Cobrar el paro y requisitos

Durante la crisis sanitaria y económica actual, muchas personas necesitan informarse sobre las condiciones para cobrar el paro. Un buen número de ellas, hace solo unos meses, no se podían ni imaginar que se iban a encontrar en esta situación. Pero, en cualquier caso, nunca está de más saber cómo cobrar el paro.

Información básica sobre el paro

Existen 3 ayudas distintas que pueden recibir actualmente las personas desempleadas, siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos. Son las siguientes:

  1. El paro o prestación contributiva. Lo recibes gracias a lo que cotizaste cuando estabas activo. Es tu derecho, así que no dudes en solicitarlo cuando te haga falta.
  2. Subsidios por desempleo. Cuando el paro termina o no corresponde, el desempleado puede recibir del Estado ciertas ayudas asistenciales.
  3. Ayudas extraordinarias. Cuando ninguno de los ingresos anteriores es aplicable, es posible solicitar el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED) y la Renta Activa de Inserción (RAI).

Requisitos básicos para cobrar el paro

Si te encuentras en esta situación, lo primero que debes comprobar es si cumples los requisitos para cobrar el paro exigidos por el Estado. Fundamentalmente son dos, aunque cada uno de ellos incluye distintas exigencias:

  • Estar dado de alta o alta asimilada en la Seguridad Social y, actualmente, encontrarte en situación legal de desempleo. O sea, que debes carecer de empleo por alguno de estos motivos: despido, finalización de un contrato temporal, conclusión de un periodo de pruebas, ERE o situación de incapacidad permanente total para la profesión habitual. También se aplica si tu empleador ha muerto, se ha jubilado o ha quedado incapacitado.
  • Contar con un mínimo de 12 meses de cotizaciones por desempleo sin utilizar dentro de los últimos 6 años. Si las has consumido ya o no has llegado a esa cantidad todavía, lamentablemente quedarás excluido de esta prestación.

¿Cuánto voy a cobrar de paro?

Preguntarse algo como «¿cuánto voy a cobrar de paro?» es muy recurrente y muy lógico; cualquiera de nosotros nos lo plantearíamos. En ese aspecto, debes saber que va a depender de tus días cotizados para cobrar el paro: no es lo mismo si llevas toda la vida trabajando de manera ininterrumpida que si apenas has conseguido cumplir el mínimo exigido.

Lo primero que debes tener presente es que se aplican dos tramos al cobrar el paro: los 6 primeros meses, y los siguientes. Recibirás, respectivamente, un 70% de tu base de cotización en el primer tramo y un 50% después. Además, existen unos topes máximos y mínimos para estos cobros. Concretamente, la cuantía máxima es la siguiente:

  • 1.397,83 € si tienes dos hijos menores de 26 años a tu cargo o mayores con discapacidad superior al 32%.
  • 1.242,52 € si tienes un hijo con las características anteriormente descritas.
  • 1.087,20 € si no tienes hijos.

Por otra parte, la prestación mínima es esta. Toma nota:

  • 664,74 € si tienes hijos.
  • 497 € si careces de ellos.

Recuerda, además, que la duración de esta prestación es como máximo de dos años. Si consigues un trabajo a tiempo parcial podrás compaginar ambos supuestos, pero tus ingresos por paro se verán reducidos proporcionalmente a la jornada de trabajo que realices. Por otra parte, si tienes hijos quizá puedas solicitar, adicionalmente, una pensión por hijo a cargo.

Prestación según cotización

Ahora ya sabes cuánto tiempo hay que trabajar para cobrar el paro: un mínimo de 360 días. Sin embargo, también debes considerar que la duración de tus ingresos depende del tiempo previo de cotización que hayas tenido. Por eso te facilitamos esta información de referencia, ciertamente útil:

  • Entre 360 y 539 días cotizados: 120 días de prestación.
  • Entre 540 y 719 días cotizados: 180 días de prestación.
  • Entre 720 y 899 días cotizados: 240 días de prestación.
  • Entre 900 y 1.079 días cotizados: 300 días de prestación.
  • Entre 1.080 y 1.259 días cotizados: 360 días de prestación.
  • Entre 1.260 y 1.439 días cotizados: 420 días de prestación.
  • Entre 1.440 y 1.619 días cotizados: 480 días de prestación.
  • Entre 1.620 y 1.799 días cotizados: 540 días de prestación.
  • Entre 1.800 y 1.979 días cotizados: 600 días de prestación.
  • Entre 1.980 y 2.159 días cotizados: 660 días de prestación.
  • A partir de 2.160 días cotizados: 720 días de prestación.

¿Cuándo empezaré a cobrar?

Es importante saber que, desde la fecha de tu despido, tienes 15 días hábiles —sábados, domingos y festivos no cuentan— para solicitar el desempleo. No te preocupes si, el día que te citan tras pedirlo, ya han transcurrido esos 15 días de referencia. Lo importante es cuándo has tramitado tu solicitud.

Si te preocupa saber cuándo se empieza a cobrar el paro después de solicitarlo, la respuesta es esta: una vez concedido tu paro, normalmente cobrarás tu nómina el día 10 del mes siguiente. Sin embargo, existen algunos casos legales que exigen un mes de espera, fundamentalmente cuando acabas de consumir otra prestación o subsidio. Infórmate si puede ser tu caso.

Trámites y documentación para cobrar el paro

Para cobrar el paro, lo primero que debes hacer es inscribirte en tu oficina del INEM como demandante de empleo. A continuación, solicita tu cita previa o realiza la gestión por Internet, pero siempre dentro de los 15 días ya mencionados. La documentación para cobrar el paro que debes presentar necesariamente es la siguiente:

  • Solicitud de la prestación. Te la darán en tu oficina del INEM, o puedes descargarla online.
  • DNI o NIE. Tanto el propio como el de los hijos que tienes a tu cargo.
  • Libro de Familia o, si eres extranjero, el documento acreditativo equivalente.
  • Certificados de la empresa o empresas donde has estado trabajando en los últimos 180 días.

Además, y aunque no siempre son necesarios, a menudo pueden pedirte también otros documentos. Quizás te interese presentarlos de antemano para agilizar la tramitación:

  • Últimas nóminas.
  • Contrato laboral.
  • Carta de despido (si has sido despedido).

Realizados todos estos trámites, más pronto que tarde recibirás la respuesta oficial del Servicio de Empleo y empezarás a cobrar el paro. No olvides que tendrás que sellar cada tres meses y que, durante esta pausa laboral, es fundamental que apuestes por una vida activa que te permita sentirte bien y aprovechar cualquier oportunidad laboral que se te pueda presentar.

VidaCaixa

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  • Hola Petre,lo mas conveniente es que contactes con un abogado laboralista, para que expliques tu caso al detalle.

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