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Cuando fallece una persona cercana, además del duelo emocional, la familia debe afrontar una serie de trámites necesarios para poder aceptar y gestionar la herencia. Entre ellos, uno de los más importantes es la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones mediante el Modelo 650. Presentarlo correctamente evita retrasos, bloqueos bancarios, recargos y problemas al registrar bienes como viviendas o vehículos. Por ello, es fundamental entender bien en qué consiste este formulario y cómo completarlo.
¿Qué es el Modelo 650 de sucesiones?
El Modelo 650 de sucesiones es el formulario oficial para declarar y autoliquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) cuando se recibe una herencia. Su función es detallar los bienes heredados, valorar el patrimonio y calcular la cuota tributaria que corresponde según la normativa de cada comunidad autónoma.
Se trata de una autoliquidación, es decir, son los propios herederos quienes calculan el impuesto aplicando reducciones, bonificaciones y valoraciones oficiales. Es un trámite imprescindible para poder acceder a cuentas bancarias, vender un inmueble o inscribir bienes a nombre de los nuevos titulares.
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El Modelo 650 se completa identificando al causante y a los herederos, detallando cada bien heredado con su valor, restando deudas y aplicando las reducciones y bonificaciones autonómicas para calcular la cuota final del impuesto.
¿Quién debe presentar el Modelo 650 de sucesiones?
Deben presentarlo todas las personas que reciban bienes o derechos como consecuencia del fallecimiento del causante:
- Herederos: designados en el testamento o declarados en acta de declaración de herederos.
- Legatarios: quienes reciben un bien concreto.
- Beneficiarios de seguros de vida vinculados al fallecimiento.
La presentación puede ser individual (lo más habitual) o conjunta, cuando todos los herederos deciden liquidar en un único documento.
¿Dónde se presenta el Modelo 650 de sucesiones?
El Modelo 650 se presenta ante la Administración tributaria de la comunidad autónoma donde residía el fallecido. Según la autonomía, el trámite puede realizarse:
- Telemáticamente, a través de la sede electrónica autonómica.
- Presencialmente, en los registros de Hacienda.
- Por correo administrativo, en casos que requieran documentación en papel.
Cada comunidad autónoma puede tener sus propios anexos, bonificaciones o instrucciones, aunque la estructura del modelo es muy similar en todo el territorio.
Plazos para presentar el Modelo 650
El plazo general para presentar el Modelo 650 es de seis meses desde la fecha de fallecimiento. Sin embargo, si por circunstancias personales, administrativas o familiares no es posible cumplir el plazo, se puede solicitar una prórroga de otros seis meses adicionales. Para obtenerla, la solicitud debe realizarse dentro de los cinco primeros meses desde el fallecimiento.
No presentar el Modelo 650 en plazo puede generar recargos, intereses e incluso sanciones. Por ello, es recomendable preparar la documentación con antelación suficiente y evitar dejar el trámite para el último momento.
Documentación necesaria para presentar el Modelo 650
La información solicitada puede variar ligeramente entre comunidades autónomas, pero en general se requiere:
Documentos del fallecido (causante)
- Certificado literal de defunción.
- Certificado de últimas voluntades.
- Testamento o acta de declaración de herederos.
- DNI o documento identificativo.
Documentos sobre la herencia
- Escrituras o notas simples de bienes inmuebles.
- Certificados bancarios de saldo a fecha de fallecimiento.
- Documentación de vehículos.
- Acciones, participaciones o productos financieros.
- Pólizas de seguros de vida.
- Valoraciones oficiales si existen inmuebles, fincas o patrimonio complejo.
Documentos de los herederos
- DNI o pasaporte.
- Certificados de parentesco, si es necesario.
- Datos bancarios para abonar el impuesto o recibir devoluciones.
Reunir toda esta información puede llevar tiempo. Conviene, por tanto, empezar a recopilarla cuanto antes.
Cómo se cumplimenta el Modelo 650 de sucesiones
El formulario consta de varios apartados. Estos son los principales:
- Datos del causante
Incluye información básica como nombre completo, fecha de fallecimiento, último domicilio fiscal y estado civil.
- Datos del heredero o herederos
Se recoge la información personal de cada heredero y el porcentaje de participación que tiene en la herencia.
- Inventario de bienes
Quizá la parte más extensa del documento. Debe reflejarse el valor real de todos los bienes heredados:
- Inmuebles y su valor fiscal.
- Cuentas bancarias: saldos a fecha de fallecimiento.
- Acciones y participaciones.
- Vehículos u otros bienes registrables.
- Seguros de vida.
- Joyas, obras de arte o patrimonio especial.
