¿Cómo acceder a la jubilación especial a los 64 años?

¿Alguna vez has pensado en cómo será tu jubilación? Es una nueva etapa en la que apetece disfrutar más de tu tiempo libre, explorar nuevos pasatiempos, pasar más tiempo en familia o simplemente relajarte después de décadas de trabajo duro. Llegar a los 64 años en buenas condiciones y con empleo es un auténtico hito en la vida de muchas personas. Pero, ¿qué pasa si te digo que a esta edad es posible acceder a una jubilación especial que te brinda beneficios adicionales?

Sigue leyendo para descubrir todo sobre la jubilación especial a los 64 años. Te contamos quiénes pueden optar a esta opción, qué requisitos debes cumplir y cómo hacerlo sin que te penalicen por ello. ¡Empezamos!

¿Qué es la jubilación especial a los 64 años?

Antes que nada, veamos con detenimiento a qué nos referimos cuando hablamos de una jubilación especial a los 64 años. Se trata de una de las posibilidades para retirarse del mundo laboral antes de la edad ordinaria de jubilación es la jubilación especial a los 64 años. Eso sí, esta modalidad está en proceso de extinción desde 2013, y los requisitos para acceder a ella son ahora muy exigentes. 

Esta modalidad es muy atractiva ya que no aplica coeficientes reductores en la pensión por adelantar la jubilación. Aunque vaya a desaparecer poco a poco, sigue vigente en ciertos casos muy específicos.

Requisitos para acceder a la jubilación especial a los 64 años

Antes de empezar, es necesario saber que se trata de una modalidad muy específica que solo contempla casos excepcionales. La jubilación especial a los 64 años entra dentro de las pensiones no contributivas, es una modalidad que rebaja la edad de jubilación mínima de los 65 a los 64 años. 

En los últimos años, tan solo alrededor de 6.000 personas han podido acceder a esta forma de retiro, y es que los requisitos son muy exigentes. Para que el trabajador cobre el 100% de la pensión y no quede penalizado debe cumplir una serie de requisitos:

  • Las personas que hubieran dejado de trabajar antes del 2013, cuando se empezó a extinguir esta modalidad pueden acceder a ella.
  • Tener 64 años y estar en alta en cualquier régimen de la Seguridad Social y acreditar un período mínimo de cotización.
  • Las personas que hayan dejado de trabajar por un ERE (Expediente de Regulación de Empleo) o por convenio colectivo o acuerdos colectivos de empresa anteriormente al 1 de abril de 2013
  • Las personas que hubieran accedido a la pensión de jubilación parcial.
  • Que exista una persona en situación de desempleo que sustituya a quien vaya a solicitar la jubilación especial a los 64 años.

Jubilación a los 64 años sin penalización

Ahora bien, para acceder a la jubilación a los 64 años sin penalización, es necesario acreditar el período mínimo de cotización exigido, que en el 2023 es de 37 años y nueve meses o más para conseguir la jubilación a la edad ordinaria.

Si reúne todos los requisitos, su pensión no sufrirá ninguna reducción. Eso sí, las personas que accedan a la jubilación anticipada voluntaria a los 64 años y no cuenten con el período mínimo de cotización, sufrirán una reducción de hasta el 21% en su prestación.

Edad para acceder a la jubilación anticipada voluntaria

Desde el año 2013, cuando se puso en marcha la reforma de las pensiones, la edad de jubilación se extiende cada año, y llegará hasta los 67 en 2027. La evolución se puede ver en esta tabla:

AñoPeriodos cotizadosEdad exigida
201335 años y 3 meses o más65 años
Menos de 35 años y 3 meses65 años y 1 mes
201435 años y 6 meses o más65 años
Menos de 35 años y 6 meses65 años y 2 meses
201535 años y 9 meses o más65 años
Menos de 35 años y 9 meses65 años y 3 mes
201636 o más años65 años
Menos de 36 años65 años y 4 meses
201736 años y 3 meses o más65 años
Menos de 36 años y 3 meses65 años y 5 meses
201836 años y 6 meses o más65 años
Menos de 36 años y 6 meses65 años y 6 meses
201936 años y 9 meses o más65 años
Menos de 36 años y 9 meses65 años y 8 meses
202037 o más años65 años
Menos de 37 años65 años y 10 meses
202137 años y 3 meses o más65 años
Menos de 37 años y 3 meses66 años
202237 años y 6 meses o más65 años
Menos de 37 años y 6 meses66 años y 2 meses
202337 años y 9 meses o más65 años
Menos de 37 años y 9 meses66 años y 4 meses
202438 o más años65 años
Menos de 38 años66 años y 6 meses
202538 años y 3 meses o más65 años
Menos de 38 años y 3 meses66 años y 8 meses
202638 años y 3 meses o más65 años
Menos de 38 años y 3 meses66 años y 10 meses
A partir de 202738 años y 6 meses o más65 años
Menos de 38 años y 6 meses67 años

