva, solicitar la jubilación a los 63 años es una opción disponible siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos por la Seguridad Social. Para hacerlo, es necesario haber cotizado un mínimo de 15 años y tener la edad requerida. Además, hay que tener en cuenta los coeficientes reductores que se aplican a la pensión, lo que significa que la pensión a percibir puede verse reducida según el tiempo cotizado y la edad de retiro.

Esta opción puede ser atractiva para las personas que deseen dejar de trabajar antes de la edad establecida por ley, siempre y cuando estén dispuestos a aceptar las condiciones que esto supone. Por tanto, es importante analizar bien todas las opciones y considerar las posibles consecuencias antes de tomar una decisión definitiva.

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