Mujer sosteniendo las manos de un niño, simbolizando apoyo y cuidado en el contexto de la pensión de orfandad 2025.
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Pensión de orfandad en 2025: qué es, cuánto se cobra y cómo se obtiene

Enero 9, 2025 7 min

La pérdida de un familiar puede dejar (sobre todo) a niños y menores de edad en una situación vulnerable de necesidad económica. En estos casos, se pueden solicitar diferentes tipos de ayuda, entre ellas, la pensión de orfandad. Se trata de una cobertura protectora que la Seguridad Social aporta a los hijos del trabajador cuando fallece.

Esta pensión se concede a los hijos menores de 21 años de las personas fallecidas. Eso sí, hay algunas excepciones en las que se puede seguir cobrando la prestación más allá de esa edad. Vamos a ver en este post todos los casos y requisitos para cobrar una pensión de orfandad, además de la cuantía y cobro de la prestación. Si te interesa, ¡sigue leyendo!

¿Qué es la pensión de orfandad? Claves sobre esta prestación

La pensión de orfandad es una prestación económica, normalmente mensual, que reciben los hijos de la persona que fallece, independientemente de si el otro progenitor sigue vivo. El principal objetivo de esta pensión es compensar la situación económica de los hijos del trabajador que queda vulnerabilizada tras su fallecimiento.

La Seguridad Social es la encargada de valorar y resolver las solicitudes y de determinar la cuantía de la prestación. 

También pueden solicitarla los hijos mayores de 21 años si tienen una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez y en el caso de que no trabajen (o ganen menos del salario mínimo interprofesional). Además, si se da el caso, los hijos de su cónyuge (si llevaban más de dos años casados y vivían juntos) también la pueden solicitar. Si los hijos son menores de edad, la pensión la recibe la persona que se encargue de ellos.

Pensión de orfandad: requisitos para solicitarla

Para solicitar la prestación económica por orfandad, tanto el fallecido como su descendiente (el beneficiario) tienen que reunir una serie de requisitos, que a su vez determinan la cuantía de la pensión. 

Requisitos del fallecido de la pensión de orfandad

Para que se pueda acceder a esta pensión, por norma general el fallecido debía estar cotizando y dado de alta en la Seguridad Social o jubilado. 

Si el fallecimiento tuvo lugar antes de 2008, será necesario haber cotizado un período mínimo de años para que los descendientes del fallecido sean beneficiarios de la pensión de orfandad. Este periodo mínimo varía según la situación laboral del fallecido y la causa de la muerte:

  • Si se encontraba dado de alta en la seguridad social o en una situación asimilada al alta deberá acreditar 500 días dentro de un período ininterrumpido de 5 años antes al fallecimiento  o bien, 15 años a lo largo de toda su vida laboral.
  • En el caso de no estar dado de alta en la Seguridad Social en el momento de la muerte, será necesario haber cotizado durante los últimos 15 años. 
  • Pensionistas: no necesitan acreditar un período de cotización.

Por el contrario, si el fallecimiento tuvo lugar después de 2008 y el fallecido se encontraba en alta o situación asimilada al alta de la Seguridad Social, no hace falta disponer de un período previo de cotización. Tampoco se exige cotización cuando la muerte se produce como consecuencia de un accidente o una enfermedad derivada de la actividad profesional que se realiza.

Requisitos de la pensión de orfandad por parte del beneficiario

Los beneficiarios también deben reunir, para acceder a una pensión de orfandad, ciertos requisitos. Son candidatos todos los hijos (biológicos o adoptados), incluso aquellos nacidos después del fallecimiento del progenitor. 

Además, también podrían beneficiarse todos los hijos del cónyuge del fallecido si llevaban más de dos años casados y vivían juntos. Eso sí, debe haber una relación de dependencia, es decir, que el hijo no tenga los recursos necesarios para poder subsistir por sí solo o con otro familiar que pueda ocuparse de su manutención.

La pensión de orfandad solo está disponible para los hijos menores de 21 años, o que tengan reconocida una incapacidad que les impida trabajar de forma permanente. Sin embargo, los hijos que tengan entre 21 y 25 años y no trabajen o estén cobrando menos del salario mínimo interprofesional, también tendrán derecho a recibir esta pensión.

¿Hay pensión de orfandad para mayores de 25 años?

También es posible solicitar una pensión de orfandad para mayores de 25 años. Se reconoce a las personas que hayan perdido a sus dos progenitores y que no trabajen, o bien estén cobrando menos del salario mínimo.

En caso de seguir estudiando, esta pensión tendrá vigencia hasta que finalice el primer mes del siguiente curso académico que vaya a cursar. 

Cuantías de la pensión de orfandad 

La cuantía de la pensión de orfandad depende de las cotizaciones de las personas fallecidas y de la edad del beneficiario. Aún así, este año 2025 experimenta una subida con una revalorización del 2,8%, con lo que el mínimo de esta prestación se sitúa en los 259 euros. 

Esta pensión es muy similar a recibir un salario de trabajo. Se abonan 12 mensualidades con dos pagas extra. En caso de que la muerte del progenitor se haya producido en el ámbito laboral o por accidente, las dos pagas extra se reparten en las 12 pagas mensuales.

En cuanto a la cuantía de la pensión de orfandad, es del 20% de la base reguladora del progenitor, en el supuesto de que solo exista un hijo con derecho a pensión. En el caso de que existan varios hijos será del 10% de la base reguladora. Para ponernos en contexto, la base reguladora se calcula en función de las bases de cotización del trabajador (su salario mensual) durante un periodo de tiempo.

Además, en el caso de que la muerte se haya producido en el ámbito laboral, la empresa donde trabajaba el progenitor debe indemnizar al hijo.

¿Cuándo se deja de cobrar una pensión de orfandad?

La pensión de orfandad no es vitalicia y, dependiendo del caso, se deja de cobrar en un momento u otro. Por norma general, se deja de recibir una pensión por orfandad a los 21 años, sin embargo, ya hemos visto que hay algunas excepciones.

Por ejemplo, los hijos mayores de 21 años que estuvieran cobrando la pensión y tuvieran una incapacidad no permanente, dejarán de cobrarla cuando reciban el alta médica. Otras razones por las que se puede dejar de recibir esta pensión es por encontrar un trabajo y estar dado de alta en la Seguridad Social, por fallecimiento, por comprobarse que no falleció el trabajador desaparecido, o bien por contraer matrimonio.

Recapitulando

La pensión de orfandad se concede a los hijos, generalmente menores de 21 años, que se encuentran en una situación de vulnerabilidad económica al perder a uno o ambos progenitores. 

Como ya hemos visto, en muchas ocasiones el hijo todavía no recibe un salario a los 21 años, por lo que seguiría siendo dependiente económicamente. En estos casos, se extiende la prestación hasta los 25 años. Además, se puede prolongar más allá en caso de que el hijo haya perdido a sus dos padres o que tenga reconocida una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.

Por último, y por norma general, la cantidad de pensión que se recibe es el 20% de la base reguladora del progenitor, que se calcula teniendo en cuenta su salario mensual. 

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