Es fácil, es gratis y puede que, según cada caso, resulte muy oportuno para, por ejemplo, diversificar. Traspasar un plan de pensiones simplemente es el proceso por el que se mueve el capital de un vehículo a otro, con independencia de que sea o no de la misma gestora, y no conlleva consecuencias fiscales para el partícipe.
Mediante este mecanismo se traspasa la movilización de las sumas de las aportaciones al plan de pensiones realizadas hasta la fecha más los beneficios generados, y se puede llevar a cabo de manera total (cambiando todos los ahorros de un plan a otro) o parcial (solo una parte de ellos).
La ley solo excluye de los traspasos a los planes de pensiones de empleo, aunque, si dejamos de trabajar para esa empresa, también será posible mover el capital, salvo que las condiciones específicas del producto indiquen lo contrario. Del mismo modo, está previsto que se puedan traspasar los planes de pensiones una vez estamos jubilados, aunque estemos liquidándolo.
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No hay que confundir la opción que existe de traspasar un plan de pensiones con la de recuperar el dinero invertido. En España, estos productos tienen restringida su liquidez, lo que quiere decir que solo es posible hacerlos líquidos en el caso de la jubilación y en algunas otras situaciones excepcionales. Por el contrario, si decidimos mover el capital de un plan a otro no estamos para nada atados, sino que es perfectamente legal buscar la opción que más nos pueda interesar pensando en garantizarnos una buena jubilación.
El primer paso que hay que hacer es solicitar la movilización a la gestora a la que se trasladarán los derechos consolidados, indicándole el plan de pensiones de origen del traspaso. Esta entidad de destino es la que se encargará de realizar el proceso, comunicando a la antigua nuestro deseo de mover el dinero y ordenando la transferencia en un máximo de cinco días hábiles desde la recepción de la comunicación.
No hay un momento propicio para realizar un traspaso de plan, sino que, en realidad, depende de la situación particular en cada caso, de la rentabilidad que está logrando, de si existe alguna vinculación para contratar otros productos de la entidad financiera o si han cambiado nuestros objetivos vitales y creemos que existe otro plan que se ajusta mejor a ellos.
Antes de tomar una decisión definitiva, conviene tener en cuenta lo siguiente:
En principio, no existe ningún inconveniente en realizar el traspaso de un plan, ya que no afecta a los beneficios fiscales de que disponemos y no lleva asociado ningún gasto ni penalización, salvo en el caso de que incluya una garantía de seguro de los riesgos o prestaciones del plan.
Desde el lado positivo, permite al partícipe gozar de la suficiente libertad como para diversificar sus ahorros, buscar la opción que más le convenga e intentar con todo ello tener mayores garantías de llegar a una situación financiera óptima de cara a su jubilación. Además, es bastante habitual que las entidades ofrezcan un porcentaje de bonificación asociado al traspaso de fondos hacia ellas, aunque suele estar asociado a cierta permanencia.
De todas maneras, como ocurre a la hora de contratar cualquier producto financiero, antes de realizar ningún movimiento, conviene analizar lo más posible la actual oferta que existe en el mercado, comparar entre todas las opciones y, si es posible, recurrir a la ayuda de algún asesor profesional que nos aconseje lo más adecuado para nuestros intereses y objetivos financieros a largo plazo.
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