Conoce las coberturas de los seguros de vida

Cuando tenemos algo de valor, lo queremos proteger ante cualquier inconveniente que pueda surgir, ya sea una casa, un coche o incluso nuestra vida y la de nuestra familia. Asegurar ciertos riesgos es una cuestión casi del día a día. La vida es lo más preciado y valioso que tenemos, por lo que un seguro de vida puede ser un buen instrumento para cerciorarnos de que esté protegida. 

A la hora de contratar una póliza, debemos tener claro qué coberturas tiene nuestro seguro de vida. Conocer las ventajas de cada producto hace que elijamos con mejor criterio. ¿Conoces los límites y las garantías que ofrecen estas coberturas? Vamos a explicar todo lo que necesitas saber, ¿estás listo?

¿Qué cubre un seguro de vida?

Por muy evidente que parezca, no hay que dejar de decirlo: el riesgo principal que cubre un seguro de vida es la muerte. Sin embargo, el fallecimiento del tomador no es lo único que cubre, también cubre algunas situaciones en las que el asegurado no pueda seguir trabajando. 

La indemnización por defunción es la cobertura más básica de los seguros de vida, pero dependiendo de la póliza que contrates, podrás tener más beneficios o garantías. Algunos de los servicios que ofrecen las compañías aseguradoras son: la protección de los seres familiares, la indemnización por incapacidad, asesoría legal o asistencia médica. 

Ante el fallecimiento del asegurado se cubren ciertas necesidades económicas de los beneficiarios designados, entre los que puede haber familiares o cualquier persona designada por el tomador del seguro. 

Algunos de los servicios o coberturas que ofrecen los seguros de vida son:

  • Indemnización de fallecimiento: esta es la parte imprescindible de un seguro de vida, es la cantidad de dinero que recibirán los beneficiarios de la póliza. Con el paso del tiempo, la cifra final puede variar dependiendo de la situación de fallecimiento.
  • Gastos del entierro: muchas compañías ofrecen cubrir un porcentaje de los gastos del sepelio, que está entre el 10 y el 20%. Normalmente es el seguro de defunción quien se encarga de ello.
  • Fallecimiento o incapacidad por accidente: casi todas las aseguradoras ofrecen esta posibilidad en la que, si el tomador fallece en un accidente, la indemnización se duplica o triplica en algunos casos.
  • Anticipos de capital. No es tan común como las anteriores, pero algunas compañías ofrecen un adelanto de la indemnización para poder cubrir los gastos del entierro y/o del pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
  • Servicios de asesoría y gestión legal. Este servicio se ofrece a aquellas personas que deseen gestionar la herencia a la vez que el seguro de vida. Importante saber  acerca de la herencia de los seguros de vida y el plazo que hay para reclamarlos.

Límites del seguro de vida

Los seguros de vida cubren principalmente el fallecimiento del beneficiario, sea por la causa que sea. Pero el contrato puede estipular límites:

  • Límite temporal. Se trata de un periodo de carencia en el que el seguro no activa sus coberturas. Es una precaución, por ejemplo, ante casos de suicidio o enfermedades graves previamente conocidas.
  • Límite de fallecimiento por la práctica de deportes de riesgo. En caso de que se produzca la muerte por esta causa no se activará la cobertura.
  • Límite por enfermedad grave. Si la dolencia se conoce previamente a la firma del contrato, también puede ser causa para anular las coberturas.

Conviene estudiar muy bien todas estas circunstancias antes de firmar un contrato. Todas las preguntas deben quedar respondidas para encontrar el producto con el precio y las coberturas adecuadas a nuestra situación.

En resumen, el precio variará en este capítulo dependiendo de si precisamos de cobertura completa, cobertura con un periodo de carencia o cobertura con varios o todos los límites comentados. Además de otros factores como la edad, si tiene algún tipo de enfermedad congénita, la profesión, etc.

¿Qué tipos de muerte e incapacidad cubre un seguro de vida?

Principalmente, el seguro de vida cubre la muerte natural, así como enfermedad, accidente, etc. si así está estipulado en el contrato. Es importante que la póliza cubra cualquier motivo de fallecimiento para luego no tener problemas con la compañía, como puede ser enfermedades, accidentes o suicidio. 

