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Hombre en silla de ruedas revisa información sobre pensiones no contributivas en España.
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Pensiones no contributivas por discapacidad o invalidez en España

Julio 10, 2026 9 min

Las pensiones no contributivas por incapacidad son prestaciones económicas destinadas a personas con discapacidad igual o superior al 65% que no han cotizado lo suficiente para acceder a una pensión contributiva. Conocer los requisitos de acceso, los límites de ingresos y las compatibilidades laborales es clave para saber si se tiene derecho a esta prestación y en qué cuantía.

En España existen más de 4,38 millones de personas en situación de discapacidad, de las cuales la gran mayoría se encuentran en el grupo de edad a partir de los 45 años. Según el Instituto Nacional de Estadística (INE) el grupo con más personas con discapacidad es el que está entre los 55 y los 64 años. Pero ¿cuántos de ellos pueden cobrar una prestación económica por su condición? A continuación explicamos los requisitos necesarios para solicitar la pensión no contributiva por incapacidad y a qué servicios se tiene derechos.

Qué son las pensiones no contributivas

Para poder entender cómo funcionan las pensiones no contributivas (PNC) por discapacidad, hay que empezar por el principio y saber distinguir entre las pensiones contributivas y las no contributivas. Las pensiones no contributivas son prestaciones económicas destinadas a personas sin recursos suficientes para subsistir, incluso cuando no han cotizado nunca a la Seguridad Social o no han cotizado el tiempo suficiente para poder solicitar las prestaciones contributivas. En España existen dos tipos de pensiones no contributivas: las de invalidez o las de jubilación. 

Por su parte, las pensiones contributivas son aquellas que perciben los trabajadores por parte de la Seguridad Social y sustituyen a los salarios que recibían previamente a la jubilación, estas pensiones han sido financiadas gracias a los impuestos que han pagado las personas durante sus años de trabajo. 

Aunque ambos tipos de subsidios dependen del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), las no contributivas están atribuidas a los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma y a las Direcciones provinciales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) en las ciudades de Ceuta y Melilla.

Cuánto suben las pensiones no contributivas en 2026

El importe anual de las pensiones no contributivas se define cada año a través de los Presupuestos Generales del Estado. Con el objetivo de acercar estas prestaciones al umbral de la pobreza y garantizar un nivel de vida digno, el Consejo de Ministros ha aprobado una subida del 11,4% para 2026, basada en el IPC interanual.

Tras este incremento, la cuantía máxima general para las pensiones no contributivas (tanto de jubilación como de invalidez) queda fijada en 8.803,20 euros anuales (lo que equivale a 628,80 euros al mes en 14 pagas).

¿Cómo se calcula lo que cobra cada persona?

Aunque el importe máximo es el mismo para todos, la cantidad final que recibe cada pensionista es individual y varía en función de su situación familiar. Para calcularla, la Seguridad Social tiene en cuenta:

  • Los ingresos personales del solicitante.
  • El número de personas que conviven en el mismo hogar y que también reciban una pensión no contributiva.

A mayor número de beneficiarios viviendo juntos, el importe individual se ajusta de forma proporcional sobre la base de esos 8.803,20 euros.

Cuánto es la pensión no contributiva por incapacidad

Al igual que las pensiones de jubilación, esta retribución también ha aumentado este año hasta los 8.803,20 euros anuales repartido en 14 pagas (una por cada mes más dos extraordinarias). La cantidad mensual es de 628,8 euros. 

Si la persona que solicita la pensión tiene un grado de discapacidad igual o superior al 75% y demuestra la necesidad de tener a una persona para que le ayude en su día a día a llevar a cabo las necesidades básicas, percibirá el máximo subsidio posible. En este caso, la pensión por incapacidad no contributiva se incrementa con el importe del complemento por necesidad de otra persona (4.401,60 €)

Estas son las cuantías de la pensión no contributiva por incapacidad en 2026:

CuantíasAnualMensual
Íntegra8.803,20628,80
Mínimo del 25%2.200,80157,20
Complemento por necesitar a otra persona4.401,60 314,40
Íntegra incrementada con complemento por necesitar a otra persona13.204,80 943,20

Requisitos para obtener la pensión no contributiva por incapacidad

Los ciudadanos españoles o de otras nacionalidades con residencia legal en España que puedan optar a la pensión no contributiva de invalidez, deberán cumplir los siguientes requisitos específicos: 

  • Tener 18 o más años y menos de 65 años en la fecha de la solicitud
  • Residir legalmente en España y haberlo hecho al menos durante cinco años, dos de ellos consecutivos o inmediatos a la fecha en la que se pide el subsidio
  • Tener un grado de discapacidad o enfermedad crónica igual o superior al 65%
  • No tener rentas o ingresos suficientes

La Seguridad Social da por sentado que cumples con el 65% de discapacidad sin necesidad de pasar por el tribunal médico si ya tienes reconocida:

  • Una incapacidad permanente absoluta.
  • Una antigua pensión asistencial por enfermedad (anterior a la entrada en vigor del Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo)
  • Una resolución judicial que te asigne un curador con representación plena. 
  • Si ya cobras una pensión por Gran Incapacidad al necesitar ayuda de otra persona para las tareas más básicas del día a día, eleva tu discapacidad reconocida al 75% y te da derecho directo a un dinero extra mensual para cubrir esos cuidados.

