El funcionamiento de los planes de pensiones de empleo está regulado en España por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), dependiente del Ministerio de Economía. Dentro de cualquier producto de esta categoría existen tres órganos que velan por su correcto funcionamiento y desempeño: la entidad gestora, la entidad depositaria y la comisión de control:
En realidad, la comisión de control es el verdadero órgano de gobierno de un fondo de pensiones, y habitualmente ejecuta sus órdenes a través de la gestora, que actúa muchas veces bajo orden delegada de la comisión. Se reúne al menos una vez por ejercicio y el mandato de sus miembros es temporal (sin exceder los 4 años) y gratuito.
Entre sus funciones principales, además de la ya citada de supervisión, cabe destacar:
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Un asesor financiero es aquel profesional que ayuda a gestionar la economía de una persona o de una empresa según sus ingresos, patrimonio y necesidades. En el caso particular de un fondo de pensiones de empleo, puede desempeñar algunas funciones de gran relevancia para la toma de decisiones:
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