Ayudas para mayores de 55 años
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Ayudas para mayores de 55 años que no hayan cotizado

Enero 4, 2024 11 min 182 veces compartido

Tener un contrato de trabajo parece algo común y obvio, sobre todo cuando alcanzas cierta edad. Sin embargo, la realidad en ocasiones puede ser muy diferente. Ya sea por haberse dedicado al cuidado del hogar o por realizar trabajos puntuales sin contrato indefinido, es habitual las personas que al llegar a los 50 se encuentran en esta situación por no haber cotizado el mínimo necesario para acceder a la pensión de jubilación. Pero si este es tu caso, existen ayudas para mayores de 55 años que no hayan cotizado.

En España el desempleo de larga duración en personas que superan el umbral de los 55 años es un grave problema social y económico que los expertos achacan al edadismo. Personas que se han quedado sin trabajo y que no consiguen que les contraten en ningún otro sitio, principalmente por la edad que tienen. Si hablamos de reinserción en el mundo laboral tras un despido, este grupo es uno de los más afectados y con más complicaciones e impedimentos a la hora de encontrar un nuevo empleo.

La jubilación es una etapa de la vida que todos esperamos con ilusión. Sin embargo, no todos los trabajadores han tenido la oportunidad de cotizar lo suficiente para asegurar una jubilación tranquila y cómoda. Afortunadamente, en España existen ayudas para mayores de 55 años que no hayan cotizado lo suficiente. En este artículo, exploramos las opciones disponibles y cómo pueden beneficiarse de ellas.

La dificultad de encontrar trabajo a partir de los 55

Según los datos ofrecidos por la Encuesta de Población Activa (EPA) realizada por el Instituto Nacional de Estadística (INE), en junio de 2023 el número de parados con más de 55 años estaba en 535.100 personas. Teniendo en cuenta que el número total de personas desempleadas durante junio estaba en 2.688.842, podemos decir que los mayores de 55 años suponen 1 de cada 5 personas en situación de desempleo, un 20% aproximadamente. Este problema afecta ligeramente más a las mujeres que a los hombres. 

Encontrar trabajo a partir de los 50: por qué es tan complicado

Existen diferentes motivos y razones por las que las empresas prefieren no contratar o despedir a los trabajadores senior. Una de ellas es precisamente la edad, las empresas prefieren contratar a jóvenes con salarios más bajos y menos experiencia en lugar de abrirse al talento senior y a la experiencia de quienes están abiertos al trabajo después de los 55, porque todavía tiene mucho por aportar en el mundo de la empresa.

La OMS califica el edadismo como un problema mundial, una discriminación por edad, estereotipos y prejuicios con respecto al resto de la población. Y esto se traslada al mercado laboral como uno de los puntos clave donde es necesario combatir el edadismo porque está relacionado directamente con otros grandes desafíos como el envejecimiento, los sistemas públicos de pensiones y la dependencia, y cómo no, al aumento de la esperanza de vida. Por ello, hay un movimiento actualmente en España que reclama a las administraciones y al mundo empresarial adoptar medidas, políticas y cambios que cambien esta tendencia que agrava la situación de una sociedad altamente dependiente de las arcas públicas.

¿Existen ayudas para los mayores de 55 años que no hayan cotizado?

Los desempleados mayores de 55 años no han dejado de crecer en la última década, representando en la actualidad cerca del 20% del total de parados en España. Y aunque la mayoría de ayudas y prestaciones requieren de un determinado período cotizado, hay ayudas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a las que se pueden acoger quienes se encuentran en esta casuística.

Se contemplan varias opciones que pueden solicitarse para poder tener una fuente de ingresos en forma de ayuda para los mayores de 55 años que no hayan cotizado. Se trata de prestaciones no contributivas que permiten a estas personas conseguir un ingreso mensual para poder llegar a fin de mes.

Ayudas para mayores de 52 años que no han cotizado

El SEPE ofrece el paro para aquellas personas que hayan cotizado al menos 360 días en los últimos seis años, y el subsidio por cotizaciones insuficientes para quienes hayan cotizado un mínimo de 90 días sin cargas familiares, igual que el subsidio para mayores de 52 años. Aun así, cada caso es único, por ello lo mejor es que consultes directamente en el SEPE y te informes sobre tu situación.

Muchas personas mayores de 55 años agotan su prestación o subsidio por desempleo porque a partir de cierta edad es más complicado encontrar un trabajo. Por suerte, el SEPE ofrece el subsidio para mayores de 52 años, que antes de 2019 se trataba del subsidio para mayores de 55 años, con el objetivo de ofrecer una ayuda económica a todas estas personas mientras buscan un empleo.

Los requisitos generales para solicitar un subsidio por desempleo para una persona mayor de 52 años son: 

  • Estar en paro e inscrito como demandante de empleo, haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo, tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio y tener 15 años cotizados y dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • Para los trabajadores fijos discontinuos, el SEPE explica que no podrán acceder a este subsidio cuando su fecha de hecho causante sea anterior al 2 de marzo de 2022.
  • Además, el solicitante no podrá tener rentas mensuales superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (fijado en 1.080 euros), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, lo que equivale a un límite de ingresos de 810 euros al mes. Si este requisito no se cumpliese en la fecha en que solicita la ayuda, «podrá acceder al subsidio si lo cumple y lo acredita dentro del plazo de un año desde entonces», matiza el SEPE.

