Novedades en las pensiones de jubilación 2020: esto es todo lo que debes saber

Este 2020 se estrena con novedades en materia de pensiones. Hay aspectos previstos, como el aumento de la edad de jubilación o del período de cotización, y otros que se han materializado en la primera quincena de enero, como la revalorización de las pensiones del 0,9% llevada a cabo por el actual Gobierno.

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Edad de jubilación

Como cada año desde 2011 hasta 2027, la edad de jubilación aumenta anualmente de forma progresiva. Este 2020 se podrán jubilar con 65 años de manera ordinaria –y sin penalización alguna– aquellos que tengan cotizados 37 años o más. En el caso de no tener 37 años cotizados, la edad de jubilación ascenderá a 65 años y 10 meses (65 años y 8 meses en 2019).

Revalorización de las pensiones

Tal y como se comprometió, el Gobierno ha elevado este 2020 un 0,9% las pensiones conforme a la inflación y para que no pierdan poder adquisitivo. De este modo ha quedado suspendido el incremento mínimo del 0,25% previsto en el índice de revalorización para no tener que volver a subirlas en el futuro. La subida se ha aprobado en la primera quincena de enero, una vez se ha formado el nuevo Ejecutivo, y tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero. Con este cambio, la pensión media de un jubilado pasa de 1.143,55 euros a 1.153,84, unos diez euros más en 2020.

Por comunidades, las pensiones medias de jubilación quedan del siguiente modo:

  • País Vasco: 1.248,81 euros
  • Asturias: 1.184,38 euros
  • Madrid: 1.180,96 euros
  • Navarra: 1.155,00 euros
  • Cantabria: 1.059,52 euros
  • Aragón: 1.058,89 euros
  • Catalunya: 1.041,46 euros
  • Ceuta: 1.017,36 euros
  • Castilla y León: 993,80 euros
  • La Rioja: 983,33 euros
  • Melilla: 950,97 euros
  • Baleares: 929,96 euros
  • Castilla-La Mancha: 927,65 euros
  • Comunidad Valenciana: 925,76 euros
  • Canarias: 921,31 euros
  • Andalucía: 900,14 euros
  • Murcia: 885,34 euros
  • Galicia: 853,51 euros
  • Extremadura: 836,76 euros
  • Media España: 1.004,72 euros

La Seguridad Social arrastra hasta octubre de 2019 un déficit de 5.896 millones de euros y ha tenido que tirar de préstamos para abonar las pagas extra en diciembre, con una hucha de las pensiones en mínimos históricos y una factura mensual de 9.760 millones en prestaciones que no para de crecer. En España, según los datos del Gobierno, se pagan 9,8 millones de pensiones, con una media de 995 euros, que asciende a 1.143 euros si solo se miran las jubilaciones. El ritmo de aumento de nuevas pensiones ha caído en 2019 al 1%, el menor desde el mes de abril del 2018.

Nuevos parámetros para calcular la pensión

Lo que uno cobra de pensión de jubilación se calcula aplicando una serie de porcentajes a una base reguladora. Para este cálculo en 2020 se tendrán en cuenta los últimos 23 años cotizados inmediatamente anteriores al mes previo al momento de la jubilación. Dicho de otro modo, se calculará en base a los últimos 276 meses y se dividirá en 322. El resultado fijará la base reguladora de las 12 pagas ordinarias y las dos extraordinarias que recibirá la persona jubilada. La regla que indica que a los primeros 15 años se le aplica un porcentaje del 50% sigue vigente en 2020. Por otro lado, a partir de los 15 años los porcentajes cambian del siguiente modo: a cada mes adicional, entre los meses 1 y 106, al 50% se le añade un 0,21%; por otro lado, se le suma un 0,19% por cada uno de los 146 meses siguientes. Por esta razón, para poder cobrar el 100% de la pensión será necesario haber cotizado 36 años, cuando en el período 2013-2019 fueron 35 años y 6 meses.

Cuantías mínimas, a la espera de actualización

Si la pensión contributiva no alcanza un mínimo que se fija anualmente, el pensionista tiene derecho a recibir unos complementos. Es un derecho que reconoce la Ley de la Seguridad Social. El nuevo Gobierno previsiblemente fijará las nuevas cuantías en las primeras semanas del año. Hasta entonces prevalecen las fijadas en 2019.

Las novedades del último Real Decreto

A finales de 2019 el Ejecutivo, aún en funciones, aprobó el Real Decreto-Ley 18/2019, de 27 de diciembre, donde destacaban los siguientes puntos:

  • La subida de la base máxima de cotización, fijada en 4.070,10 €/mes, se mantiene.
  • La base mínima aplicable con carácter general a los trabajadores autónomos sigue en 944,40 €/mes.
  • Los tipos de cotización a partir del 1 de enero de 2020 son: contingencias comunes, 28,30%; contingencias profesionales, 1,1%; cese de actividad, 0,8%; y formación profesional, 0,1%.

Todos estos datos son susceptibles de experimentar transformaciones con el nuevo Gobierno en marcha. ¡Estaremos atent@s!

Más información:

¿Cuál es la pensión mínima de los autónomos?

Los beneficios de retrasar la jubilación (y que la ciencia avala)

¿Qué es la jubilación parcial y quién puede acceder a ella?

VidaCaixa

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