Jubilación en autónomos: Edad, requisitos y cuánto se cobra

No es de extrañar que a los autónomos de nuestro país se les tache de héroes sin capa; sus condiciones de trabajo, cotización y pensión son, en la mayoría de casos, mucho más complejas e inferiores que al resto de trabajadores. Por supuesto la jubilación también resulta más baja que para quienes han trabajado por cuenta ajena y esto tiene explicación: los autónomos eligen la cuota de cotización que más les convenga. Y en muchas ocasiones, deciden cotizar menos.

¿Estás en esta situación? ¿Eres autónomo y quieres saber cómo planificar tu jubilación? Sigue leyendo para saber qué debes tener en cuenta de cara a mejorar tu pensión y tu retiro, en este post repasamos las bases de cotización y cómo calcular tu pensión si eres autónomo, así como la tabla de jubilación para este tipo de trabajadores. Te damos consejos para planificar tu pensión. ¿Comenzamos?

Las claves de la jubilación para los autónomos

Lo mejor es ponerse en contexto con algunos datos para entender mejor cuál es la situación para los autónomos. Según el estudio ‘Emprende tu jubilación’, realizado por VidaCaixa y la Universidad de Barcelona, la pensión media de un autónomo es la mitad que la de un trabajador por cuenta ajena. 

Pero, ¿por qué esta diferencia tan extrema? Normalmente, los autónomos optan por cotizar a la Seguridad Social por la base mínima. Y claro, cuanto menos se cotice, menor será la pensión pública de jubilación. Es habitual porque de esta manera pueden ganar más mes a mes. 

Aún así, decidir cotizar menos puede ser beneficioso para la viabilidad de un negocio en ciertos momentos, aunque también es necesario pensar a largo plazo y saber que esto tendrá un efecto negativo en la pensión de jubilación. 

Como se puede apreciar, cotizar menos es un arma de doble filo, durante mucho tiempo favorece al negocio pero finalmente repercute en una menor pensión. Por eso, si el autónomo decide cotizar más durante al menos 20 años antes de su retiro, tendrá asegurados unos años de jubilación más desahogados. 

El porcentaje de autónomos en España es del 16,42%, casi dos puntos por encima de la media europea (14,3%). El informe nos dice que los trabajadores por cuenta propia deben tener muy en cuenta su base de cotización de cara a planear su jubilación. Sin ir más lejos, hoy más del 85% de los autónomos cotizan por la base mínima. Esto supondría que su pensión no superaría los 635 euros al mes, prácticamente el 50% de la pensión media de un trabajador por cuenta ajena (1.155 euros). No en vano, el 75 % de los autónomos consideran que la pensión pública que recibirán no les será suficiente una vez se retiren.

Tabla de la edad de jubilación en autónomos

La reforma de las pensiones que está en marcha en nuestro país desde 2013 terminará en el año 2027. Los cambios son paulatinos y varían cada año. Por ejemplo, la edad de jubilación quedará fijada en los 67 años y 38 años y seis meses cotizados, tal y como muestra esta tabla:

El periodo de cotización también se amplía. A partir de 2022 queda fijado en 300 meses o 25 años cotizados.

Las bases de cotización para autónomos

Las bases de cotización por las que elijamos pagar a la Seguridad Social se pueden cambiar dos veces al año. El plazo para cambiar la base de cotización va desde el 1 de enero al 30 de abril, y tiene efecto el 1 de julio siguiente, y antes del 1 de noviembre, con efecto a partir del 1 de enero del año siguiente.

Cálculo de la pensión de jubilación en autónomos

Su cuantía varía en función de qué cantidad y cuántos años se haya cotizado a la Seguridad Social. Cotizar por la base mínima supone una pensión pública más reducida. Los trabajadores del Régimen General cotizan en función de su salario una cantidad fija e inamovible por ello. 

En cambio, en el caso de los autónomos, más del 85% prefieren cotizar por la base mínima, la mayoría (un 65% de ellos, según el estudio de VidaCaixa) porque no pueden pagar una mayor cotización. Para calcular la pensión de jubilación de un autónomo tendremos en cuenta la base reguladora. El cálculo varía desde el 50% si se han cotizado 15 años hasta el 100% de la base reguladora si se han alcanzado los 37.

También puedes utilizar nuestro simulador de jubilación, que calcula en función de diferentes parámetros, como los ingresos o el régimen laboral (por cuenta propia o ajena), la diferencia entre lo que uno espera cobrar una vez jubilado y lo que probablemente cobrará.

