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Mujer jubilada sonriente en oficina con café, representando trabajo en la jubilación.
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¿Se puede trabajar estando jubilado?

Junio 16, 2026 8 min

En España, es posible seguir trabajando tras la jubilación y cobrar la pensión al mismo tiempo, siempre que se cumplan los requisitos y se elija la modalidad correcta: jubilación parcial, flexible o activa. Eso sí, es obligatorio comunicarlo a la Seguridad Social.

Muchas personas deciden mantenerse activas tras la jubilación, ya sea por necesidades económicas o simplemente por motivación. La idea de trabajar estando jubilado y cobrar la pensión al mismo tiempo puede parecer complicada, pero la realidad es que existen varias opciones para hacerlo de forma legal.

Dependiendo de la modalidad de jubilación que elijas, debes cumplir distintos requisitos y condiciones, tanto en salario como en horas. Estas opciones permiten que los pensionistas continúen generando ingresos sin renunciar a su pensión, adaptándose a sus necesidades y ritmo de vida.

Además, es importante conocer los aspectos legales y fiscales, así como las posibles sanciones por no comunicar a la Seguridad Social que se mantiene una actividad. Con la información adecuada, cualquier jubilado puede planificar cómo trabajar.

Trabajo y pensión, ¿cómo compaginarlos?

Sí, es posible trabajar estando jubilado, ya sea en el mismo empleo o retomando otra actividad tras iniciar el retiro laboral. Las formas de compatibilizar la pensión de jubilación con un empleo son: jubilación parcial, jubilación flexible y jubilación activa.

Jubilación parcial

La jubilación parcial permite a los trabajadores continuar en activo antes de solicitar la jubilación completa, pero a tiempo parcial. Durante este periodo, perciben una pensión reducida y el salario íntegro correspondiente al tiempo trabajado. 

A efectos legales, se les continúa considerando trabajadores en activo – y no jubilados – hasta que solicitan la jubilación total, lo que convierte esta modalidad en un instrumento para incentivar el retraso de la edad de retiro.

Actualmente, solo pueden optar a la jubilación parcial los trabajadores por cuenta ajena. En el futuro, también podría aplicarse a trabajadores por cuenta propia incluidos en los Regímenes Especiales de Trabajadores del Mar y de Trabajadores Autónomos, según los términos y condiciones que se establezcan reglamentariamente; sin embargo, todavía no existe un reglamento que regule cómo los autónomos pueden acceder a esta modalidad.

Desde la última reforma, la jubilación parcial permite retirarse hasta tres años antes de la edad legal, frente a los dos años anteriores. Esta modalidad incluye adaptaciones en la reducción de la jornada y posibilita acceder a la jubilación parcial a los 62 años, mediante un contrato de relevo.

Del mismo modo, la jornada laboral puede reducirse entre un 20% y un 33%, con opción de concentrarla si así se acuerda con la empresa. Además, las condiciones del trabajador relevista se han mejorado: debe tener un contrato a tiempo completo y en un puesto no amortizable.

Jubilación flexible

La jubilación flexible está dirigida a personas que ya se han jubilado y desean volver a trabajar. En este caso, se retorna al mercado laboral y se debe trabajar entre un 50% y un 75% de la jornada completa, percibiendo una pensión reducida y el salario íntegro correspondiente a las horas trabajadas.

Pueden acogerse a esta modalidad trabajadores de todos los regímenes de la Seguridad Social, con excepción de los funcionarios civiles del Estado, el personal de las Fuerzas Armadas, los empleados de la Administración de Justicia y los trabajadores autónomos.

Jubilación activa

La jubilación activa se aplica a partir de la edad legal de jubilación, que en 2026 es de 66 años y 10 meses para quienes hayan cotizado menos de 38 años y 3 meses, y de 65 años para quienes superen ese periodo de cotización. Esta modalidad permite compatibilizar la pensión con un trabajo a tiempo completo o parcial, tanto para trabajadores por cuenta ajena como para autónomos.

Para acceder a la jubilación activa es necesario tener derecho a la pensión máxima. Esta modalidad permite combinar un trabajo sin límite de jornada con el cobro del 50% de la pensión de jubilación. 