Cada bien debe incluir su valoración y el porcentaje correspondiente a cada heredero.
- Cálculo del impuesto
Una vez determinado el valor total de la herencia, se aplican reducciones y bonificaciones vinculadas al grado de parentesco, discapacidad, vivienda habitual o empresa familiar, entre otras. Posteriormente se calcula la base liquidable y la cuota tributaria, según la comunidad autónoma.
Ejemplo de Modelo 650 cumplimentado
Para comprender cómo se debe cumplimentar el Modelo 650, se presenta el siguiente ejemplo: un fallecido deja una vivienda valorada en 180.000 €, una cuenta bancaria con 40.000 € y un seguro de vida cuyo beneficiario recibe 20.000 €. La herencia total asciende a 240.000 €.
Se considera un hijo como heredero único. El formulario reflejaría:
- En los datos del causante: nombre, DNI, domicilio y fecha de defunción.
- En los datos del heredero: datos personales y parentesco directo en línea descendente.
- En el inventario de bienes:
- Vivienda: 180.000 €
- Cuenta bancaria: 40.000 €
- Seguro de vida: 20.000 €
- Total base hereditaria: 240.000 €
- Tras aplicar reducciones autonómicas por parentesco o vivienda habitual (si procede), se obtiene la base liquidable final.
- En el apartado de cálculo del impuesto, la cuota a ingresar depende de la normativa autonómica aplicable.
Este no es un modelo válido para presentación, pero permite visualizar cómo se distribuye la información dentro del formulario oficial.
Modelo 650 para no residentes: cómo funciona
Cuando alguno de los herederos reside fuera de España, o cuando la persona fallecida no tenía residencia fiscal en territorio español, se genera una situación particular: el caso del modelo 650 no residentes.
En estos supuestos:
- La tramitación corresponde a la Agencia Tributaria Estatal (AEAT).
- Se presenta junto con los modelos complementarios 652 o 653, según corresponda.
- Se siguen los plazos generales (seis meses prorrogables).
- Es posible que se requiera acreditar residencia fiscal en el extranjero.
- Existen normas de territorialidad que determinan qué bienes tributan en España y cuáles quedan fuera.
Si eres heredero no residente, deberás presentar el Modelo 650 ante la Agencia Tributaria Estatal, identificar los bienes que tributan en España y aportar documentación que acredite tu residencia fiscal en el extranjero.
Conviene disponer de asesoramiento en estos casos para evitar errores formales, especialmente si se heredan bienes inmobiliarios o activos financieros con retenciones internacionales.
| CAUSANTE | CAUSAHABIENTE (SUJETO PASIVO) | COMPETENCIA | NORMATIVA |
| RESIDENTE | RESIDENTE | CC. AA. de residencia del causante | CC. AA. de residencia del causante |
| RESIDENTE | NO RESIDENTE | ESTATAL | Opción:ESTATAL CC. AA. de residencia causante |
| NO RESIDENTE | RESIDENTE | ESTATAL | Opción:ESTATAL CC. AA. con el mayor valor de los bienes situados en España, y si no hay bienes en España, CC.AA. en la que es residente |
| NO RESIDENTE | NO RESIDENTE | ESTATAL | Opción:ESTATAL CC. AA. con el mayor valor de los bienes situados en España |
Fuente: Agencia Tributaria
Modelo 650 en Ceuta y Melilla
Ceuta y Melilla cuentan con un régimen fiscal propio en el ISD:
- Bonificación del 50% en la cuota del impuesto.
- Posibles bonificaciones extra para familiares directos.
- Liquidación ante las haciendas locales competentes.
Esto significa que, si el fallecido era residente habitual en una de estas ciudades, la carga fiscal puede ser significativamente menor.
¿Habrá cambios en el Modelo 650 en 2026?
A día de hoy, el Modelo 650 continúa siendo el procedimiento estándar para la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones. No existe publicada una reforma estatal que lo modifique de manera sustancial para 2026. Sin embargo, las comunidades autónomas actualizan periódicamente bonificaciones y reducciones, por lo que conviene comprobar las normas fiscales vigentes en el ejercicio concreto de liquidación.
Recapitulando
El Modelo 650 de sucesiones puede parecer complejo en un momento emocionalmente difícil, pero entender sus pasos y requisitos ayuda a afrontar el proceso sucesorio con más seguridad. Reunir la documentación a tiempo, conocer los plazos y seguir una estructura clara facilita la presentación y evita contratiempos.
Con información adecuada y un poco de organización, completar el Modelo 650 se convierte en un trámite asumible incluso en una etapa delicada, permitiendo avanzar con serenidad en la gestión de la herencia.