Fuente: Instituto Nacional de la Seguridad Social

Para solicitar la jubilación anticipada voluntaria en 2023 debes tener dos años menos de la edad de jubilación ordinaria y mínimo 35 años cotizados y al menos dos años deben estar comprendidos dentro de los 15 años anteriores al momento de solicitar esta modalidad de jubilación. En 2023 la edad de jubilación es de 65 años para un total de 37 años y nueve meses cotizados o más; si no se llega a ese periodo de cotización, la edad de jubilación es de 66 años y cuatro meses. 

En el caso de la jubilación anticipada forzosa, debes tener mínimo 33 años cotizados y cuatro años menos que la edad de jubilación ordinaria.

Recapitulando, ¿Se puede acceder a la jubilación especial en 2023?

Planificar el futuro de cara a la jubilación es muy importante; si quieres jubilarte antes de la edad legal, ya sabes que los requisitos y las condiciones son muy exigentes para hacerlo sin penalización en la pensión. 

La jubilación especial a los 64 años es una modalidad que se está desapareciendo y muy pocas personas acceden a ella. Sin embargo, para jubilarse a los 64 años sin penalización, es necesario acreditar el período mínimo de cotización exigido, que en el 2023 es de 37 años y nueve meses o más.

Para compensar las reducciones en la pensión de jubilación pública es muy recomendable contar con algún instrumento de ahorro privado como el United Linked.

VidaCaixa

View Comments

  • Estoy en Jubilación Parcial, con un plan anterior a 2013, con lo que puedo jubilarme a los 64 años sin penalización. Mi pregunta es si el complemento por maternidad seria aplicable en mi caso.
    Gracias

    • Hola Celia. Te aconsejamos que te pongas en contacto directamente con la Seguridad Social para más detalles sobre tu caso.

  • Buenos días. A fecha 30/12/2016 tengo cotizados :27 años 7 meses y 15 días. Tengo 58 años, 29/08/1958. Mi pregunta es si podría añadir el tiempo de servicio militar, serví en filas en el año 79. Mi jubilación ordinaria seria a los 66 años y 4 meses. ¿Me podría jubilar a los 65? Muchas gracias anticipadamente.

    • Hola Emilio Pascual. En virtud de la legislación vigente, la edad para acceder a la jubilación ordinaria se va incrementando progresivamente. En 2023, año en el que cumplirás los 65 años, la edad ordinaria para jubilarse se fija en 66 años y 2 meses, y deberías tener cotizados 37 años y 9 meses como mínimo. En 2025, con 66 años y ocho meses cumplidos, podrías acceder a la jubilación ordinaria habiendo cotizado menos de 38 años y 3 meses. En relación al servicio militar, te emplazamos a contactar con la Seguridad Social.

  • Hola buenas tardes
    Podría jubilarme con 64años teniendo 23 d cotización y un contrato a tiempo parcial d 12 años en la empresa.
    Muchas gracias

    • Hola Mercedes. En el 2017, la fecha de jubilación se establece en 65 años y 5 meses para las personas que han cotizado menos de 36 años y 3 meses, este sería tu caso según nos indicas.
      En cualquier caso, te adjuntamos el link de la Seguridad Social con toda la información.

    • Hola Francisco. A fecha de hoy, la información sigue vigente. De hecho, en este enlace de la Seguridad Social podrás ver los requisitos que debes cumplir para solicitar esta opción. Te recomendamos que contactes con la Seguridad Social para confirmar los detalles.

    • Hola Juan Carlos,

      En virtud de la legislación vigente, la edad para acceder a la jubilación ordinaria se va incrementando progresivamente hasta quedar fijada en los 67 en 2027. En 2017, la edad para jubilarse está fijada en los 65 años para aquellos que hayan cotizado más de 36 años y tres meses, y en 65 años y 5 meses para quienes hayan cotizado menos. Además del periodo de cotización, debes cumplir el resto de requisitos que establece la Seguridad Social. Podrás consultar los detalles en este link.