Incapacidad o invalidez

Un seguro puede ser atractivo por los extras que incluye. El abanico puede ser amplio, aunque es aconsejable estudiar bien lo que se incluye y si realmente necesitamos esa cobertura. Como hemos mencionado anteriormente, el fallecimiento no es lo único bajo el paraguas de las pólizas, el seguro de vida cubre incapacidad permanente entre otras variables, que son las siguientes:

  • Cobertura por enfermedad grave. El contrato recogerá un catálogo de enfermedades por las que se puede activar la cobertura. Hablamos de cuestiones como el cáncer, por ejemplo.
  • Cobertura por incapacidad permanente o absoluta. Si ocurriese se adelantará el pago del capital contratado. En este sentido se puede cubrir una incapacidad ocasionada en el ámbito personal o profesional.
  • Cobertura por accidente de tráfico. Se trata de un extra en caso de fallecimiento o incapacidad.

Situaciones en las que el seguro de vida podría no pagar la indemnización

Aunque estas situaciones se den poco, existen algunas condiciones por las que la aseguradora podría negar la cantidad acordada en el caso de defunción del asegurado:

  • Deportes de alto riesgo como el alpinismo o salto en paracaídas
  • No estar al día con el pago de las primas
  • No haber indicado alguna enfermedad al contratar la póliza o cuando se ha sabido de ella

Las condiciones de cada seguro vienen especificadas en el contrato y pueden variar dependiendo de la persona y de la aseguradora. Es importante leer y comprender los términos y condiciones de la póliza, así como proporcionar información precisa y completa durante el proceso de solicitud para evitar problemas posteriores.

¿Para qué se contrata un seguro de vida?

Un seguro de vida se puede contratar para garantizar la solvencia económica de la familia en caso de que el beneficiario fallezca. Aquí hay que añadir las situaciones extraordinarias que también se pueden contratar (incapacidad o enfermedad grave).

Pero también existen los seguros de vida de préstamo personal o hipotecario, que, a fin de cuentas, suponen la cobertura del mismo riesgo: la insolvencia o la dificultad económica. En este caso, por fallecimiento, se cubre la asunción de la deuda contraída en vida.

En resumen, el seguro de vida es un instrumento interesante para garantizar tranquilidad y protección financiera al asegurado y a los familiares. Conviene, eso sí, estudiar lo que se ofrece para que se ajuste a nuestras necesidades de cada uno y tener en cuenta las condiciones que ponen las empresas. 

VidaCaixa

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  • Hola Francisco,eso dependerá del tipo de seguro que contrates.  Te animamos a que contactes con cualquier oficina de CaixaBank donde podrán asesorarte al respecto.

  • Hola Azucena,Revisando los contratos que tienes con VidaCaixa el contrato de seguro de vida que nos consta está relacionado con un préstamo con CaixaBank, y las garantías son las de invalidez absoluta y permanente y defunción. Nos indicas que tienes un seguro con SegurCaixa Adeslas formalizado a través de la Oficina, por lo que te emplazamos a que contactes con ellos para verificar si tienes o no cobertura en ese caso.Esperamos que os recuperéis lo antes posible.

  • Hola Marta,Para poder responder a esta pregunta necesitaríamos saber exactamente la modalidad de contrato que tienes. Normalmente los seguros de vida individual tienen coberturas de invalidez absoluta y permanente, aparte de la defunción. Si es otro tipo de seguro vinculado a empresas o convenios hay más garantías, por lo que para verificar las coberturas te emplazamos a que contactes con tu oficina de confianza de CaixaBank, para el caso de tener cobertura ya inicie el trámite.

  • HolaRogamos te pongas en contacto con tu oficina de CaixaBank para aclarar este punto, ya que al contratar un seguro de vida se debe superar un cuestionario de salud.

  • Hola Maria Carmen,Para poderte dar una respuesta personalizada y poder comentar todos los detalles sobre el producto que tienes contratado, te emplazamos a cualquier oficina de CaixaBank donde podrán informarte y darte una nueva copia de las condiciones de tu contrato si lo necesitas. En el caso de tener acceso a Línea Abierta, también podrías consultar sus características principales a través de la web o el móvil.

