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Aunque la deducción por inversión en vivienda habitual fue eliminada para las hipotecas constituidas a partir del 1 de enero de 2013, todavía existe un número significativo de personas que pueden desgravar su hipoteca si cumplen con una serie de requisitos específicos.
Veamos en detalle quién puede desgravar la hipoteca en 2025, cuánto desgrava la hipoteca, qué gastos hipotecarios son desgravables y cómo aplicar esta deducción en tu declaración de la renta.
¿Se puede desgravar la hipoteca en la renta de 2025?
La respuesta es sí, pero con una condición fundamental: que tu hipoteca para la adquisición de tu vivienda habitual se haya formalizado antes del 1 de enero de 2013.
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La Ley suprimió esta deducción para las compras de vivienda realizadas a partir de esa fecha. Sin embargo, aquellos que compraron su vivienda habitual y contrataron su hipoteca antes de esa fecha límite, y que han venido aplicando la deducción en ejercicios anteriores, conservan lo que se conoce como «derechos adquiridos». Esto significa que podrán seguir desgravando su hipoteca anualmente mientras se mantengan las condiciones y la vivienda siga siendo su residencia habitual.
¡Ojo! Si tu hipoteca es posterior al 1 de enero de 2013, lamentablemente, no podrás aplicar esta deducción, salvo en casos muy puntuales como por ejemplo, obras de rehabilitación iniciadas antes de esa fecha y debidamente justificadas con facturas.
¿Cuánto desgrava la hipoteca en la declaración?
Si cumples con el requisito de que tu hipoteca sea anterior a 2013, la cantidad que puedes desgravar de tu hipoteca en la declaración de la renta es el 15% de las cantidades que hayas pagado durante el año 2024, con un límite máximo de 9.040 euros anuales.
Esto implica que la desgravación máxima de la hipoteca que puedes obtener en la cuota íntegra estatal del IRPF es de 1.356 euros por contribuyente.
Este porcentaje del 15% se distribuye de la siguiente manera:
- 7,5% correspondiente al tramo estatal del IRPF.
- 7,5% correspondiente al tramo autonómico del IRPF (es importante tener en cuenta que este porcentaje puede variar ligeramente en algunas Comunidades Autónomas).
Recuerda: el límite de 9.040 euros es individual. Si la hipoteca tiene dos titulares, cada uno de ellos podrá aplicar la deducción sobre su parte de los pagos realizados, lo que podría permitir desgravar hasta un total de 18.080 euros entre ambos (9.040 € por titular).
¿Qué pagos de la hipoteca se pueden incluir en la deducción?
La desgravación por inversión en vivienda habitual no se limita únicamente a la devolución del capital del préstamo hipotecario. También puedes incluir los siguientes pagos:
- Intereses del préstamo hipotecario: es la parte más común y significativa de la deducción.
- Amortización anticipada: si realizaste pagos extra para reducir el capital pendiente de tu hipoteca, también son desgravables.
- Gastos derivados de seguros obligatorios vinculados al préstamo hipotecario: esto incluye, por ejemplo, el seguro de vida o el seguro de incendio que el banco te exige contratar como condición para conceder la hipoteca.
- Comisiones bancarias por mantenimiento del préstamo hipotecario: algunas comisiones asociadas a la gestión de tu hipoteca también pueden ser desgravables.
¿Qué no se puede desgravar de la hipoteca? Es importante tener claro que no se incluyen en esta deducción gastos como los de la comunidad de propietarios, los suministros (agua, luz, gas), las reformas que no estén directamente relacionadas con la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual antes de 2013, o los gastos de alquiler.
¿Cómo aplicar la deducción por hipoteca en Renta 2025?
Para aplicar correctamente la deducción por hipoteca en tu declaración de la renta 2025, deberás prestar atención a los siguientes puntos al revisar el borrador disponible en la sede electrónica de la AEAT:
- Confirmar que tu vivienda habitual está correctamente identificada como tal en tus datos fiscales.
- Verificar que el importe total pagado por tu hipoteca durante el año 2024 (incluyendo capital, intereses, seguros obligatorios y comisiones) sea el correcto. Esta información suele ser proporcionada por tu entidad financiera.
- Asegurarte de que estás incluido en el régimen transitorio que te da derecho a la deducción por haber adquirido tu vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013.
En muchos casos, si utilizas la opción de datos fiscales pregrabados, la información relativa a tu hipoteca aparecerá automáticamente. Sin embargo, es fundamental revisar siempre estos datos con atención para evitar errores que puedan llevar a una liquidación incorrecta o a la necesidad de presentar una declaración complementaria.
¿Qué ocurre si cambias de casa?
Si vendiste tu anterior vivienda habitual y compraste una nueva, podrás seguir desgravando tu hipoteca bajo ciertas condiciones muy específicas:
- Que el importe obtenido por la venta de la anterior vivienda habitual se haya reinvertido en la compra de la nueva vivienda habitual en un plazo no superior a dos años desde la fecha de la venta.
- Que la nueva vivienda habitual también haya sido adquirida antes del 1 de enero de 2013.
Si la nueva hipoteca que contrataste para la compra de la nueva vivienda es posterior al 1 de enero de 2013, en principio, no tendrás derecho a la deducción, a menos que se trate de una ampliación del préstamo original sobre la misma vivienda habitual adquirida antes de esa fecha.
Conclusión: ¿puedes ahorrar en tu declaración?
La desgravación por hipoteca sigue siendo una importante vía de ahorro en la declaración de la renta para aquellos que adquirieron su vivienda habitual antes de 2013 y han mantenido la deducción de forma ininterrumpida. Poder desgravar hasta 1.356 euros al año por persona es un beneficio considerable que no debes pasar por alto si cumples con los requisitos.
Por ello, te recomendamos encarecidamente que revises con detenimiento tu borrador de la renta 2025, verifiques los importes pagados por tu hipoteca durante 2024 y te asegures de estar aplicando correctamente esta deducción. Si tienes alguna duda, no dudes en consultar con un asesor fiscal o utilizar los simuladores y la información proporcionada por la Agencia Tributaria.