    • Hola Julio.
      En 2017, la edad para poderte acoger a la jubilación ordinaria estará fijada en 65 años, con 36 años y 6 meses o más de cotización, o en 65 años y cinco meses, con menos de 36 años y medio cotizados. Por lo tanto, si quisieras jubilarte con 64 deberías solicitar la jubilación anticipada voluntaria. Por norma se puede solicitar dos años antes que la ordinaria, de manera que la podrías solicitar este mismo año siempre y cuando cumplas el resto de requisitos establecidos por ley. Entre ellos se exige un periodo mínimo de cotización de más de 35 años. Este sería tu caso según nos indicas. También debes acreditar que estás en situación de alta o en situación asimilada al alta. Recuerda que se aplicará un coeficiente reductor a la cuantía de tu pensión. En este post encontrarás todos los detalles.

  • Hola tengo 63 años y 32 años cotizados cuando podría jubilarme si ningún requisito gracias

    • Hola Justiniano,
      En virtud de la legislación vigente, la edad para acceder a la jubilación ordinaria se va incrementando progresivamente hasta quedar fijada en los 67 en 2027. En 2017 es posible acceder a la jubilación a los 65 siempre y cuando se acrediten 36 años y 3 meses cotizados o más. De no cumplir este mínimo, la ley plantea la posibilidad de jubilarse a los 65 años y 5 meses. Con la información que nos facilitas, podrías jubilarte en 2019 al cumplir los 65 años y 8 meses. En este post encontrarás más detalles sobre el incremento progresivo de la edad de jubilación.

  • Voy a cumplir en noviembre 64 años y tendre entonces 36 años cotizado me puedo jubilar con e cie por cien

    • Hola Juan Francisco. Por norma general, para poder jubilarte con el 100% de tu pensión debes acceder a la jubilación ordinaria y por lo tanto alcanzar la edad ordinaria y la cotización mínima exigida por la normativa vigente. En 2018, cuando cumplirás 65 años años, la edad de jubilación ordinaria se fija en los 65 para quienes hayan cotizado más de 36 años y medio y en 65 años y 6 meses para quienes hayan cotizado menos. El caso especial de la jubilación a los 64, como explica el post, requiere de un acuerdo entre trabajador y empresa por el cual se suple el año que va de los 64 a los 65 años de la persona que se quiere jubilar con un nuevo que esté inscrito como desempleado en una Oficina de Empleo, siempre y cuando el convenio de la compañía lo permita.

    • Hola Juan,
      Con los datos que nos facilitas podemos informarte de lo siguiente. La jubilación anticipada voluntaria es por norma dos años menos que la ordinaria. En virtud de la legislación vigente, la edad para acceder a la jubilación ordinaria se va incrementando progresivamente hasta quedar fijada en los 67 en 2027. Por tanto ese mismo año la jubilación anticipada voluntaria quedará establecida en los 65. El año que viene, la edad de jubilación ordinaria está fijada en los 65 para quienes hayan cotizado 36 años y medio o más. Por tanto, cumplirías este requisito. Además nos indicas que acreditas más del mínimo exigido de 35 años cotizados. Sin embargo, la Seguridad Social establece que la edad mínima puede ser rebajada o anticipada sólo para trabajadores en alta. Podrás ver los detalles en este enlace de la Seguridad Social.

    • Hola Juan Carlos,
      Según la normativa vigente, la edad de jubilación ordinaria se irá incrementando progresivamente hasta quedar fijada en los 67 en 2027. Hasta entonces, aun es posible jubilarse a los 65 siempre y cuando se cumpla un mínimo periodo de cotización que varía para cada año. En 2018, cuando cumplas los 65, podrías jubilarte si acreditas una cotización de 36 años y medio o más. Si has cotizado menos, debes esperar a los 65 años y 6 meses.
      En este post podrás leer más detalles sobre la edad de jubilación.

  • Hola Purificación,       sí podrías jubilarte con 64 años dado que has cotizado ya más de 35 años, sigues en activo y te faltaría un año para la jubilación ordinaria.  Debes tener en cuenta que te aplicarán un coeficiente reductor del 1,75% por cada trimestre que anticipes la edad de jubilación. Te adjuntamos link de la Seguridad Social donde puedes consultar los requisitos.

  • Hola Jesús,   en tu caso, dado que existe una cantidad pagada por el fogasa, te animamos a que contactes con una oficina de la Seguridad Social para que estudien tu caso en concreto.