  • Hola Rosa María,No nos constas como asegurada en VidaCaixa en un producto de vida. Podría ser que la póliza contratada fuera de accidentes con SegurCaixa Adeslas. Estos seguros también se contratan a través de la red de oficinas CaixaBank. Te emplazamos a que lo consultes en tu oficina de CaixaBank. Desde allí, podrán informarte sobre el producto que tienes contratado tanto si es de VidaCaixa somo si es de SegurCaixa Adeslas.

  • Hola Felix, Al contratar se generan dos copias, una para el asegurado y la otra para la Oficina de CaixaBank en la que se formalizó el contrato, por lo que en la Oficina tendrán la copia. No obstante, podrían emitir un duplicado de la misma para que verificaras la información, siempre y cuando te acredites como beneficiario y aportes el certificado de defunción correspondiente. 

  • Hola María, Si la modalidad de seguro de vida es Seviam,  sí se cancela automáticamente al cancelarse el activo relacionado aunque para mayor seguridad sobre las condiciones del producto que tienes contratado, rogamos que contactes con tu oficina de CaixaBank en la que formalizaste la operación. 

  • Hola Juan, La más rápida es llamar al 902 200 291, para que verifiquen en tu caso y patología si tienes derecho a alguna indemnización por la incapacidad temporal. Esperamos que te recuperes pronto.

  • Hola Simona,te animamos a que contactes con tu oficina de CaixaBank para que puedan estudiar tu caso e informarte al respecto.

  • Hola Julio, Vida Familiar Premium no establece para tu patología una indemnización económica, lo que sí tienes contratado son garantías de asesoramiento en el que te pueden orientar sobre tu lesión. El Servicio Premium Care pone a tu disposición, las 24 horas del día y los 365 días del año, un asesor médico personal con quien resolver cualquier duda sobre salud, organizar tu historial médico en caso de enfermedad, así como consultar con él o con su equipo médico aspectos sobre toma de decisiones relacionadas con la salud. Puedes acceder llamando al tel. 902 14 14 22.Esperamos que te recuperes pronto. 

  • Hola Karol VanesaPara hacer cualquier trámite, como solicitar un duplicado de una póliza, puedes dirigirte a cualquier oficina CaixaBank. Si eres cliente de CaixaBank Now, también puedes solicitarlo online o a través de la app.

  • Hola, 

    La forma más fácil para hacerlo es dirigirse a la oficina de CaixaBank en la que se contrata. Allí tienen toda la información de tu póliza. Por lo que indicas, en tu caso la contratación fue telefónica así que ya hemos avisado a los responsables para que gestionen tu petición. Esperamos poder atenderte de nuevo pronto.

  • Hola Juana María,Si el producto de seguros asociado a tu hipoteca es un Seviam, cubre la invalidez absoluta y permanente. Si tienes dudas, puedes consultarlo en tu oficina CaixaBank.

  • Hola Juan, Para poder cobrar del producto Vida Familiar en concepto de invalidez, ésta debe ser absoluta y permanente. Una vez tengas la resolución de la Seguridad Social, te emplazamos a que te dirijas a la oficina de CaixaBank en la que formalizaste el contrato y poder revisar si en la resolución se indica o no que es permanente. De esta manera verificarán si cumple o no los requisitos de cobro.

  • Hola Raquel

     

    El teléfono habilitado es el 902 14 14 22. Si llamas des del extranjero, es el +34 93 259 34 45. 

  • Hola Fernando, Lamentamos tu situación. Te invitamos a dirigirte a tu oficina CaixaBank para que puedan informarte sobre los detalles concretos y coberturas de tu póliza. Allí tienen todos tus datos y podrán informarte de todo lo que necesites.

  • Hola Daniela,Para poder proceder al pago es necesario aportar la documentación acreditativa. Si aun no lo has hecho, ponte en contacto con tu oficina para que puedan facilitarte toda la información sobre tu seguro y sobre los datos que son necesario para que puedas percibir la prestación.