“Para acceder a la pensión no contributiva por incapacidad en 2026 hay que tener entre 18 y 65 años, residir legalmente en España durante al menos cinco años, dos de ellos consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud, acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 65% y no superar los límites de ingresos establecidos, que varían según la situación familiar y el número de convivientes.”

Carencia de rentas o ingresos

Para cobrar una pensión no contributiva por incapacidad debes demostrar que tus ingresos anuales se sitúan por debajo de unos límites económicos concretos. Estos topes varían según si el solicitante vive solo o acompañado:

1. Límite si vives solo (ingresos individuales)

Si realizas la solicitud de manera individual y no convives con familiares, tus ingresos personales anuales deben ser inferiores a 8.803,20 €.

2. Límite si convives con familiares (unidad económica de convivencia)

Si vives con tu cónyuge o parientes de hasta segundo grado (padres, abuelos, hijos, nietos o hermanos), la suma de los ingresos de todos los miembros de la casa no puede superar un tope conjunto. Este tope se endurece o flexibiliza según la cercanía del parentesco y tus necesidades médicas:

  • Convivencia familiar hasta 2º grado: El límite conjunto arranca en 14.965,44 € anuales para 2 convivientes y va subiendo de forma progresiva por cada miembro extra en el hogar.
  • Convivencia entre solicitante y descendientes o ascendientes en primer grado (padres o hijos): Si en la casa viven tus padres o tus hijos, la ley es mucho más generosa y multiplica el límite por 2,5. El tope permitido para 2 personas asciende radicalmente a 37.413,60 € anuales.
  • Complemento de tercera persona: Si necesitas ayuda para los actos esenciales de la vida diaria, las cuantías de partida de la pensión son mayores (13.204,80 € anuales). Por lo tanto, los límites de ingresos permitidos para la familia también aumentan sustancialmente: el límite básico para 2 convivientes pasa a ser de 22.448,16 € y, si son padres o hijos directos, se eleva hasta los 56.120,40 € anuales.

Compatibilidad con la pensión no contributiva de jubilación

Como se explica al inicio, existe otro tipo de pensión no contributiva: la de jubilación. Este tipo de subsidio es la prestación que reciben las personas mayores de 65 años que están en situación de necesidad y no han cotizado lo suficiente como para recibir una pensión contributiva. Estas pensiones no se rigen por la cotización durante la vida laboral, sino que tiene en cuenta la situación económica y social de la persona que lo solicita. 

Los requisitos para pedir este subsidio son prácticamente iguales a los de la pensión no contributiva de invalidez: ser ciudadano español o residir legalmente en el país durante al menos 10 años, entre los 16 años y la fecha de devengo de la pensión, de los cuales dos años tienen que ser consecutivos y anteriores a las solicitud de la pensión; y el principal requisito: ser mayor de 65 años.

Teniendo en cuenta que la de invalidez se puede solicitar hasta los 65 años y la otra a partir de los 65, podemos deducir que la pensión no contributiva de invalidez es incompatible con la de jubilación. Solo se puede ingresar una u otra. Tampoco es compatible con la pensión de viudedad.

Compatibilidad entre pensión por incapacidad no contributiva e iniciar una actividad laboral 

Puedes trabajar y mantener la pensión durante un máximo de 4 años, siempre que la suma de tu sueldo anual y tu pensión no supere los 16.003,20 € al año. Esta cifra es el resultado de sumar el IPREM de 2026 (7.200,00 euros) y la propia pensión de incapacidad no contributiva, que es de 8.803,20.

Si al sumar tu sueldo y tu pensión te pasas de esos 16.003,20 €, se suspenderá el derecho a la pensión no contributiva. También dejarás de cobrar la pensión si tu sueldo por sí solo ya es igual o mayor a 16.003,20 €, si el recorte de la pensión la deja a cero, o si superas los 4 años máximos trabajando.

Por último, si dejas de trabajar o finaliza tu contrato, vuelves a recuperar el importe íntegro de tu pensión de forma automática, y ese dinero que ganaste trabajando ya no te contará de manera negativa para los ingresos de la Seguridad Social.

Recapitulando, la pensión no contributiva por invalidez en 2026

Las pensiones no contributivas por invalidez se consolidan en 2026 como una red de seguridad esencial para garantizar un nivel de vida digno a las personas con discapacidad en situación de vulnerabilidad económica, especialmente en franjas de edad avanzadas donde se concentra la mayor parte de este colectivo. La notable subida del 11,4% fija la cuantía en 8.803,20 euros anuales (628,80 euros al mes) y eleva sustancialmente los ingresos de quienes, por invalidez o gran discapacidad, necesitan la ayuda de terceros para su día a día.

Aunque el acceso a esta ayuda está estrictamente regulado por baremos de edad, residencia legal, grado de discapacidad y límites de rentas familiares, el sistema ofrece importantes facilidades de tramitación si ya existen resoluciones judiciales o de incapacidad previas.

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