Asimismo, existe otro requisito específico indispensable para que el SEPE pueda conceder la ayuda y que no es tan conocido por los interesados: 

  • Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral. En este punto, el SEPE aclara que «las cotizaciones efectuadas en otros países se tienen en cuenta para percibir este subsidio sólo si han sido realizadas en países pertenecientes al Espacio Económico Europeo o con los que exista convenio de totalización de períodos para la protección por desempleo», concluye.

Por otro lado, el subsidio por cotización insuficiente no tiene una duración ni una cuantía fija, sino que depende de una serie de factores: el número de meses cotizados, la presencia de responsabilidades familiares… Por lo tanto, la ayuda puede tener una duración de entre 3 y 21 meses. Si no se tienen responsabilidades, serán necesarios 180 días para tener derecho a seis meses de prestación.

Para quienes cuentan con cargas familiares, la ayuda durará el mismo tiempo que tenga cotizado el beneficiario. Si ha cotizado 4 meses, el subsidio durará 4 meses. Por otro lado, si se cuentan con seis meses o más cotizados y con cargas familiares, la duración será de seis meses prorrogables hasta agotar la duración máxima permitida de la ayuda, que está en 21 meses.

La cuantía establecida para el subsidio por cotización insuficiente es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Es decir, 480 euros al mes. Si el último trabajo fue a tiempo parcial, la cuantía percibida sumará en proporción a las horas trabajadas en el último contrato. Por lo tanto, si se cobrase la duración máxima permitida para el subsidio, el resultado es el ingreso total de 10.080 euros.

Una vez aprobada, se puede cobrar de forma ininterrumpida hasta que la alcance y para que no pierda años de cotización, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cotizará por el 125% de la base mínima de cotización que esté vigente cada año.

Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED)

El Subsidio Extraordinario de Desempleo (SED) se creó en 2018 en sustitución del Plan Prepara y el PAE. Para poder acogerse al SED es necesario que el solicitante haya agotado el paro, los subsidios ordinarios de desempleo y la RAI; acreditar ser desempleado de larga duración, es decir, haber permanecido como demandante de empleo (apuntado al paro) durante al menos 360 días en los 18 meses anteriores a la fecha de la solicitud del subsidio extraordinario, y haber cesado de forma involuntaria en un trabajo por cuenta ajena, previamente al agotamiento del último derecho reconocido (no haber causado baja voluntaria en el último trabajo).

Además de estos requisitos, es necesario que el solicitante tenga responsabilidades familiares, de forma que tenga cónyuge a cargo o algún hijo menor de 26 años que no tenga ingresos mensuales superiores a 810 euros, que es el equivalente al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y que la suma de todos los ingresos dividida entre el número de componentes de la unidad familiar, no supere dicha cantidad. Las personas que no tienen hijos ni cónyuge a su cargo, no cumplen este requisito y el SEPE rechaza las solicitudes.

Ingreso Mínimo Vital (IMV)

Otro aspecto que ya va más allá de la edad pero engloba el conjunto de la sociedad es la solicitud del Ingreso Mínimo Vital válido para todas aquellas personas que se encuentran en una situación de desempleo, sin ingresos ni patrimonio o las que tienen trabajos precarios y salarios tan bajos que no cubran las necesidades básicas. El objetivo de este subsidio es mitigar el riesgo de pobreza y de exclusión social de la gente que se encuentra en situación de vulnerabilidad económica.

Aunque no es una ayuda específica para los mayores de 55 años, también se incluyen entre las personas que tienen derecho a solicitarla, siempre que cumplan ciertos requisitos. Algunas de las condiciones que hay que dar para recibir esta prestación son no superar el límite de renta anual estipulada en 6.000 euros para una única persona y 13.000 euros en los casos que la unidad familiar sea de 2 adultos y 3 niños. 

La cuantía que se tiene que percibir del IMV depende de determinados factores y puede variar entre 565,37 euros en el mes para unidades familiares de una sola persona hasta 1.368,21 euros para las unidades de convivencia mayores.

¿Quiénes pueden cobrar pensión sin haber cotizado?

Si se ha alcanzado la edad de jubilación sin haber cotizado el mínimo exigido se puede acceder a la pensión no contributiva por jubilación. Los requisitos para acceder a la pensión no contributiva de jubilación pasan por tener más de 65 años y acreditar que se carecen de ingresos suficientes. La cifra de ingresos es de 6.784,54 euros. Quienes tengan rentas inferiores podrán pedir una pensión no contributiva. Esta cantidad aumenta al convivir con otras personas. En este caso se tienen en cuenta las rentas de la unidad económica de convivencia.

Pensión no contributiva por jubilación

Muchas de estas personas se encuentran cerca de la edad de jubilación pero no cuentan con suficiente tiempo cotizado para acceder a la pensión correspondiente. Los que se encuentren en este caso, podrán solicitar la pensión no contributiva de jubilación. Como hemos mencionado anteriormente, los requisitos son los siguientes: 

  • Haber cumplido los 65 años
  • Residencia en España durante al menos 10 años, de los cuales al menos 2 deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud. 
  • Que sus ingresos no superen los 6.784,54 euros anuales.

De forma muy breve

La jubilación es un período de la vida que debe disfrutarse con tranquilidad y comodidad. Para aquellos mayores de 55 años que no han cotizado lo suficiente, existen ayudas y programas diseñados para proporcionar apoyo financiero y mejorar su calidad de vida en la jubilación. Desde prestaciones de ingresos mínimos hasta opciones de reinserción laboral y programas de formación, es importante explorar todas las posibilidades disponibles y buscar asesoramiento financiero cuando sea necesario. La jubilación puede ser una etapa gratificante, independientemente de las contribuciones pasadas, y estas ayudas están diseñadas para hacer que ese objetivo sea alcanzable para todos.

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