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Aunque en España los funcionarios no pueden optar a la prejubilación tal y como se entiende desde la esfera privada, sí pueden abandonar la vida laboral antes de la edad ordinaria de jubilación. En 2025, esta es de 65 años si se ha cotizado 38 años y 3 meses o más o de 66 años y 8 meses si no se alcanza ese mínimo. Según el tipo de funcionario (clases pasivas o régimen general), es posible acceder a la prejubilación de funcionarios públicos cumpliendo ciertos requisitos que explicamos a continuación.
Para muchos funcionarios, la jubilación anticipada es una vía que les permite retirarse antes de la edad legal ordinaria, siempre que se cumplan ciertos requisitos de edad y cotización. En todo caso, es importante distinguir entre los funcionarios que están considerados como Clases Pasivas (normalmente los que entraron a trabajar en la Administración antes del 2011) y los que pertenecen al Régimen General (se incorporaron de 2011 en adelante). A diferencia de la prejubilación de funcionarios, que no está regulada por la ley y que depende de los acuerdos entre colectivos profesionales o con las empresas, la jubilación anticipada sí está regulada en España por la Seguridad Social.
En este artículo detallamos toda la información necesaria y los requisitos que deben cumplir los funcionarios para acceder a la jubilación anticipada. Sigue leyendo para conocerlos.
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Prejubilación de funcionarios: ¿puede un funcionario prejubilarse en España?
La prejubilación es un mecanismo propio del sector privado que permite a un trabajador la retirada anticipada del mercado laboral. Mediante una prejubilación, el profesional y la empresa para la que trabaja pactan las condiciones de salida antes de la edad legal de jubilación. De esta manera, el empleado percibe una renta por parte de la entidad hasta llegar a la edad de jubilación ordinaria, que en algunos casos puede complementarse con el subsidio por desempleo.
En España, la prejubilación de funcionarios no existe de la misma manera que sí lo hace en el sector privado. No obstante, según el régimen en el que estén encuadrados, los funcionarios pueden acogerse a la jubilación anticipada y retirarse antes de la edad ordinaria de jubilación. De hecho, las condiciones laborales y de jubilación de los funcionarios están fijadas en diferentes normas, como por ejemplo el Estatuto Básico del Empleado Público, sin figuras equivalentes a los convenios de empresa que, en el ámbito privado, permiten pactar la prejubilación.
Para los funcionarios, la jubilación anticipada es el mecanismo para poder retirarse antes de la edad ordinaria de jubilación, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
¿Cómo puede un funcionario jubilarse de manera anticipada?
Según los datos del Boletín Estadístico del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas (BEPSAP), elaborados por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, en enero de 2025 había un total de 3.037.000 empleados públicos en España. De ellos, aproximadamente 700.000 pertenecen al régimen de Clases Pasivas del Estado mientras que el resto están encuadrados dentro del Régimen General de la Seguridad Social.
Desde el punto de vista de la jubilación, la principal diferencia entre ambos tipos de funcionarios es que los primeros normalmente pueden optar a la jubilación voluntaria a partir de los 60 años si cuentan con 30 años de servicio. Por su parte, los que están encuadrados dentro del Régimen General pueden acogerse a la jubilación ordinaria desde los 66 años y medio o escoger la jubilación anticipada con posible penalización.
Para poder acogerse a la jubilación anticipada voluntaria, cada tipología de funcionario debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Clases Pasivas. Como se ha dicho, la prejubilación en las Clases Pasivas no es una opción, aunque sí es posible jubilarse anticipadamente a los 60 años si se ha cotizado al menos 30 años al servicio del Estado. La pensión se reduce con coeficientes reductores en función de los años de servicio (entre el 3% y 8% por cada año de anticipo sobre la edad ordinaria de 65, dependiendo de los años efectivos de servicios prestados).
- Régimen General. Es posible acogerse a la jubilación anticipada voluntaria hasta 2 años antes de la edad ordinaria (en la actualidad, fijada en los 65 años), si se cumple con los requisitos de cotización. Estos son, principalmente, haber cotizado 35 años y que, de ellos, al menos 2 dentro de los últimos 15. Normalmente, se aplica una reducción por trimestre de anticipo en función de los años cotizados y que, por regla general, van del 2% al 1,625% por trimestre.
En ambos casos, salvo excepciones, se permite prolongar el servicio activo hasta los 70 años, con la posibilidad de aplicar determinadas bonificaciones en la pensión.
Aunque jubilarse antes de tiempo ofrece algunas ventajas es importante tener en cuenta la reducción que se producirá en la cuantía de la pensión.
¿Es igual la pensión de un funcionario que se jubila de manera anticipada si es Clase Pasiva o pertenece al Régimen General?
Por lo general, la reducción aplicada en la jubilación anticipada suele ser más severa para los funcionarios de las Clases Pasivas que para los trabajadores del Régimen General. Veámoslo con un ejemplo:
Dos funcionarios, uno de Clases Pasivas y otro del Régimen General, deciden jubilarse tras haber cumplido 60 años y haber cotizado 35 de ellos al servicio del Estado. La base reguladora para ambos profesionales es de 2.500 euros.
Al funcionario de Clases Pasivas se le aplica un coeficiente de reducción del 7% por cada año que anticipa su retiro. Es decir, al estar fijada su edad ordinaria de jubilación en 65 años, el coeficiente de reducción es del 35%. De esta manera, su pensión anticipada será de 1.625 euros, el resultado de la siguiente resta: 2.500 – 875.
En el caso del funcionario del Régimen General, se le aplica un coeficiente de reducción del 6% por cada año que no completa hasta alcanzar la edad legal de jubilación, lo que significa un 30%. Su pensión anticipada queda en 1.750 euros, (2.500 – 750).
Conclusión sobre la prejubilación de funcionarios públicos
Aunque jurídicamente la prejubilación de funcionarios en España difiere del sector privado, ya que los funcionarios tienen un régimen especial de jubilación propio, sí pueden optar por una jubilación anticipada siempre que cumplan con ciertos requisitos.
Jubilarse antes de alcanzar la edad legal de jubilación puede ofrecer algunas ventajas, como disfrutar de un mayor tiempo para la familia o para los hobbies que se tengan, pero también tiene consecuencias no tan positivas, como la reducción en la cuantía de la pensión pública de jubilación. En el caso de los funcionarios, para calcular la pensión por jubilación anticipada se aplican una serie de coeficientes reductores que dependen tanto de los años cotizados como de los meses que falten para la jubilación ordinaria.