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¿Quiénes son los herederos legales de un seguro de vida?

Julio 7, 2023 6 min 15 veces compartido

En algunas circunstancias de la vida nos podemos ver ante una situación que no imaginábamos, como por ejemplo ser los beneficiarios de un seguro que no habíamos contratado nosotros. Quizá la persona contratante del seguro no quería que se supiera, o quizá se le olvidó, puede haber mil motivos por los que no sepas que eres beneficiario de un seguro de vida.  Esto se debe a que existen muchos tipos de seguros de vida y cada persona puede indicar unas condiciones en  sus contratos, por lo que ser beneficiario de un seguro de vida sin tener conocimiento de ello, no es tan extraño como parece.

Un seguro de vida es una herramienta de protección económica para aquellas personas elegidas por la persona que contrata la póliza. El tomador del seguro firma un contrato y paga cierta cantidad de dinero (primas), para que, en el caso de que el contratante fallezca, los beneficiarios reciban una indemnización económica. 

Las condiciones del contrato las negocia el tomador del seguro junto a la compañía aseguradora, es decir, se decide el pago de las primas, la designación que se recibirá, quiénes son los beneficiarios y cómo se realizará el pago.

Al ser una cosa tan personal, se podría pensar que los beneficiarios serán siempre el cónyuge, hijos o familiares. Sin embargo, no tiene por qué, los beneficiarios pueden ser terceras personas escogidas por el tomador del seguro, no necesariamente los herederos. 

Los términos ‘beneficiarios’ y ‘herederos’ en este contexto pueden resultar muy similares y llevar a confusión. A continuación os explicaremos las diferencias entre ambos y aclararemos la gran pregunta: ¿quiénes son los herederos legales de un seguro de vida? ¡Vamos allá!

Distinción entre heredero y beneficiario de la póliza de vida

A la hora de tomar un seguro de vida, estos dos conceptos pueden generarnos algo de desconcierto, dado que son muy similares entre ellos y, muchas veces son incluso la misma persona. 

El beneficiario

Se entiende como beneficiario a la persona física designada por el tomador del seguro para recibir la indemnización correspondiente. En los documentos de la póliza se hará constar quiénes son los beneficiarios escogidos, la cuantía a recibir y la forma de cobro del seguro de vida por los herederos. 

No tiene por qué existir un grado de familiaridad entre el asegurado y el beneficiario, la decisión se toma según lo que considere el tomador, y el vínculo familiar no tiene ningún efecto ante la compañía de seguros, a no ser que así lo estipulen en el contrato.

Herederos 

El concepto de heredero es mucho más conocido que el de beneficiario. Un heredero es la persona que recibe la herencia. Además, se hará cargo tanto de los bienes como de los derechos y de las obligaciones del fallecido. Según el Código Civil, en España existen diferentes categorías de herederos: herederos voluntarios y herederos forzosos. 

  • Se considera herederos forzosos a las personas a las que la ley concede el derecho a heredar una parte de los bienes. También se conoce como herederos legitimarios. 
  • Los herederos voluntarios son las personas designadas por el fallecido, diferentes a los herederos forzosos. En el caso de no existir herederos forzosos, los voluntarios pueden obtener la totalidad de la herencia del seguro de vida.

Antes que nada hay que destacar que los seguros de vida no se heredan dentro del testamento. Como hemos visto anteriormente, en muchas ocasiones pueden coincidir los beneficiarios del seguro con los herederos, pero no siempre es así. 

Dado que el dinero de la indemnización aún no ha sido cobrado, no forma parte de la herencia. La diferencia principal entre los beneficiarios y los herederos es que los primeros tienen derecho a indemnización de manera contractual, mientras que los herederos es por derechos de sucesión. 

Quién son los herederos legales del seguro de vida

Los “herederos” (beneficiarios) de un seguro de vida puede ser cualquier persona, independientemente del parentesco con el fallecido, que hayan sido designados por el tomador del seguro. Es decir, existen beneficiarios de un seguro de vida no herederos. Pero también pueden ser herederos si así lo había decidido el fallecido. 

Si el asegurado ha fallecido sin haber indicado quién es el beneficiario, el seguro de vida  aplicará la Ley de Sucesiones y Donaciones. Esto significa que se hará el reparto de la indemnización entre los familiares directos del asegurado que están en el testamento, de manera equitativa entre todos los herederos. De esta manera, existen diferentes tipos de niveles en cuanto a los herederos legales del seguro de vida, según el Boletín de Adhesión del seguro: 

  • En primer lugar, el beneficiario sería el cónyuge supérstite, es decir, la persona que ha quedado viuda. En el caso de no haber, los beneficiarios del seguro de vida serían los familiares en primer grado de consanguinidad, es decir, los hijos sobrevivientes del asegurado. La indemnización se repartirá en partes iguales. 
  • Si se da la situación de que no hay ni cónyuge ni hijos, los beneficiarios pasarían a ser los padres de la persona asegurada. Si tampoco estuvieran vivos los padres, los hermanos y sobrinos pueden ser considerados herederos legales.

A tener en cuenta

Hay ciertos aspectos a tener en cuenta si deseamos llevar a cabo el cobro de un seguro de vida, sean herederos o no:

  • Existe un plazo para reclamar la indemnización del seguro de vida, que es de cinco años desde la fecha de comunicación del fallecimiento.
  • Si un beneficiario renuncia a su parte de la indemnización, su porcentaje correspondiente se dividirá entre el resto de beneficiarios. 

Conclusión

En España, los herederos legales de un seguro de vida son aquellas personas que pueden cobrar la indemnización en el caso de que no se estipule en los beneficiarios en el contrato. Sin embargo, la designación de los beneficiarios en la póliza del seguro tiene prioridad sobre los herederos legales establecidos por ley. Por lo tanto, es fundamental para los asegurados especificar claramente a quiénes desean que se les pague la indemnización del seguro en caso de fallecimiento.

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