Jubilación anticipada para autónomos

Hasta el año 2013 los autónomos no se podían jubilar de manera anticipada. Tras la última reforma de las pensiones, los autónomos ya pueden hacerlo, aunque la edad no es fija, sino que depende de la edad ordinaria de jubilación en el momento de nuestro retiro. 

Los autónomos pueden jubilarse de forma anticipada como máximo dos años antes de la edad de jubilación ordinaria. Eso sí, la cotización mínima exigida es de 35 años y el coeficiente reductor, es decir, el pedacito de pensión que se resta por jubilarse antes de tiempo, es del 8% por año adelantado.

Sin embargo, los autónomos no tienen acceso a la jubilación anticipada forzosa,  a la que sí pueden acceder los trabajadores por cuenta ajena. Pueden retirarse hasta cuatro años antes de la edad ordinaria (por ejemplo, en caso de despido) siempre que hayan cotizado 33 años. Para situaciones equivalentes, por ejemplo, la quiebra del negocio, un autónomo no tiene esa posibilidad.

La jubilación de los autónomos: conclusiones

A la hora de afrontar su jubilación, los autónomos tienen más inconvenientes ya que muchos de ellos no pueden permitirse pagar una cotización más alta. Así la diferencia entre la pensión de jubilación de un autónomo y la de cualquier otro trabajador es de casi la mitad. No sorprende por ello que cada vez sean menos los trabajadores por cuenta propia en nuestro país. 
Si eres autónomo y te preocupa perder poder adquisitivo cuando llegues a la edad de tu retiro, desde VidaCaixa te recomendamos optar por instrumentos de ahorro que puedan complementar la pensión pública de tu jubilación.  Incluso, debes tener en cuenta otras alternativas como pueden ser los PIAS o un SIALP, con los que tendrás ventajas tributarias que pueden mejorar tu situación en el futuro.

VidaCaixa

View Comments

  • LES RUEGO ME INDIQUEN A QUE DIRECCION DE LA CAIXA TENGO QUE DIRIGIRME PARA CONSULKTAR UN ASUNTO DE MIS DOS PENSIONES, QUE POR CIERTO LAS COBRO EN LA CAIXA DE LA ALGABA, SEVILLA.-

  • EN 2011 SE EMPEZO A BAJAR MI VENTA,VINO UNA COOPERATIVA Y EMPEZE A PAGAR MENOS DE SS. 260 BAJE A 145 ( DICEN DAN A SS 80). ME DIJERON EN 2010 Q YO RECIBIRIA MAS O MENOS 750E EN MI JUBILACION...LUEGO EN 2016 ME ENTERE Q X BAJAR MI PAGO RECIBIRIA SOLO 400E!!!! QUIERO SABER Q HACER PARA RECUPERAR LO ANTERIOR 750 U 800 ALGO MAS. 1.SE PUEDE SEGUIR EN COOPERATIVA PAGANDO MAS 2.O HAY A VOLVER A SS Y PAGAR COMO ANTES 260E..3 CUANTO TIEMPO? 5 AÑOS O MAS?

    • Hola Zully,
      En tu caso, el mejor consejo que podemos darte es que acudas a la Seguridad Social para evaluar cuáles son tus opciones.

  • Trabajo como autónoma profesional odontologa desde hacen 20 años tengo 72 años y deseara saber si puedo jubilarme de forma parcial y trabajar en alguna clinica en forma parcial unas horas al mes y seguir pagando algo de la seguridad social, o como seria mi situacion.
    La razon es que tengo 28.000€ en un plan de pensiones y necesito utilizar 5.000 de ellos y quiero seguir trabajando.

    • Hola Norma,
      Existen nuevas fórmulas, reguladas recientemente, que permiten prolongar la actividad laboral tras alcanzar la edad legal de jubilación. Por ejemplo la jubilación parcial y la jubilación flexible.
      Además es posible compaginar estas dos modalidades con el rescate de tu plan de pensiones privado. Debes tener en cuenta que las aportaciones que se hagan con posterioridad solo podrán destinarse al resto de supuestos establecidos por la ley: invalidez, fallecimiento, dependencia, enfermedad grave o rescate del plan de pensiones a los 10 años.

