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Puede que en algún momento de la vida nos encontremos con que somos beneficiarios de un seguro de vida que no habíamos contratado personalmente. Esto suele ocurrir tras el fallecimiento de un familiar que había adquirido una póliza de seguro. Existen diversos tipos de seguros de vida, y cada persona puede establecer condiciones específicas en sus contratos, lo que significa que ser beneficiario de un seguro de vida sin previo conocimiento no es tan raro como parece.
Un seguro de vida es una herramienta de protección económica que el tomador contrata para que, en caso de fallecimiento, los beneficiarios reciban una indemnización. Aunque comúnmente se piensa que los beneficiarios son el cónyuge o los hijos, realmente puede ser cualquier persona designada por el tomador del seguro, independientemente de su parentesco.
En este artículo, exploramos quiénes son los herederos legales de un seguro de vida, y aclararemos las diferencias entre beneficiarios y herederos, para entender mejor cómo se asignan estos derechos en el contexto de un seguro de vida.
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Seguros de vida y herencias: dos conceptos distintos
Un seguro de vida es una herramienta de previsión y protección económica para aquellas personas elegidas por la persona que contrata la póliza. Para ello, el tomador contrata una póliza y paga unas primas periódicas, de forma que el día de su defunción, la aseguradora abona una indemnización económica a sus beneficiarios. Las condiciones del contrato las negocia el tomador del seguro junto a la compañía aseguradora. En este contrato se decide el pago de las primas, la designación que se recibirá, quiénes son los beneficiarios y cómo se realizará el pago.
Aunque a menudo se relaciona con la herencia, el capital de un seguro de vida no forma parte del patrimonio hereditario. Esto significa que no se reparte junto al resto de bienes del fallecido ni se incluye en el testamento, salvo en casos muy concretos. La clave está en una figura fundamental: los beneficiarios del seguro de vida.
Al tratarse de algo tan personal, se podría pensar que los beneficiarios serán siempre el cónyuge, hijos o familiares. Sin embargo, no tiene por qué: los beneficiarios pueden ser terceras personas escogidas por el tomador del seguro, no necesariamente los herederos.
Los términos “beneficiarios” y “herederos” en este contexto pueden resultar muy similares y llevar a confusión. Veamos las diferencias entre ambos y aclararemos la gran pregunta: ¿quiénes son los herederos legales de un seguro de vida?
Diferencias entre heredero y beneficiario de la póliza de vida
A la hora de recibir el capital de un seguro de vida puede que estos dos conceptos nos generen algunas dudas. Esto se debe a que existen situaciones en las que son la misma persona, aunque no necesariamente. Lo vemos con más detalle:
Beneficiarios de un seguro de vida: quién cobra realmente la indemnización
Se entiende como beneficiario a la persona física designada por el tomador del seguro para recibir la indemnización correspondiente. En los documentos de la póliza se hará constar quiénes son los beneficiarios escogidos, la cuantía a recibir y la forma de cobro del seguro de vida por los herederos.
No tiene por qué existir un grado de familiaridad entre el asegurado y el beneficiario, la decisión se toma según lo que considere el tomador, y el vínculo familiar no tiene ningún efecto ante la compañía de seguros, a no ser que así se estipule en el contrato. Es por eso que el beneficiario de un seguro de vida no es necesariamente el heredero del tomador de la póliza.
El seguro de vida no se heredan dentro del testamento. Se trata de un derecho contractual para el beneficiario designado por quien contrata la póliza y tiene prioridad absoluta frente a herederos legales y testamentos.
Herederos legales: cuándo entran en juego
El concepto de heredero es mucho más conocido que el de beneficiario. Un heredero es la persona que recibe la herencia. Además, se hará cargo tanto de los bienes como de los derechos y de las obligaciones del fallecido. Según el Código Civil, en España existen diferentes categorías de herederos: herederos voluntarios y herederos forzosos o legitimarios.
- Se consideran herederos forzosos o legitimarios a las personas a las que la ley concede el derecho de heredar una parte de los bienes: hijos y descendientes, padres y ascendientes y cónyuges vivos.
- Los herederos voluntarios son las personas designadas por el fallecido, diferentes a los herederos forzosos. En el caso de no existir herederos forzosos, los voluntarios pueden obtener la totalidad de la herencia del seguro de vida.
La diferencia principal entre los beneficiarios y los herederos es que los primeros tienen derecho a indemnización de manera contractual, mientras que los herederos es por derechos de sucesión.
Quiénes son los herederos legales del seguro de vida
En un seguro de vida, la persona que tiene derecho a cobrar la indemnización es el beneficiario designado en la póliza. Este beneficiario puede ser cualquier persona elegida por el tomador del seguro, con independencia de su parentesco con el fallecido. Por ello, es habitual que existan beneficiarios de un seguro de vida que no son herederos legales.
Los beneficiarios del seguro de vida tienen un derecho propio y directo frente a la aseguradora, que no depende del testamento ni del reparto de la herencia. De hecho, el capital del seguro de vida no forma parte de la herencia y se abona directamente a las personas designadas en el contrato.
Solo cuando no existe beneficiario designado, o cuando la designación es genérica (por ejemplo, “mis herederos”), el capital del seguro de vida se integra en la herencia. En ese caso, se reparte entre los herederos legales conforme al orden sucesorio establecido por la ley o por el testamento, según corresponda.
En estos supuestos, el reparto se realizará siguiendo las normas del derecho sucesorio, teniendo en cuenta la existencia de cónyuge, hijos o descendientes, padres o ascendientes u otros familiares, de acuerdo con lo previsto en el Código Civil o en la normativa autonómica aplicable.
Cobro del seguro de vida por parte de los herederos
Hay ciertos aspectos a tener en cuenta si deseamos llevar a cabo el cobro de un seguro de vida, sean herederos o no:
- Existe un plazo para reclamar la indemnización del seguro de vida, que es de cinco años desde el día siguiente al fallecimiento.
- Si un beneficiario renuncia a su parte de la indemnización, su porcentaje correspondiente se dividirá entre el resto de beneficiarios.
Conclusión: seguro de vida y herencia, ¿quién hereda el seguro de vida?
Un seguro de vida no forma parte de la herencia, por lo tanto no se hereda junto al resto de los bienes del patrimonio del fallecido. En España, los herederos legales de un seguro de vida son aquellas personas que pueden cobrar la indemnización en el caso de que no se estipule en los beneficiarios en el contrato.
Sin embargo, la designación de los beneficiarios en la póliza del seguro tiene prioridad sobre los herederos legales establecidos por ley. Por lo tanto, es fundamental para los asegurados especificar claramente a quiénes desean que se les pague la indemnización del seguro en caso de fallecimiento.