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«Soy ama de casa, ¿cuánto voy a cobrar de jubilación y qué requisitos hay? «

Septiembre 3, 2015 3 min 166 veces compartido

En muchas familias, la mujer decide dejar de trabajar para poder cuidar a sus hijos y, cada vez en más casos, también es el hombre quien toma esta decisión. Esta situación plantea muchas dudas ante las perspectivas de jubilación, dado que o bien no se ha cotizado el mínimo de años a la Seguridad Social o el aporte total de la vida laboral es muy bajo. En estas circunstancias, ¿tienen derecho a recibir una pensión?

En España existe un sistema para no dejar a nadie sin cubrir sus necesidades básicas durante la jubilación. Son las pensiones no contributivas, una ayuda por la que no se percibe una cuantía considerable, pero que complementada con un ahorro privado garantiza un retiro sin preocupaciones. Este 2015, la percepción mensual se sitúa en 366,90€, y la anual en los 5.136.60€.

¿Cuáles son los requisitos?

El primer requisito es tener 65 años y haber residido en territorio español durante al menos diez años.

Cumpliendo este perfil, toda persona con una renta inferior a los 5.136,60 euros al año puede acceder a la jubilación no contributiva. No obstante, si se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de esa unidad económica de convivencia sean inferiores a las siguientes cuantías, según el caso:

1. Convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado.

  • convivientes: 8.732,22 €/año
  • convivientes: 12.327,84 €/año
  • convivientes: 15.923,46 €/año
  • convivientes: 19.519,08 €/año

2. Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos:

  •  convivientes 21.830,55 €/año
  •  convivientes 30.819,60 €/año
  • convivientes 39.808,65 €/año
  • convivientes 48.797,70 €/año

¿Cambian las condiciones en caso de invalidez?

Para cobrar una pensión no contributiva por invalidez es necesario tener entre 18 y 65 años, llevar como mínimo cinco años residiendo en territorio español y que la discapacidad sea igual o superior al 65%.

Los trámites para pedir este tipo de pensión no están sujetos a ningún período fijo y pueden iniciarse en cualquier momento. Saber que contamos con esta red de seguridad puede dar tranquilidad, pero, como dijo recientemente el gobernador del Banco de España, Luis Linde, “empezar a ahorrar cuanto antes es la mejor fórmula para asegurarse una buena situación económica en el momento de la jubilación”.

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