  • Tengo 67 años y tengo la juvilacion activa hasta ahora cobro el 50% De la pensión es correcto va haber algún cambios

    • Hola Indalecio,
      En estos momentos no tenemos noticias de si la autoridad competente va a introducir cambios a este respecto. Te animamos a mantenerte informado a través de nuestros artículos y a trasladarnos cualquier otra consulta que tengas.

  • desde hace 1año voy a ssocial, cooperativa,etc y NO ME DICEN LO Q TENGO Q HACER: 1-PAGAR MAS A COOPERATIVA ? O PAGAR COMO ANTES DE 2011 (CREO NOVIEMBRE CAMBIE) A S SOCIAL Y X CUANTOS AÑOS? unos me dicen 5 años,etc.. COMO ES POSIBLE SI PAGUE BIEN DURANTE MAS O MENOS 15 O 17 AÑOS EN SS 260E Y BAJE 6 AÑOS COOPERATIVA ,NO SABIA Q DANDO 145 ELLOS DABAN SOLO 80E A SS. Y ME BAJARON SI ME JUBILO ME DAN SOLO 400E¡¡¡ COMO LE DAN A PERSONAS Q NUNCA HAN DADO NADA¡¡¡ POR FAVOR DIGANME ZULLY VUELVA A PAGAR A S.S COMO ANTES ( MI HIJA ME VA AYUDAR)...¡CUANTO TIEMPO SOLO LOS 3 AÑOS XQ ME JUBILARIA 2020 O DECIR 5,6ETC MAS AÑOS¡¡¡¡¡ POR FAVOR....HACE 1 AÑO LO SUPE Y HASTA AHORA NO SE Q HACER

    • Hola Zully,

      Te recomendamos que contactes con la Seguridad Social para informarte de si existe alguna alternativa en base a todos tus datos.

  • Tebgo 53 años y he cotizado 6. Cuantos añis mas tendria q cotizar para tener derwcho a una pension minina?! Gracias!;

    • Hola Virginia,
      En el Régimen General, se exige un mínimo de 15 años de cotización. Además es necesario, según la normativa, que al menos 2 de esos años estén comprendidos en los 15 años inmediatamente anteriores a la jubilación. Te adjuntamos el link de la Seguridad Social con toda la información.

  • Hola Jesús,Según establece la Seguridad Social, la pensión es compatible con el mantenimiento de la titularidad del negocio y con el desempeño de las funciones inherentes a dicha titularidad. En este enlace encontrarás toda la información seguridad social al respecto.

  • Hola Yolanda,Para conocer el importe exacto de la pensión que percibirás al jubilarte puedes entrar en nuestro simulador. También puedes consultar la información en este post de nuestro blog donde te lo explicamos todos los factores que influyen en el cálculo de la jubilación.

  • Hola Francisco,
    Podrías tener derecho a dos pensiones siempre que cumplas los requisitos exigidos por separado para cada una, es decir, que cumplas con lo exigido en cada régimen. Si no estás en situación de alta o asimilada al alta en alguno de los dos regímenes al jubilarte, será necesario que las cotizaciones acreditadas en cada uno de ellos se superpongan, al menos, durante 15 años.

    En el supuesto de que no tengas derecho a pensión en uno de los regímenes, las bases de cotización acreditadas en este último podrán ser acumuladas a las del régimen en que sí tengas derecho a pensión, exclusivamente para determinar la base reguladora, sin que la suma de las bases pueda exceder del límite máximo de cotización vigente en cada momento.Te adjuntamos link de la Seguridad Social donde puede ver toda la información.

  • Hola Isabel,En 2022, año en el que cumplirás los 66, la fecha de jubilación ordinaria será de 66 años y 2 meses para personas que hayan cotizado menos de 37 años como es tu caso. Como máximo, puedes acogerte a la jubilación anticipada voluntaria, 2 años antes de la edad de jubilación ordinaria. Esto es a los 64 años y dos meses. En cualquier caso, para poder solicitar la jubilación anticipada voluntaria debes cumplir con los requisitos exigidos por la normativos. Entre otros, se exige un mínimo de 35 años cotizados. En este post encontrarás más información acerca de los requisitos exigidos. También debes tener en cuenta que se aplica un coeficiente reductor a la cuantía de la pensión.Te adjuntamos este otro link de la Seguridad Social donde podrás ver la edad de jubilación en función del año en que te jubiles.

  • Hola Manuel,tu caso es un poco especial y requiere de un estudio personalizado por parte de la Seguridad Social.  Te animamos a que contactes con ellos para que te asesoren.

