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Pluriempleo, pluriactividad y jubilación: ¿qué debo tener en cuenta?

Enero 29, 2018 6 min 20 veces compartido

¿Cómo será mi jubilación si estoy en situación de pluriempleo, es decir, si trabajo por cuenta ajena y cotizo al mismo régimen de la Seguridad Social? ¿Y si me hallo en situación de pluriactividad, es decir, con regímenes distintos? Vamos a verlo.

Qué es el pluriempleo

En el caso del pluriempleo, que se produce cuando de manera simultánea se trabaja en dos empleos bajo el mismo régimen de cotización, únicamente entran en esta categoría aquellos trabajadores por cuenta ajena, dejando fuera a los autónomos. Se trata, como se señala desde la Administración, de prestar los “servicios profesionales a dos o más empresarios distintos y en actividades que den lugar a su alta obligatoria en un mismo Régimen de la Seguridad Social”.

Dicho en otros términos, si trabajas, por ejemplo, en una tienda por la mañana y en otra por la tarde, o si tienes un empleo en un restaurante durante la semana y en un parque de atracciones el fin de semana, entonces eres pluriempleado. Por el contrario, si cotizas en diferentes regímenes tu situación es de pluriactividad y tienes derecho a más de una pensión de jubilación. Ahora lo veremos.

Seguridad Social y pluriempleo

Sigamos con el pluriempleo. Al cotizar en diferentes empresas, el Estado limita la base de cotización máxima, lo que asegura que las compañías para las que se trabaja se repartan dichas cotizaciones de manera proporcional y sin sobrepasar la mencionada base máxima de cotización. Es decir, por muchas horas que se trabaje o por muchas empresas en las que se colabore, jamás se podrá exceder la base máxima de cotización. La base máxima en 2017 asciende a 3.751,20 euros y la base mínima a 825,60 euros.

Por su parte, los empleadores están en la obligación de comunicar a la Seguridad Social en el momento del alta que el trabajador se encuentra en situación de pluriempleo. La responsabilidad última de comunicarlo a la Seguridad Social, sin embargo, recae en el trabajador. De hecho, hay que tener en cuenta que si la Administración no conoce que se está en situación de pluriempleo puede crearse un problema con el IRPF, que será erróneo y deberá posteriormente corregirse con un pago a Hacienda.

En cuanto a la jubilación, si un trabajador se encuentra en situación de pluriempleo en términos de cotización, únicamente contará una base reguladora – que será la suma de las bases reguladoras proporcionales. De hecho, su situación será bastante similar a la de cualquier otro trabajador por cuenta ajena.

La jubilación de un trabajador en situación de pluriempleo no difiere sustancialmente de la de un trabajador por cuenta ajena que ha prestado servicios a una única empresa al mismo tiempo. Si las cotizaciones son a tiempo parcial, se aplica un coeficiente multiplicador –1,5– para determinar el número de días cotizados, el cual jamás deberá exceder el número de días efectivamente trabajados.

Hablamos de la pluriactividad

Volvamos ahora a la pluriactividad, que, como sabemos, consiste en simultanear varios empleos en diferentes regímenes de cotización. ¿Cuál es el caso típico de pluriactividad? Pues trabajar por cuenta ajena y estar dado de alta de autónomos al mismo tiempo.

Las cotizaciones que se realicen en uno u otro régimen son independientes de cara a generar prestaciones de jubilación diferentes, siempre que se cumplan los requisitos necesarios. Ahora bien, si cuando uno decide jubilarse no está dado de alta en alguno de los regímenes, se debe acreditar necesariamente que algunos de los regímenes sean simultáneos al menos 15 años para poder optar a dos pensiones.

¿Qué sucede si no puedo acreditar estos 15 años? En el caso de solamente poder generar derechos para el cobro de una pensión pública de jubilación, las cotizaciones de los otros regímenes se pueden acumular y sumar a la que sí genera pensión, sin que la suma de las bases pueda exceder el límite máximo anual de cotización. Dicho en otros términos, no se pierden las cotizaciones en uno de los dos regímenes si no se llegan a cumplir los requisitos mínimos para el acceso a la pensión.

Cómo afecta la pluriactividad o el pluriempleo a la pensión de jubilación

Tanto en un caso como en el otro es importante que se tomen decisiones de ahorro a largo plazo para asegurar una pensión digna cuando llegue el momento de la jubilación. Llegados a este punto, muchos se preguntan cuánto dinero van a cobrar cuando se jubilen. El sistema público de pensiones en España no garantiza que la cuantía que uno vaya a cobrar del Estado una vez se haya retirado de la vida profesional sea suficiente para poder vivir la vida a la que aspira.

Para poder aportar algo de luz a las dudas acerca de la pensión pública de jubilación, recientemente se ha puesto en marcha una herramienta que, en función de una serie de sencillas respuestas, proporciona una estimación de lo que será nuestro futuro en materia económica una vez nos hayamos jubilado.

¿Cómo funciona? Se realiza un cálculo de los ingresos previstos una vez jubilados y los ingresos actuales, datos con los que el simulador de jubilación estima la diferencia entre unos y otros, teniendo en cuenta nuestras aspiraciones vitales. Se trata de cuatro sencillos pasos para conocer nuestro nivel de ingresos cuando nos jubilemos y si van a ser necesarios más o menos ahorros para complementar la pensión pública de jubilación.

Más información:

Base reguladora de la pensión de jubilación: qué es y cómo se calcula

¿Cómo ahorrar para la jubilación y tener liquidez?

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