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El 2026 hay ajustes y prórrogas que conviene conocer para planificar mejor las finanzas personales. A continuación, en este artículo se desarrollan los cambios en IRPF, IVA y otros impuestos, además de consejos para organizar las finanzas.
Nuevos matices para el IRPF en 2026
De cara a 2026, la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), conforme a la normativa vigente hasta la fecha, consolida cambios ya aprobados en ejercicios anteriores, manteniendo medidas que afectan de forma distinta a rentas altas, rentas bajas y a la obligación de declarar.
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Así, se mantienen los tramos del ahorro, de acuerdo con la normativa actualmente en vigor:
- Hasta 200.000 euros: 23%
- Entre 200.000 y 300.000 euros: 27%
- Más de 300.000 euros: 30%
También continúan vigentes los límites de obligación de declarar: 22.000 € anuales cuando los rendimientos del trabajo proceden de un solo pagador y 15.876 € cuando existen varios pagadores y la suma del segundo y restantes supera los 1.500 € anuales, según los criterios publicados por la Agencia Tributaria para la campaña correspondiente y salvo que se aprueben modificaciones normativas posteriores.
En 2026 se mantienen algunos aspectos clave del IRPF y el IVA que pueden influir en la declaración de la Renta y en el gasto diario.
En el caso de las prestaciones por desempleo, la obligación de presentar la declaración dependerá, como en el resto de rendimientos del trabajo, de que se superen los límites generales establecidos en la normativa del IRPF, especialmente en supuestos de varios pagadores.
Además, se mantienen en vigor, conforme a las prórrogas actualmente aprobadas, deducciones que pueden suponer un ahorro significativo en la declaración:
- Obras de mejora de la eficiencia energética de la vivienda, vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.
- Compra de vehículos eléctricos enchufables o de pila de combustible, así como por la instalación de puntos de recarga, también prorrogada hasta finales de 2026.
Por último, conviene recordar que el impacto final dependerá también de la comunidad autónoma de residencia, ya que cada una puede aplicar ajustes propios en tramos, mínimos o deducciones.
Cambios en el IVA aplicables en 2026
En 2026, y salvo que se aprueben nuevas prórrogas, dejan de aplicarse las rebajas extraordinarias del IVA en alimentos de primera necesidad aprobadas con carácter temporal. Productos como el pan común, harinas, leche, quesos, huevos, frutas, verduras, legumbres o cereales, que durante un tiempo estuvieron exentos o con tipos superreducidos, tributan nuevamente según los tipos habituales:
- Tipo superreducido del 4% para alimentos básicos.
- Tipo reducido del 10% para otros productos alimentarios.
Además, los arrendamientos de corta duración con fines turísticos estarán sujetos al IVA del 21% cuando incluyan servicios propios de la industria hotelera, equiparando su tributación a la de otros servicios de alojamiento en esos supuestos.
El fin de las rebajas extraordinarias del IVA en alimentos, la continuidad de ciertos límites en el IRPF y los ajustes para autónomos marcarán el impacto fiscal de 2026 en tu economía personal.
Otros cambios en los impuestos en 2026
Impuesto sobre el Patrimonio
El Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas continúa vigente en 2026 conforme a la normativa actualmente aprobada. Aunque nació como una medida temporal, ha sido prorrogado y se aplica a los patrimonios netos superiores a 3 millones de euros, con devengo a 31 de diciembre y carácter complementario al Impuesto sobre el Patrimonio, permitiendo deducir lo satisfecho por este último.
Además, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones sigue dependiendo de las comunidades autónomas, lo que mantiene importantes diferencias territoriales.
Impuesto sobre Sociedades
El tipo general del Impuesto sobre Sociedades se mantiene en el 25%, según la normativa vigente, aunque continúan los tipos reducidos y beneficios fiscales para pymes y micropymes.
Impuesto sobre hidrocarburos
Continúan vigentes los ajustes normativos y medidas antifraude en este sector que se han venido aplicando en los últimos años. Cualquier modificación más precisa dependerá de futuras disposiciones reglamentarias o decisiones presupuestarias que puedan aprobarse a lo largo del ejercicio.
