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¿Qué es la pensión por hijo a cargo o pensión de protección familiar?

Enero 12, 2026 6 min

La pensión por hijo a cargo, también llamada pensión de protección familiar, es una ayuda económica destinada a apoyar a familias que tienen menores o personas con discapacidad a su cargo. Aunque esta prestación ha cambiado en los últimos años, sigue plenamente vigente en los casos de discapacidad, y continúa siendo una de las ayudas que más dudas genera entre muchas familias.

La convivencia no se interpreta de manera estricta: si el hijo pasa temporadas fuera del hogar por estudios, trabajo temporal o tratamientos médicos, sigue considerándose “a cargo”. También puede estar a cargo aunque trabaje, siempre que sus ingresos no lleguen al 100% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y continúe viviendo en el hogar familiar.

En cambio, dejan de considerarse hijos a cargo quienes superan el SMI anual o quienes reciben una pensión contributiva propia (excepto orfandad o determinadas prestaciones a favor de familiares).

¿Qué entendemos por hijo a cargo y qué no?

Para acceder a esta ayuda es fundamental entender qué considera la ley como “hijo o menor a cargo”. Se trata de aquellos menores —o personas adultas con discapacidad— que conviven con la persona solicitante y dependen económicamente de ella.

Requisitos para solicitar la pensión por hijo a cargo

La prestación se dirige principalmente a padres, madres, adoptantes o tutores legales que cumplan determinados requisitos económicos y de convivencia. En el caso de la ayuda sin discapacidad —solo para familias que ya la tenían antes del IMV—, existe un límite de ingresos que no debe superarse. En 2025, este límite parte de 14.952 € anuales, aumentando un 15% por cada hijo adicional a partir del segundo. Para las familias numerosas, el límite es de 22.501 € con tres hijos, aumentando 3.646 € por cada hijo añadido.

La pensión por hijo a cargo continúa siendo una ayuda importante para muchas familias, especialmente cuando existe discapacidad.

Cuando existe discapacidad, los límites económicos dejan de aplicarse: cualquier familia que cumpla el resto de requisitos puede recibir la ayuda, incluso si los ingresos son elevados.

Además, es necesario residir legalmente en España, no recibir otra prestación incompatible y tener a los hijos efectivamente bajo responsabilidad y convivencia.

Ayuda por hijo a cargo con discapacidad

Esta es la parte de la prestación que se mantiene plenamente activa y que continúa pudiéndose solicitar. Está destinada a familias con menores que presentan una discapacidad igual o superior al 33%, o bien con hijos mayores que alcanzan grados del 65% o del 75%.

Se trata de una ayuda no contributiva, por lo que no es necesario haber cotizado para acceder a ella. Solo importa el grado de discapacidad y la convivencia con la familia.

Es una prestación especialmente relevante para hogares que necesitan apoyo continuado, ya que las cuantías aumentan según el nivel de discapacidad y pueden mantenerse más allá de la mayoría de edad.

Pensión por hijo a cargo: incompatibilidades

Como ocurre con otras prestaciones, esta ayuda tiene condiciones de compatibilidad. La más importante es su incompatibilidad con el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Si una familia cumple requisitos para ambas, deberá elegir cuál quiere mantener, ya que no pueden cobrarse al mismo tiempo.

Tampoco es compatible con otras prestaciones no contributivas que tengan la misma finalidad. Sí puede convivir con determinadas rentas del hogar siempre que no se superen los límites marcados por la Seguridad Social. Y, como ya se ha explicado, es compatible con que el hijo trabaje, siempre que sus ingresos no superen el SMI anual.

¿Cuánto se cobra de pensión por hijo a cargo?

Los importes dependen de si existe o no discapacidad, y del grado:

  • Por menores sin discapacidad: 588 € al año, es decir, 49 € al mes. (Solo para quienes ya tenían esta ayuda antes del IMV).
  • Por menores con discapacidad ≥ 33%: 1.000 € al año (83,33 €/mes).
  • Por hijos mayores con discapacidad ≥ 65%: 5.805,60 € al año.
  • Por hijos mayores con discapacidad ≥ 75%: 8.707,20 € al año.

Los importes se cobran cada mes y van desde 588 € hasta 8,707,20 € anuales por hijo, según el grado de discapacidad y las circunstancias familiares.

¿Cómo y dónde se solicita la prestación por hijo a cargo?

La tramitación puede hacerse de dos maneras:

La documentación habitual incluye DNI o NIE, libro de familia, certificado de empadronamiento y, en caso de discapacidad, la resolución oficial del grado reconocido. El proceso es sencillo, pero conviene revisar bien los requisitos antes de solicitarla para evitar retrasos o denegaciones.

¿Cuándo se deja de recibir la ayuda por hijo a cargo?

El principal motivo por el cual puedes dejar de recibir la pensión por hijo a cargo es que mejore tu situación económica. Por supuesto, si tu hijo alcanza la mayoría de edad (siempre que no tenga una discapacidad), dejarás de recibir la prestación.

Existen varios motivos más por los que una familia puede dejar de recibir esta prestación:

  • Superar los límites de ingresos en los casos sin discapacidad.
  • Que el hijo empiece a trabajar y gane el equivalente al SMI.
  • Elegir el Ingreso Mínimo Vital, que es incompatible.
  • O bien que desaparezcan las circunstancias que daban derecho a la ayuda.

Qué se espera para 2026

Aunque no se prevén cambios estructurales, sí habrá ajustes automáticos:

  • Revalorización por IPC de todas las cuantías.
  • Revisión anual del IMV y de los complementos como el Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI), que podría influir indirectamente en la prestación por hijo a cargo en los próximos años.

Nada indica que la ayuda general sin discapacidad vaya a reactivarse para nuevas solicitudes.

Recapitulando, la pensión por hijo a cargo

La pensión por hijo a cargo continúa siendo una ayuda importante para muchas familias, especialmente cuando existe discapacidad. Su carácter no contributivo, la sencillez del acceso y la actualización anual por IPC la convierten en un apoyo fundamental para garantizar el bienestar de los menores más vulnerables.

Aunque el sistema ha evolucionado con el IMV, comprender qué se mantiene vigente y qué ha cambiado permite saber con claridad si corresponde solicitarla y cómo hacerlo.

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