  • Hola Emilio,    este año 2018, la edad ordinaria de jubilación ordinaria para personas con menos de 36 años y 6 mese cotizados como es tu caso, es de 65 años y 6 meses.  Te adjuntamos link de la Seguridad Social donde puedes consultar todos los requisitos para el acceso a la jubilación voluntaria.

  • Hola Isabel,    este año 2018, la edad de jubilación para personas que han cotizado menos de 36 años y 6 meses como es tu caso, es de 65 años y 6 meses.  En este otro post, encontrarás más información sobre la edad de jubilación: Te adjuntamos también link de la Seguridad Social donde puedes consultar los requisitos para la jubilación. 

  • Hola Pilar, Según la normativa vigente, para este 2018 podrás acceder a la jubilación a los 65 y 6 meses, ya que has cotizado menos de 36 años y 6 meses.

  • Hola Francisco,en 2022, año en que cumplirás los 65 años, la edad de jubilación para personas con más de 37 años y 6 meses cotizados como es tu caso, será de 65 años.  A los 63 años podrías acceder a la jubilación anticipada por voluntaria del trabajador pero debes tener en cuenta que te aplicarán un coeficiente reductor del  1,75% (para personas con más de 41 años y 6 meses), por cada trimestre que anticipes la jubilación. Te adjuntamos link de la Seguridad Social donde pueden consultar los requisitos de acceso a este tipo de jubilación

  • Hola Teresa,Si te refieres a si podrías tener acceso a la jubilación a los 64 años, dependerá de los años que hayas cotizado.  En este link puedes encontrar los requisitos para el acceso a la jubilación anticipada voluntaria.  En caso de que precises información legal sobre temas laborales, te animamos a que te pongas en contacto con un servicio de asistencia legal o con un abogado.

  • Hola Virgilio,si puedes sumar los periodos cotizados en el régimen de autónomos en el caso de no tener acceso a la jubilación por este régimen. En este post encontrarás más información al respecto. 

  • Hola Antonio,como has cotizado más de 36 años y 6 meses, tu edad ordinaria de jubilación serían 65 años.   Para poderte jubilar anticipadamente, la ley establece que debes tener como máximo 2 años menos de la edad ordinaria por lo que sí podrías acceder a la jubilación anticipada.   Debes tener en cuenta que, en ese caso, te aplicarán una reducción del 1,750% por cada trimestre que anticipes la fecha de jubilación.  Te adjuntamos link de la Seguridad Social donde puedes consultar toda la información sobre el acceso a este tipo de jubilación

  • Hola Antonio,como has cotizado más de 36 años y 6 meses, tu edad ordinaria de jubilación serían 65 años.   Para poderte jubilar anticipadamente, la ley establece que debes tener como máximo 2 años menos de la edad ordinaria por lo que sí podrías acceder a la jubilación anticipada.   Debes tener en cuenta que, en ese caso, te aplicarán una reducción del 1,750% por cada trimestre que anticipes la fecha de jubilación.  Te adjuntamos link de la Seguridad Social donde puedes consultar toda la información sobre el acceso a este tipo de jubilación

  • Hola Jesús,
    como has cotizado más de 36 años y 6 meses,  y tienes más de 61 años y 6 meses, siempre y cuando cumplas con el resto de requisitos establecidos en la Ley, podrías acceder.  Te adjuntamos link de la Seguridad Social donde puedes consultar toda la información.

  • Hola Joan, En tu caso, te emplazamos a contactar con la Seguridad Social para que puedan hacerte un estudio detallado de tu situación con más detalles sobre tu caso. En este link podrás pedir cita.

  • Hola María Rosa, Te pasamos la información disponible en la web de la Seguridad Social en este link en la que se detallan todos los requisitos. A parte, te recomendamos conciertes visita con ellos para que valores este acceso con la información de tu vida laboral, ya que al no haber cotizado 29 años, no cobrarías el 100% de la pensión. 

  • Hola Marcelis,en este post podrás consultar más detalles de este tipo de jubilación.En tu caso, te animamos a que consultes con la Seguridad Social para que te asesoren más en detalle sobre su situación en particular. 

  • Hola Juan, el factor de sostenibilidad ha sido retrasado hasta un máximo de 4 años y aun no se ha publicado la fecha en la que entrará en vigor,  se aplicarán las condiciones que hayan en el momento del cálculo de la pensión.Te dejamos este post en el que puedes ampliar la información sobre el factor de sostenibilidad.  

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