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Qué es la Renta Activa de Inserción y cómo acogerse a ella

Noviembre 10, 2022 4 min 28 veces compartido

Si tienes más de 45 años, estás actualmente en el paro y tienes problemas para volver a entrar en el mercado laboral, entonces la Renta Activa de Inserción, más conocida como RAI, te interesa. Esta ayuda, gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), se creó especialmente para las personas que ya no tienen derecho ni a la prestación por desempleo ni al subsidio por desempleo.

En este post te hablamos de qué es la RAI, los requisitos para cobrarla, los documentos que necesitas y todas sus características. ¡Sigue leyendo!

¿Qué es la RAI?

La Renta Activa de Inserción (RAI) es un tipo de ayuda no contributiva de 463 euros mensuales (en 2022) para personas desempleadas que, por alguna razón, tienen dificultades para conseguir un trabajo o recibir otras ayudas o subsidios. 

Esta ayuda está pensada para parados de larga duración mayores de 45 años en situación de necesidad económica, aunque también pueden solicitarla emigrantes retornados mayores de 45 años, víctimas de violencia de género y personas con discapacidad igual o superior al 33%.

Requisitos para cobrar la RAI

Para optar a esta ayuda existen unos requisitos, establecidos por el SEPE, que debes cumplir, y algunas condiciones específicas para solicitarla en función del colectivo al que pertenezcas:

  • No recibir ingresos mensuales superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
  • Que la suma de los ingresos mensuales de todos los miembros de la unidad familiar no supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
  • Tener más de 45 años y menos de 65.
  • No haber cobrado la RAI anteriormente durante más de tres años.

Requisitos de la RAI adicionales según el colectivo

Además de estos requisitos generales, dependiendo del colectivo hay otros requisitos adicionales:

  • Para los parados de larga duración:
    • Haber agotado la prestación/subsidio por desempleo.
    • Haber estado inscrito durante un mínimo de 12 meses como demandante de empleo, y estarlo durante la recepción de la RAI.
    • No haber cobrado la RAI en los 365 días anteriores a la solicitud.
  • Para los emigrantes retornados:
    • No haber cobrado la RAI en los 365 días anteriores a la solicitud. 
    • Deben haber trabajado al menos seis meses en el extranjero desde la última salida de España y haber vuelto en los 12 meses anteriores a la solicitud. 
  • Para las víctimas de violencia de género:
    • Es necesario acreditar esta condición mediante certificación de los Servicios Sociales por resolución judicial, orden de protección, o informe del Ministerio Fiscal.
  • Para las personas con discapacidad igual o superior al 33%:
    • Haber agotado la prestación/subsidio por desempleo.
    • Haber estado inscrito durante un mínimo de 12 meses como demandante de empleo, y estarlo durante la recepción de la RAI.

Documentos para solicitar la Renta Activa de Inserción

Para pedir la Renta Activa de Inserción hay que presentar la siguiente documentación en las Oficinas del Servicio Público de Empleo (SEPE), o a través de su Sede electrónica, si dispones de certificado digital:

  • El modelo oficial de solicitud, que incluye la declaración de la renta del demandante y de sus familiares, si tiene algún grado de invalidez y cobra alguna clase de ayuda por ello, así como sus datos de domiciliación bancaria.
  • DNI o tarjeta de residente del solicitante y de los que figuren en la solicitud, Libro de Familia y, en su caso, un certificado de discapacidad de la Seguridad Social.
  • Declaración de búsqueda activa de empleo.

Durante cuánto tiempo se puede cobrar

La Renta Activa de Inserción se puede cobrar durante once meses y es posible pedirla hasta tres veces, cobrándose el 80% del IPREM (indicador público de renta de efectos múltiples). Cada vez que se pida la RAI habrá que cumplir con todos los requisitos, como si fuera la primera vez que se solicita.

Recapitulando

En definitiva, la Renta Activa de Inserción está destinada a parados de larga duración mayores de 45 años, emigrantes retornados mayores de 45 años, víctimas de violencia de género y personas con discapacidad igual o superior al 33% en situación de necesidad económica.

No deben recibir ingresos mensuales superiores al 75% del SMI y no pueden ser mayores de 65 años. Dependiendo del colectivo social mediante el cual acceden a la ayuda, se les aplican otros requisitos especiales. Además, es una ayuda que no se puede disfrutar durante más de tres años.

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