  • Hola José Francisco,Depende de cuál sea tu seguro y qué coberturas hayas elegido. Los seguros de vida cubren siempre la defunción como garantía básica y luego, en función de la aseguradora y del tipo de producto, puedes añadirles coberturas como la invalidez absoluta y permanente, capital adicional, etc. Te animamos a que contactes con tu compañía aseguradora, en nuestro caso con tu oficina de CaixaBank, para que te informen.

  • Hola Alejandro,nuestros seguros de Vida no disponen de coberturas dentales. No obstante, te animamos a que contactes con tu oficina CaixaBank y preguntes por los seguros de salud con cobertura dental.

  • Hola Amaya,

    En la documentación que te han enviado, deberías encontrar detallado un teléfono en el que podrás gestionar tu solicitud. Si no lo localizas, no dudes en ponerte en contacto de nuevo con nosotros para poder ofrecerte la ayuda que necesites.

  • Hola María Jesús,Si entras en el siguiente enlace y dejas tus datos, nuestro Servicio al cliente se pondrá en contacto contigo. Puedes solicitar una copia de tu seguro y realizar cualquier consulta en relación al mismo.

  • Hola Maria Auxiliadora,no nos consta que dispongas de seguros en VidaCaixa. No dudes en ponerte en contacto con nosotros si deseas más información.

  • Hola Asier,puedes solicitar la cancelación del contrato a través de los teléfonos 902 404 055  y 93 299 66 27 

  • Hola Jose,nuestros productos de VidaFamiliar no disponen de cobertura para el caso de discapacidad.

  • Hola Bashar,la cobertura de los seguros de vida se aplicará en función de las garantías contratadas, puedes dirigirte a cualquier oficina Caixabank para confirmar las coberturas contratadas y solicitar un duplicado del contrato.

  • Hola Stoyan,te animamos a que contactes con tu oficina Caixabank para confirmar las coberturas de tu seguros y solicitar un duplicado del contrato.

  • Hola Oihane,puedes contactar en los teléfonos 902 404 055 o 93 299 66 27, o bien realizar tu solicitud en cualquier oficina Caixabank o a través del siguiente enlace en el apartado "Escríbenos". 

  • Hola Rafael,Te animamos a que contactes con tu oficina CaixaBank para que te puedan informar de todos los detalles del producto y te faciliten un duplicado de las condiciones del mismo. 

  • Hola Santiago,Lamentamos mucho que hayas tenido problemas para contactar con nosotros. Te invitamos a que te dirijas a cualquier oficina CaixaBank para gestionar tu solicitud puesto que es preciso disponer de tus datos para poder acceder a tus productos contratados y proporcionarte una copia de tu póliza. Allí encontrarás el detalle de todas las coberturas incluidas. Por este canal no podemos hacerlo. También puedes escribirnos a través del siguiente enlace en el apartado "Escríbenos".

  • Hola Daniel,

    te animamos a que contactes con tu oficina CaixaBank para proceder al tramite del siniestro. 

  • Hola Pedro Jesús,puedes contactar en los teléfonos 902 404 055 o 93 299 66 27, también puedes realizar tu solicitud en cualquier oficina Caixabank o a través de CaixabankNow. 

  • Hola Alejandro,te animamos a que contactes con tu oficina de CaixaBank para que te hagan un estudio personalizado y si es posible valorar otras opciones de contratación. 

  • Hola Antonio,puedes contactar  para solicitar un duplicado en los teléfonos 902 404 055 o 93 299 66 27 o bien realizar la petición de duplicado a través de Caixabank Now así como en cualquier oficina Caixabank. 

  • Hola Marina, Este Blog está destinado a consultas relacionadas con el acceso a la jubilación. En ocasiones, para facilitar un respuesta idónea es necesario conocer más detalle de la situación de cada persona. A través de una oficina CaixaBank es posible realizar un estudio personalizado de las necesidades de cada cliente y acceder a información detallada a la que no tenemos acceso desde aquí y que tampoco expondríamos públicamente para proteger los derechos de protección de información de todas las personas que nos trasladáis consultas. Como sabes, todas las preguntas se responden de forma pública. Nuestra voluntad es orientaros con el máximo detalle posible hacia la respuesta que precisáis y, si no podemos hacerlo, dirigiros allí donde podréis encontrarla.

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