Tabla de contenidos
El calendario del contribuyente permite organizarse y anticiparse a los plazos fiscales de forma ordenada. Según tu perfil y actividad económica, deberás atender a distintos modelos y declaraciones, desde la renta anual hasta los pagos trimestrales de IVA o retenciones. Conocer las fechas exactas ayuda a planificar mejor la liquidez y evita posibles sanciones o recargos. A continuación, detallamos quiénes deben seguirlo, las principales fechas y las diferencias según el tipo de contribuyente.
¿Qué es el calendario del contribuyente y quién debe seguirlo?
El calendario del contribuyente recoge las fechas límite establecidas por la Agencia Tributaria para presentar impuestos, declaraciones y autoliquidaciones. Conocerlo es fundamental para evitar sanciones o recargos y organizar tus obligaciones de manera eficiente.
La Agencia Tributaria establece cada año un calendario del contribuyente para la presentación de impuestos, declaraciones y autoliquidaciones.
Haz tu simulación: Calcula cuánto desgravan en el IRPF las aportaciones a un plan de pensiones
Sabiendo que el contribuyente es aquella persona física o jurídica (particulares, autónomos y empresas) que debe cumplir diferentes obligaciones fiscales, no todos deben cumplir con los mismos plazos. Cada persona o empresa tiene que atender a las fechas que correspondan a su situación fiscal.
Asimismo, en España es importante destacar que algunas comunidades autónomas tienen calendarios propios para impuestos cedidos. Por ejemplo el de Patrimonio o el impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Próximamente se hará público el calendario del contribuyente de 2026. Mientras tanto, está disponible el calendario del contribuyente de 2025 con todas las fechas y modelos correspondientes hasta final de año.
Fechas clave en el calendario según el tipo de contribuyente
Conocer tu perfil, combinar alertas y mantener la documentación organizada ayuda a gestionar impuestos de manera eficiente y reduce riesgos de recargos.
Cada tipo de contribuyente (particular, autónomo o empresa) tiene fechas y modelos específicos que deben ser atendidos con antelación y planificación.
Contribuyentes particulares sin actividades económicas
Si recibes ingresos por trabajo o pensiones, las fechas más importantes son:
- Campaña de la Renta (IRPF): de abril a junio, donde se presenta el modelo D-100 y se confirma el borrador.
- Impuesto sobre el Patrimonio: solo si supera los 700.000 euros de base reguladora o según indique la normativa autonómica.
- Declaraciones puntuales: modelo 720 para bienes en el extranjero o modelo 714 para patrimonio, si procede.
Ejemplo: una persona que recibe únicamente una pensión y posee un inmueble en el extranjero deberá presentar el modelo 720 antes del 31 de marzo. Aunque la renta anual es la obligación principal, no conviene descuidar otras declaraciones puntuales.
Autónomos
Las personas que trabajan por cuenta propia deben seguir tanto plazos trimestrales como anuales, lo que exige un control más exhaustivo:
- Trimestrales:
- Modelo 303 (IVA) – abril, julio, octubre y enero
- Modelo 130 o 131 (IRPF) – abril, julio, octubre y enero
- Modelo 111 (retenciones de trabajadores y profesionales) – abril, julio, octubre y enero
- Modelo 115 (retenciones por alquileres) – mismas fechas
- Anuales:
- Modelo 390 (resumen anual de IVA) – enero
- Modelo 190 (resumen anual de retenciones 111) – enero
- Modelo 347 (operaciones superiores a 3.000 euros) – febrero
- Modelo 100 (IRPF) – abril a junio
Ejemplo: un autónomo que factura a varios clientes deberá presentar el modelo 303 cada trimestre y el 390 como resumen anual. Si además paga retenciones a empleados o profesionales, tendrá que presentar los modelos 111 y 190.
Empresas y grandes contribuyentes
Las empresas tienen obligaciones mensuales, trimestrales y anuales, incluyendo:
- Presentación de IVA, retenciones y Suministro Inmediato de Información (SII)
- Resúmenes anuales como 190, 390 o 180.
- Impuesto sobre Sociedades (modelo 200) – julio
- Pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades – abril, octubre y diciembre
Ejemplo: una empresa mediana que abona nóminas con retenciones de IRPF deberá presentar el modelo 111 trimestral y el 190 anual. Si realiza operaciones de gran volumen de IVA, deberá cumplir con el SII mensual.
Particularidades autonómicas
La presentación del IRPF y Sociedades posee fechas específicas en comunidades autónomas como País Vasco y Navarra. En el caso de Canarias, aplica IGIC en lugar de IVA. Sin duda, particularidades que ayudan cumplir plazos y evitar errores.
Tabla resumen: calendario según tipo de contribuyente
| Tipo de contribuyente | Plazos principales | Modelos más frecuentes |
| Particular | Abril–junio | D-100, 714, 720 |
| Autónomo Empresa | Trimestral: abr/jul/oct/ene; Anual: ene–jun | 303, 130, 131, 111, 115, 390, 190, 347, 100 |
| Empresa | Mensual, trimestral y anual | 303, 111, 115, 200, SII, 390, 190 |
Cómo recordar los plazos del calendario del contribuyente
Al igual que otros plazos, es importante localizar fechas límites y plazos reales para organizar tiempos de entrega. Concretamente, se puede:
- Organizar un calendario personal
- Automatizar recordatorios
- Revisar cambios anuales
- Consultar obligaciones automáticas
- Mantener la documentación en orden:
Recapitulando, todo sobre el calendario del contribuyente
Seguir el calendario del contribuyente es esencial para cumplir con las obligaciones fiscales y evitar sanciones. Cada tipo de contribuyente (particular, autónomo o empresa) tiene fechas y modelos específicos que deben ser atendidos con antelación y planificación. Conocer tu perfil, combinar alertas y mantener la documentación organizada ayuda a gestionar impuestos de manera eficiente y reduce riesgos de recargos.
Además, aunque cada año varían algunos plazos, anticiparse y revisar la web oficial de la Agencia Tributaria permite cumplir con seguridad y aprovechar recursos disponibles, como el asesoramiento fiscal o la presentación electrónica. Cómo todos los años, estar al día con el calendario del contribuyente de 2026 será clave para mantener las obligaciones fiscales bajo control y planificar mejor la economía personal o empresarial.