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Cambios en los planes de pensiones en 2022

enero 3, 2022 4 min 20 veces compartido

Los Presupuestos Generales del Estado de 2022 traen nuevas modificaciones para los planes de pensiones. Como ya ocurriera en la anterior reforma, los cambios normativos persiguen potenciar el peso de los planes de pensiones de empleo por encima de los planes de pensiones individuales, a los que se imponen nuevas limitaciones.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado incluye la reducción en 500 euros de la aportación máxima con derecho a deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de los planes de pensiones individuales, de tal forma que el límite baja desde los 2.000 a los 1.500 euros. Esta rebaja en el tope máximo abunda en las medidas adoptadas en 2020, cuando el límite se recortó drásticamente desde 8.000 a 1500 euros. De esta forma, los planes individuales ven cómo una de sus grandes bazas comerciales, una fiscalidad ventajosa, va perdiendo atractivo para los ahorradores.

En cambio, el límite máximo de aportación desgravable en los planes de pensiones de empleo se eleva hasta los 8.500 euros anuales (500 euros más que en 2021). Además, la aportación a este tipo de planes es compatible con el ahorro destinado a planes del sistema individual, con lo cual, combinando ambas modalidades, una persona puede elevar sus aportaciones deducibles hasta los 10.000 euros.

Uno de los problemas que plantea el impulso de los planes de empleo, desincentivando la contratación de los individuales, es que no todo el mundo puede tener acceso a ellos. Es el caso, por ejemplo, de los trabajadores autónomos y los funcionarios. Esa es la razón por la que el Gobierno ha aprobado la creación de un fondo de pensiones de empleo promovido desde el Estado. Este instrumento de ahorro tendrá limitadas las comisiones, en consonancia con las que se aplican en los planes de empleo e inferiores a las habituales en los planes individuales. El fondo estará abierto a la participación de las gestoras privadas, quienes tendrán que ajustar su propuesta por debajo del citado límite para sus comisiones.

Con esta fórmula, un contribuyente que tenga, por ejemplo, una base imponible de 30.000 euros y aporte 1.500 euros o más a un plan de pensiones individual, tendrá que tributar en el IRPF por 28.500. Si las aportaciones se han realizado a un plan de empleo hasta el máximo permitido, el declarante tendrá que pagar impuestos por 21.500 euros. Finalmente, si el ahorrador utiliza los dos instrumentos, podrá reducir la base imponible hasta los 20.000 euros.

La razón esgrimida por el Ejecutivo para primar los planes de pensiones de empresa sobre los individuales es que estos últimos despiertan el interés, sobre todo, de los ahorradores con rentas más altas, de tal forma que permiten obtener una mayor desgravación fiscal a quienes tienen una base imponible más elevada en el IRPF. El Gobierno pretende con estas medidas impulsar la generalización del ahorro finalista para complementar las pensiones públicas, dando la posibilidad de acceder a los planes de empleo tanto a los trabajadores de pequeñas y medianas empresas como a los autónomos.

Las modificaciones enunciadas suponen un cambio radical en el esquema del ahorro-previsión vigente hasta ahora y pueden representar una rémora importante para los planes de pensiones individuales y para las gestoras, que hasta ahora acumulaban un patrimonio gestionado cercano a los 90.000 millones de euros.

Dada la regulación que existe en el resto de países de la Unión Europea, desde las asociaciones representativas de las gestoras y de las entidades aseguradoras sostienen que el tratamiento fiscal de los planes individuales en España no es sustancialmente distinto al que se aplica en los principales países europeos. Señalan, además, que las supuestas ventajas fiscales de estos productos no son en realidad una bonificación, sino un diferimiento en el pago de los impuestos ya que, cuando el ahorrador rescata el plan de pensiones, debe pagar de acuerdo con el mismo tipo marginal del Impuesto sobre la Renta.

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