La declaración de la renta siempre genera algunas dudas a las personas que la realizan. Seguro que siempre que te toca hacerla y ves el importe, te entra una duda sobre si «el menos» es que sales a devolver o a pagar. Por eso, hemos querido dedicar un artículo a esta cuestión tan demandada por las personas.
Además, también hablaremos sobre otros aspectos básicos a tener en cuenta y sobre algunos consejos para casos particulares de cara a obtener los mejores resultados en la declaración.
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¿Cómo saber si la declaración de la renta sale a pagar o a devolver?
Si has hecho el borrador de la declaración en más de una ocasión, seguro que te han entrado dudas sobre el importe que te aparece en la pantalla. Así, vamos a dejarte claro en una frase qué significa. Cuando el importe es negativo, la Agencia Tributaria te devuelve el importe, mientras que, si es positivo, tú tendrás que abonarlo. Así que, si ves un signo negativo, no tienes por qué alarmarte, sino todo lo contrario. Este ajuste que se realiza todos los años en el proceso permite determinar si has pagado más o menos de lo que te correspondía, en función de tu situación particular.
Cuando el importe es negativo, se te devuelve el importe, mientras que, si es positivo, tú tendrás que abonarlo.
Por ejemplo, si te han descontado un IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) mínimo durante todas las nóminas y superas un salario anual determinado, tendrás que devolver una parte de tu salario hasta llegar al tramo de IRPF que te corresponda.
Para que te puedas hacer una idea acerca de estos tramos, si imaginamos un salario de X euros al año, a los primeros 12.450 euros se les aplicaría un IRPF total del 19 % (el impuesto es mitad autonómico y mitad estatal). Los siguientes 7.750 euros tendrían un IRPF superior del 24 %, los próximos 15.000 del 30 %, 24.800 más supondrían un IRPF del 37 % y las personas que declaran más de 60.000 euros anuales a partir de esta cifra se les aplica un IRPF del 40 %. En el caso de que los contribuyentes tengan un salario considerablemente menor, bajarán las tasas de este IRPF e incluso podrían anularse.
¿Qué cuestiones hay que declarar y que pueden influir en el importe que pagas o recibes en la declaración?
Esta cuestión puede variar enormemente entre las personas, pero no cabe duda de que el principal importe a tener en cuenta es el salario. Así, las personas que son empleados no tienen que hacer nada, pues son sus empleadores los que se encargan (a través de las nóminas) de incluir todos los importes que reciben.
En el caso de los autónomos, es posible que tengan que incluir ellos mismos el dinero recibido en el año anterior. No obstante, como se van haciendo los cálculos de forma trimestral y se declaran a Hacienda, los ingresos deberían aparecer automáticamente. Eso sí, en estos casos te recomendamos que te fijes en que todo cuadra perfectamente.
Además de los ingresos, que suelen ser la mayor parte de la declaración, hay que tener en cuenta si se ha percibido algún importe por otras cuestiones. Sería el caso de inversiones, por ejemplo. Normalmente, estas también aparecen reflejadas en el apartado de Cuenta de Valores. Sin embargo, te recomendamos que te fijes en detalles por si acaso hay algún dato que no está del todo correcto.
Por otro lado, está la cuestión relativa a los alquileres o hipotecas. Los alquileres deben ser declarados tanto por propietario como por arrendatario (si este lo desea). En el caso del arrendador, puede suponer que tenga que pagar algo a Hacienda, mientras que el arrendatario se puede beneficiar en alguna parte. Del mismo modo, las personas que tienen una hipoteca de la vivienda habitual firmada antes del 1 de enero de 2013, podrán indicarlo para que se les devuelva algo de dinero en función del importe de la misma.
Por último, destacar también el caso de las ventas, ya sea de inmuebles o de vehículos. Estas han de ser declaradas para ajustar los impuestos que hay que pagar en estas transacciones. En el caso del comprador, en principio este debería indicar únicamente la compra de inmuebles y de coches nuevos o adquiridos bajo algún plan especial, pero no aquellos de segunda mano.
¿Qué otros aspectos tengo que tener en cuenta?
Como cada año, hay algunas novedades en la declaración de la renta. Fundamentalmente, tienen que ver con el umbral, las deducciones por maternidad, familia numerosa o también para el caso de los premios de lotería.
Además, otra de las cuestiones que más controversia genera en parejas y familias es si es mejor hacer la declaración en conjunto o por separado. Nosotros hemos elaborado un artículo donde te lo explicamos en detalle. Sin embargo, lo mejor es que se hagan ambos borradores, con las diferentes posibilidades y así podrás ver qué opción te sale más rentable para la pareja. Aun así, ya te adelantamos que la mejor modalidad (salvo algunas excepciones), suele ser hacerla por separado. Asimismo, las personas que quieran hacerla de forma conjunta, deberán cumplir una serie de requisitos específicos.
Además, también hemos elaborado un artículo donde explicamos cómo llevar a cabo la declaración de forma online. Este año, al igual que en el anterior, la declaración tendrá que realizarse online de forma prioritaria. Por eso, te animamos a que te informes sobre cómo hacerla a través de Internet para así ajustar las cuentas cuanto antes.
En definitiva, la declaración de la renta pone nerviosas a muchas personas. Sin embargo, no hay por qué alarmarse a la hora de hacer la declaración y para eso hemos querido hacer este artículo explicando las cuestiones más básicas.
Y es que hoy en día, con la información que tenemos en internet es muy fácil hacerla a través de la web de la Agencia Tributaria, o bien solicitando la opción de asistencia telefónica.