Impuesto especial sobre el tabaco
Probablemente en los próximos ejercicios se adapten de forma gradual a cambios en normativa europea, aunque a la fecha de redacción de este artículo no se ha aprobado una reforma estructural específica para 2026.
Claves fiscales para autónomos
Los autónomos siguen obligados a presentar la declaración de la Renta, independientemente de sus ingresos. Además, continúa el sistema de cotización por rendimientos netos reales, estructurado en 15 tramos, que permite adaptar la cuota a los ingresos y realizar hasta seis cambios de base al año.
El sistema de tramos mantiene una estructura progresiva, con importes que pueden actualizarse conforme a la normativa vigente en cada ejercicio:
- Ingresos bajos (hasta 670 € mensuales): cuotas reducidas y mínima protección.
- Ingresos medios y altos (desde 671 €): cuotas crecientes en función del rendimiento neto, con importes aproximados que, conforme a la normativa actualmente en vigor, van desde los 260 € hasta los 500 € mensuales para quienes superan los 6.000 €.
Las cuantías concretas de bases y cuotas podrán verse actualizadas en función de la normativa que se apruebe para 2026, por lo que conviene revisar cada ejercicio las cifras definitivas aplicables. Además, sigue aplicándose el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), cuyo porcentaje se revisa periódicamente y supone un incremento adicional en la cotización.
| Rendimiento neto | Base mínima de cotización | Cuota mínima / mes |
| Hasta 670,00 € | 653,59€ | 205,88€ |
| 670€ – 900 € | 718,95€ | 226,47€ |
| 900 – 1.166,69 € | 849,67€ | 267,65€ |
| 1.166,70 – 1.300 € | 950,98€ | 299,56€ |
| 1.300 – 1.500 € | 960,78€ | 302,65€ |
| 1.500 – 1.700 € | 960,78€ | 302,65€ |
| 1.700 – 1850 € | 1.143,79€ | 360,29€ |
| 1.850 – 2.030 € | 1.209,15€ | 380,88€ |
| 2.030 – 2.330 € | 1.274,51€ | 401,47€ |
| 2.330 – 2.760 € | 1.356,21€ | 427,21€ |
| 2.760 – 3.190 € | 1.437,91€ | 452,94€ |
| 3.190 – 3.620 € | 1.519,61€ | 478,68€ |
| 3.620 – 4.050 € | 1.601,31€ | 504,41€ |
| 4.050 – 6.000 € | 1.732,03€ | 545,59€ |
| 6.000€ | 1.928,10€ | 607,35€ |
Sin introducir nuevas tasas, en 2026 continúa el refuerzo del control fiscal, especialmente sobre ingresos y pagos digitales. También sigue el proceso de adaptación a la facturación electrónica, cuya implantación general llegará en 2027.
Tasa digital y fiscalidad internacional
El Impuesto sobre Servicios Digitales continúa aplicándose a grandes empresas tecnológicas por actividades como publicidad online e intermediación digital. También siguen en vigor los mecanismos de control sobre la economía digital, que obligan a plataformas como Amazon, Wallapop o Vinted a informar a Hacienda cuando un usuario supere los 2.000 euros en ventas o más de 30 operaciones anuales, aunque la tributación dependerá de la naturaleza y habitualidad de la actividad del usuario.
En materia de criptomonedas, persiste la obligación de declarar los activos situados en el extranjero que superen los 50.000 euros mediante el modelo 721, entre enero y marzo, mientras que la fiscalidad de expatriados y no residentes no experimenta reformas estructurales en 2026.
Recapitulando, consejos prácticos para adaptarse a los cambios fiscales en 2026
El IRPF mantiene su estructura básica conforme a la normativa vigente, con deducciones prorrogadas y límites de obligación de declarar según los criterios actuales de la Agencia Tributaria. En el ámbito del IVA, y salvo nuevas prórrogas, finalizan las rebajas extraordinarias en alimentos básicos. Asimismo, hasta el momento no se han aprobado nuevos impuestos generales, aunque se mantienen figuras como el impuesto a grandes fortunas.
En definitiva, 2026 se presenta como un año de estabilidad normativa en términos generales, aunque el impacto final dependerá de posibles medidas adicionales que puedan aprobarse a lo largo del ejercicio.