Pareja mayor revisando documentos con asesor para reclamar cotización anterior a 1979 en España.
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¿Cómo reclamar las cotizaciones anteriores a 1979 en España?

Mayo 2, 2025 6 min

Si has cotizado antes de 1967 y si tienes cotizaciones anteriores a 1979 en España es posible que tengas cotizaciones previas que podrían aumentar tu pensión de jubilación. Estas cotizaciones corresponden a períodos en los que se cotizaba a mutualidades laborales o al Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez. 

Una sentencia obliga ahora a la Agencia Tributaria a devolver en torno a 4.000 euros a trabajadores de estas mutualidades para compensar la doble imposición, puesto que los mutualistas habrían tributado dos veces por lo mismo.

Con la creación del Régimen General de la Seguridad Social en 1967 se unificaron ambos sistemas de cotización, pero para los trabajadores mutualistas hubo una tributación  duplicada: pagaron a través de su cuota a las mutualidades y, después, en su pensión. 

Una sentencia ahora les da la razón y de ahí que los afectados puedan reclamar las cotizaciones anteriores a 1979 en España. 

Por un lado, los pensionistas podrán recibir lo tributado de más durante los períodos impositivos que aún no han prescrito (los últimos cuatro) y, por otro, se les aplicará una rebaja fiscal a partir de ahora en sus declaraciones tributarias futuras. Te explicamos cómo reclamar las cotizaciones anteriores a 1979 en España. 

¿Qué son las cotizaciones anteriores a 1979? 

Pongamos contexto: antes de 1967, los trabajadores españoles cotizaban principalmente al Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) y a diversas mutualidades laborales específicas de cada sector. Estas entidades gestionaban las prestaciones por jubilación, invalidez y fallecimiento. 

Con la creación del Régimen General de la Seguridad Social en 1967 se unificaron estos sistemas, pero las cotizaciones previas a esa fecha se mantienen registradas y pueden influir en el cálculo de tu pensión.

Una sentencia del Tribunal Supremo contempla las devoluciones fiscales para los pensionistas que cotizaron a estas mutualidades pero beneficia también a los de otras antiguas por las que se cotizó entre 1967 y 1978. 

Esta sentencia reconoce el derecho de los trabajadores que cotizaron a la Mutualidad Laboral de Banca hasta 1978 a que la Agencia Tributaria les devuelva lo que han tributado de más por sus pensiones, una situación que afecta también a mutualistas de otros sectores que ahora pueden solicitar la devolución del IRPF pagado de más y un ajuste en sus declaraciones futuras en ejercicio aún no prescritos. 

Es decir, los pensionistas afectados podrán percibir lo que tributaron de más en el periodo que aún no ha prescrito, los últimos cuatro, y, además, se les aplicará una rebaja fiscal a partir de ahora en sus declaraciones tributarias futuras.

¿Cómo saber si cotizaste a una mutualidad laboral? 

Si quieres saber si cotizaste a una mutualidad laboral antes de 1967 puedes hacerlo revisando tu vida laboral, sigue los siguientes pasos para comprobarlo: 

  • Solicita tu informe de vida laboral a la Tesorería General de la Seguridad Social. Este documento detalla los períodos de cotización y las entidades a las que estuviste afiliado.
  • La empresa donde trabajaste puede proporcionarte información sobre las mutualidades a las que estabas adscrito.
  • Algunas entidades como la Mutualidad General de Trabajadores (MGT) o la Mutualidad de la Banca pueden tener registros de afiliados antiguos. 

¿Qué beneficios tienen las cotizaciones anteriores a 1967?

Los trabajadores que cotizaron antes del 1 de enero de 1967 pueden acceder a ciertos beneficios:

  • Jubilación anticipada: es posible jubilarse desde los 60 años, siempre que se cumplan los requisitos generales para acceder a la pensión de jubilación del sistema de la Seguridad Social actual.
  • Cotizaciones extraordinarias: se suman días adicionales al período de cotización, lo que puede aumentar la cuantía de la pensión.

¿Cómo reclamar las cotizaciones anteriores a 1979?

Para reclamar estas cotizaciones y que se incluyan en el cálculo de tu pensión, sigue estos pasos:

  • Solicita la inclusión de las cotizaciones a través de la Tesorería General de la Seguridad Social para que se reconozcan y computen las cotizaciones previas a 1967.
  • Aporta documentación e incluye documentos que acrediten tu afiliación a las mutualidades laborales o al SOVI, como certificados de afiliación, nóminas antiguas o cualquier otro documento oficial.
  • Consulta con un experto o asesórate, dado que este proceso puede ser complejo, es recomendable asesorarse con un abogado especializado en derecho laboral o con la propia Seguridad Social para garantizar que se reconozcan correctamente tus cotizaciones.

Plazos para reclamar cotizaciones anteriores a 1979 en España

Si cotizaste en España antes de 1979, es posible que tengas derecho a reclamar la devolución de cotizaciones indebidas, especialmente si perteneciste a mutualidades laborales entre 1967 y 1978. La reciente sentencia del Tribunal Supremo ha abierto la puerta a que muchos jubilados reclamen hasta 4.000 euros por los excesos tributarios realizados durante ese período. 

Plazos de reclamación para la devolución de las cotizaciones 

La Agencia Tributaria ha establecido un nuevo procedimiento para gestionar estas devoluciones. En 2025 las solicitudes se tramitarán anualmente, permitiendo a los afectados presentar reclamaciones por los ejercicios no prescritos. Es fundamental que los interesados presenten sus solicitudes dentro de los plazos establecidos para cada ejercicio fiscal.

Se han introducido cambios en los plazos y procedimientos para reclamar las cotizaciones anteriores a 1979 en España. A partir de 2025 las solicitudes de devolución de ingresos indebidos por cotizaciones realizadas entre 1967 y 1978 se tramitarán anualmente, siguiendo un calendario específico:

  • 2025: se aceptarán las solicitudes correspondientes al IRPF del ejercicio 2019.
  • 2026: se aceptarán las solicitudes correspondientes al IRPF del ejercicio 2020.
  • 2027: se aceptarán las solicitudes correspondientes al IRPF del ejercicio 2021.
  • 2028: se aceptarán las solicitudes correspondientes al IRPF del ejercicio 2022.

Es importante destacar que las solicitudes de devolución que no se hayan resuelto en 2024 han quedado sin efecto, pero las nuevas reclamaciones se tramitarán según el nuevo procedimiento anual. 

La modificación en el proceso de devolución ha generado descontento entre los afectados. Organizaciones como UGT y CCOO han convocado concentraciones en diversas ciudades para pedir la devolución del IRPF a los mutualistas jubilados. Estas protestas buscan que la Agencia Tributaria utilice criterios uniformes y facilite los reembolsos de manera más eficiente.

Conclusión

Recuerda que la correcta inclusión de tus cotizaciones anteriores a 1979 puede tener un impacto significativo en tu pensión de jubilación. Por ello, es fundamental asegurarse de que todas las cotizaciones realizadas a lo largo de tu vida laboral sean reconocidas y computadas adecuadamente.

Si crees que puedes estar afectado por estas cotizaciones indebidas, es aconsejable que consultes con un asesor fiscal o con la propia Agencia Tributaria para conocer los pasos a seguir y los plazos específicos para presentar tu reclamación. Mantenerse informado sobre las modificaciones en los procedimientos y plazos es esencial para garantizar que se reconozcan y devuelvan las cantidades correspondientes de tu pensión.

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