La jubilación anticipada consiste en cesar la actividad laboral, como mínimo, 2 años antes de alcanzar la edad legal de jubilación. Esto significa que, en 2020, puedes jubilarte de forma anticipada y voluntaria con 63 años, ya que la edad de jubilación ordinaria es de 65 años. En los casos no voluntarios, puedes jubilarte 4 años antes, es decir, a los 61 en 2020.
Pero, si se trata de una pensión anticipada todo depende de los años de cotización a la Seguridad Social, la naturaleza de la jubilación y los trimestres que te falten para cumplir la edad ordinaria. Esto se calcula con un porcentaje reductor, que se aplica a la base reguladora.
También dependerá de si la jubilación anticipada se hace de forma voluntaria o forzosa. En ambos casos, se aplicaría un coeficiente reductor – por cada trimestre que falte para llegar a la edad ordinaria – en función del período cotizado.
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