Cada vez hay más personas que contratan un seguro de Vida o de Decesos con la intención de dejar lo más protegidos a los suyos en el momento en el que ya no estén. Sin embargo, aunque los dos tienen la particularidad de que entran en acción tras el fallecimiento del asegurado (o en caso de invalidez también en el de Vida) se trata de productos diferentes que ofrecen coberturas distintas. Conviene aclarar, eso sí, que ambos pueden ser complementarios y no son incompatibles entre sí, por lo que hay personas que tienen contratados los dos seguros.
Seguros de Decesos, en permanente renovación
En el caso del seguro de Decesos, su principal fin es la prestación del servicio funerario tras la muerte del usuario, incluyendo los traslados que sean pertinentes, el asesoramiento a familiares sobre temas jurídicos o la atención psicológica. En conjunto, sus principales coberturas son:
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- Servicio funerario. Incluye el féretro, el coche fúnebre, el tanatorio, la despedida religiosa, las flores y los gastos de inhumación o de incineración. Es posible que se incorpore la realización de esquelas o el anuncio de la defunción en medios de comunicación.
- Gestiones administrativas. Un especialista se encargará de todo el papeleo tras el fallecimiento, como el certificado de defunción, la solicitud de la pensión de viudedad, la inscripción en el Registro Civil, la baja del Libro de Familia y de la Seguridad Social.
- Traslado del fallecido. Es opcional aunque bastante frecuente y permite el traslado del difunto y de un acompañante desde el lugar de fallecimiento hasta donde se llevará a cabo el sepelio.
- Accidentes y asistencia en viaje. Algunos seguros de Decesos incluyen una indemnización por fallecimiento o por invalidez permanente en caso de accidente, así como cubrir los gastos médicos en los desplazamientos.
- Servicios digitales. Entre las nuevas coberturas que ofrecen este tipo de seguros destacan el testamento online (realizar el testamento en una página web con el soporte de un abogado), herencia digital (se traspasa a los beneficiarios designados la posesión y gestión de todos los archivos, cuentas online y, en general, de los activos digitales del fallecido, incluyendo todo lo que puede arrojar derechos de propiedad intelectual), gestión de los perfiles en redes sociales (se posibilita a los familiares la opción de borrar toda huella online, eliminando sus perfiles o dando de baja sus suscripciones, y, también, de implementar el servicio denominado ‘Último post’), asistencia psicológica online o colocar códigos NFC y QR en la lápida o en el libro de condolencias para que, al pasar el teléfono, aparezca contenido del fallecido, como su biografía o distintos momentos de su vida).
En cuanto a su tipología, existen tres clases de seguros de Decesos:
- De prima única. Para personas mayores que contratan el producto, realizando un único pago a la fecha de contratación.
- De prima renovable. En este caso, la prima crece anualmente según evolucionan el precio de los servicios funerarios y la edad de la persona asegurada.
- De prima nivelada. La prima se mantiene bastante inamovible en el tiempo, salvo ligeros incrementos derivados del coste de los servicios funerarios.
Seguros de Vida-Riesgo y sus modalidades
El seguro de Vida-Riesgo ofrece a los beneficiarios de la póliza una indemnización económica tras el fallecimiento del tomador (o como consecuencia de un accidente con secuelas graves), según se ha establecido previamente mediante un contrato. En realidad, ofrece muchas de las coberturas adicionales que ofertan los seguros de decesos, como el testamento online o la atención psicológica, si bien cabe destacar que existen algunos supuestos que este tipo de productos no cubre, como, por ejemplo: suicidios y muertes voluntarias de los tomadores, actos imprudentes del asegurado (consumo de alcohol o drogas, accidentes de tráfico por culpa de estas sustancias, actos delictivos,…), o si el asegurado decide reactivar un seguro de vida o ampliar el capital asegurado, donde deberá transcurrir un plazo determinado.
Entre los seguros de Vida-Riesgo más extendidos, los más relevantes son:
- Los seguros de Vida Entera. Tienen vigencia durante toda la vida del contratante y su objetivo es compensar a los beneficiarios por la pérdida de ingresos que supone la muerte de la persona asegurada.
- Los seguros de Vida-Riesgo temporales. Cubren el riesgo de muerte del asegurado únicamente durante un tiempo determinado. Habitualmente tienen una duración de un año
Diferencias entre ambos
1. Coberturas. Es habitual confundir seguros de Vida con seguros de Decesos ya que ambos tienen como principal fin garantizar el bienestar de los seres queridos del tomador cuando este fallezca. Sin embargo, difieren notablemente en el modo en que cada uno ofrece su cobertura:
- En el de Vida se confiere a los beneficiarios del contratante una cuantía económica (o varias rentas) tras su muerte, y es él quien estipula la suma de la indemnización que recibirán ya que aparece en el contrato que firma cuando suscribe la póliza.
- En el de Decesos lo que se cubre son los gastos y trámites tras el fallecimiento de la persona (junto a otras adicionales, como ya se ha señalado). Pero aquí no se puede elegir el capital exacto que se quiere asegurar, sino que es la aseguradora quien lo establece de acuerdo a los servicios fúnebres que se contratan y al lugar del sepelio.
2. Precio. Otra diferencia importante es en la prima que se ha de abonar por cada uno (que tiene en cuenta distintos factores, como la edad o las coberturas que se contratan), así como en los plazos de abono.
3. Destinatarios. Cada vez existen más seguros de Vida que incluyen los servicios de los de Decesos, junto a una de sus ya de por sí principales ventajas: poder indemnizar en su muerte a quien el contratante desee. Incluso existen seguros de Vida-Hipoteca que se diseñan para pagar el préstamo del banco si el asegurado fallece.