  • Hola Eugenia,en tu caso, como el régimen de cuidadores es un régimen especial, te recomendamos que vayas a una oficina de la Seguridad Social para que estudien tu caso. Debes tener en cuenta que, en el régimen general, no habiendo cotizado más de 36 años y 3 meses como es tu caso, la edad de jubilación ordinaria, sería de 65 años y 5 meses por lo que la edad de prejubilación voluntaria mínima sería de 2 años antes (63 años y 5 meses).

  • Hola Jose Manuel,Entendemos que la Seguridad Social te ha proporcionado toda esta información. Te animamos a que consultes con esta entidad para que te aclaren tu dudas en relación a la información facilitada.

  • Hola Ricardo,en tu caso, te animamos a que contactes con la Seguridad Social para que miren tu caso concreto.

  • Hola Yomaa,   para poder tener acceso a la pensión de jubilación, el periodo mínimo de contratación es de 15 años, de los cuales, como mínimo 2, deben estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación.  Te adjuntamos link de la Seguridad Social donde puedes ver los requisitos para la jubilación. 

  • Hola Bernardo,el coeficiente reductor se aplica en función de los años cotizados y del tiempo que anticipes la jubilación. Debes acreditar como mínimos 35 años de cotización de los cuales, como mínimo 2 deben estar comprendidos entre los últimos 15 años.  Te adjuntamos link de la Seguridad Social donde puedes consultarlos.

  • Hola Esmeralda,la pensión de jubilación se calcula en función de los años cotizados y la base de cotización de esos años.  Cuanto más alta sea la base de cotización más alta será la pensión la jubilación.  En nuestro simulador puedes hacerte una idea de la pensión que le quedará a tu madre si le introduces los datos.

  • Hola Rosa,Con los datos que nos aportas, en el 2031 cuando cumplas 67 habrás cotizado 39 años (debes recordar que si has cotizado a la vez en los dos sistemas, no se cuentan por dos, sino que se solapan), por lo que podrás jubilarte, siempre y cuando cumplas el resto de requisitos. Te adjuntamos link de la Seguridad Social donde puedes ver toda la información 

  • Hola Rosa,Con los datos que nos aportas, en el 2031 cuando cumplas 67 habrás cotizado 39 años (debes recordar que si has cotizado a la vez en los dos sistemas, no se cuentan por dos, sino que se solapan), por lo que podrás jubilarte, siempre y cuando cumplas el resto de requisitos. Te adjuntamos link de la Seguridad Social donde puedes ver toda la información 

  • Hola Sofia, Te mandamos este enlace a nuestro blog en el que te informamos de los requisitos y al simulador de posible pensión de jubilación. 

  • Hola Guillermo,En tu caso, como has cotizado menos de 36 años y 6 meses, la edad ordinaria de jubilación para este año 2018, seria de 65 años y 6 meses para obtener el 100% de la pensión pública que te corresponda.  La edad máxima con la que podrías anticipar la pensión son 2 años respecto a la fecha de jubilación ordinaria, 65 años y 6 meses en tu caso, por lo que no podrías jubilarte anticipadamente hasta los 63 años y 6 meses.  En este caso, debes tener en cuenta que se aplicaría una reducción del 1,875% por cada trimestre que anticipes la jubilación.En este link de la Seguridad Social, puedes consultar el resto de requisitos para el acceso a la jubilación

Recent Posts

La teoría de la langosta: el secreto para vivir eternamente

La teoría de Phoebe Buffay en Friends es cierta: las langostas se enamoran y conviven…

3 días ago

Antiguo subsidio para mayores de 55 años en 2024

En ocasiones, la edad puede ser un obstáculo para encontrar trabajo. Para ayudar a la…

1 semana ago

Ayudas a la dependencia y cuidados en el entorno familiar

Cuidar a un familiar en una situación de dependencia, es un trabajo que requiere tiempo…

1 semana ago

Cómo son las pensiones máximas y mínimas en 2024

El sistema de pensiones en España es uno de los pilares de nuestro Estado del…

1 semana ago

Así nació la limosnera: de primera hucha a bolso viral

La necesidad de un objeto que te permita transportar consigo objetos personales, entre ellos el…

2 semanas ago

Inflación: qué es, cómo se mide y cómo nos afecta

El aumento de precios afecta a tu bolsillo y la inflación se ha convertido en…

2 semanas ago