No obstante, en el caso de los autónomos que trabajen por cuenta propia y acrediten tener contratado al menos a un empleado por cuenta ajena, la pensión compatible puede alcanzar el 100%, según lo establece la nueva Ley de Autónomos. Asimismo, esta Ley también contempla un esquema más flexible de la jubilación activa, que permite compatibilizar la pensión contributiva con el trabajo una vez alcanzada la edad ordinaria de jubilación. De este modo, el porcentaje de pensión compatible aumenta con cada año de retraso en la jubilación y, además, puede combinarse con el incentivo por demora.

¿Puede un jubilado trabajar sin cobrar?

Muchas personas jubiladas desean mantenerse en activo después de la jubilación, más allá de compatibilizar pensión y salario. Existen otras opciones para seguir trabajando sin percibir ingresos mientras se cobra la pensión de jubilación.

Mentoring para emprendedores

La experiencia acumulada a lo largo de la vida laboral es uno de los grandes tesoros de las personas jubiladas, y puede ser muy buena guía para muchos emprendedores. 

Para ello, existen diversas asociaciones que facilitan este intercambio, conectando a profesionales retirados que aportan experiencia con nuevos empresarios que inician su carrera. Entre ellas destaca SECOT (Seniors Españoles para la Cooperación Técnica), una organización que canaliza la experiencia de los jubilados para orientar y acompañar a emprendedores en los inicios de su negocio.

Voluntariado social

Otra forma de mantenerse activo tras la jubilación es colaborar como voluntario en asociaciones y ONGs. La Unión Democrática de Pensionistas y Jubilados de España (UDP) coordina este tipo de actividades sin ánimo de lucro. Además de la satisfacción de ayudar a los demás de manera desinteresada, permite establecer relaciones con personas que comparten intereses similares.

¿Existen sanciones por trabajar estando jubilado?

Si un jubilado desea continuar trabajando, debe notificar obligatoriamente a la Administración. En caso de no hacerlo, puede enfrentarse a sanciones o incluso a embargos sobre la pensión de jubilación. 

La multa puede alcanzar los 10.000 euros o entre tres y seis meses de prestación, además de la obligación de devolver el dinero cobrado de forma indebida.

Otras dudas sobre trabajar después de la jubilación

Ante la pregunta de si puede un jubilado trabajar sin cobrar, la respuesta es no. Si se combina la pensión con un trabajo, aunque sea de manera voluntaria, y no se comunica a la Administración, se pueden aplicar sanciones por trabajar estando jubilado.

¿Un jubilado puede trabajar sus tierras?

Sí, un jubilado – como trabajo esporádico – puede trabajar sus tierras. La ley permite compatibilizar la pensión con labores agrarias de carácter esporádico u ocasional. Eso sí, los ingresos anuales no deben superar el salario mínimo interprofesional (SMI), que en 2026 se sitúa en 17.094 euros brutos anuales, divididos en 14 pagas de 1.221 euros.

¿Un funcionario jubilado puede trabajar?

Un empleado público jubilado que desee reincorporarse a la función pública debe suspender temporalmente su pensión durante el periodo de trabajo, pudiendo recuperarla una vez finalice su actividad. 

Por otro lado, los empleados públicos jubilados pertenecientes a Clases Pasivas sí pueden compatibilizar su pensión con un empleo en el sector privado.

¿Un jubilado puede tener trabajo esporádico?

Sí, un jubilado puede tener trabajo esporádico sin que se suspenda su pensión, siempre que se cumplan ciertos requisitos:

  • Los trabajos deben ser por cuenta propia.
  • Los ingresos no pueden superar el salario mínimo interprofesional (SMI).
  • Como cualquier trabajador, debe cumplir con sus obligaciones fiscales ante Hacienda.

¿Qué sucede si soy propietario de un negocio?

El propietario de un negocio puede compatibilizar el cobro de la pensión con la titularidad del mismo, siempre que no participe en la gestión, administración o dirección ordinaria de la empresa. En su lugar, puede operar a través de intermediarios, ya que la titularidad de un negocio no se considera una actividad profesional directa.

Recapitulando, compatibilizar salario y pensión de jubilación

En resumen, en España un jubilado puede trabajar estando jubilado. Existen diferentes modalidades que permiten combinar la pensión de jubilación, ya sea parcial o reducida, con el salario que se percibe por el trabajo realizado, así como realizar actividades no remuneradas de manera voluntaria para quienes deseen mantenerse activos una vez se han retirado.

Eso sí, es obligatorio notificar a la Seguridad Social cualquier actividad laboral; de lo contrario, el jubilado puede enfrentarse a sanciones o a retenciones en su pensión.

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